Proyecto de Resolución
Solicitando informe a la Dirección de Lotería Provincial acerca de qué importe ha recibido la MBB durante el año 2011 en función del 5% previsto en el art. 3 de la ley 11.018.
Expediente: HCD-138/2012
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La ley 11.018 de funcionamiento y explotación del juego de azar denominado "Lotería Familiar", "Lotería Familiar Gigante", o "Bingo"; el decreto 3198/06 y la Resolución General Nº 456/06 del Instituto Provincial de Loterías y Casino, y,
CONSIDERANDO
Que la ley 11.018 en su art. 7 (texto según ley 11.704) dispone que: “A los efectos de la distribución de la recaudación de cada uno de los sorteos del juego que se autoriza en el artículo 1°, excluidos los ingresos provenientes de la venta de entradas, que serán para el Organismo o Entidad Organizadora, se establecen los siguientes porcentajes: (…) c) Cuatro (4) por ciento a favor del Municipio en cuya jurisdicción esté ubicada la Sala de Juego. Las Municipalidades destinarán no menos del cincuenta (50) por ciento de lo recaudado, a las Partidas Presupuestarias destinadas a gastos e inversiones en promoción y asistencia social y/o salud pública. (…)”;
Que, por ende, en la legislación vigente, los ingresos recaudados por la Ley 11.018 destinados a los Municipios tienen por destino un cincuenta (50) por ciento para las partidas presupuestarias consignadas a gastos e inversiones en promoción y asistencia social y/o salud pública, quedando el otro cincuenta (50) por ciento restante para la cuenta Rentas Generales (art. 7, inc. E);
Que el decreto 3198/06 establece en su art. 4 que “Los recursos que correspondan a los municipios bonaerenses como consecuencia de lo dispuesto en el inciso a) del artículo anterior, serán distribuidos entre los mismos en proporción directa a la cantidad de población con necesidades básicas insatisfechas (NBI), registrada en cada Municipio en el Censo Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Las Municipalidades deberán afectar lo percibido a partidas presupuestarias correspondientes a gastos e inversiones en promoción y asistencia social y/o salud pública.”;
Que resulta necesario conocer la manera en que se distribuyen los ingresos del Bingo, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el art. 4 del dec. 3198/06, en proporción directa a la cantidad de población con las necesidades básicas insatisfechas;
Que por lo expuesto resulta de gran importancia conocer cuál es el importe total que ha correspondido al Municipio de Bahía Blanca en función del 5% previsto en el art. 3 de la ley 11.018;
Que por todo ello, el HCD, en ejercicio de sus funciones
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Solicitar a la Dirección Provincial de Lotería de la Provincia de Buenos Aires informe qué importe ha recibido la Municipalidad de Bahía Blanca durante el año 2011 en función del 5% previsto en el art. 3 de la ley 11.018.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR

