Proyecto de Ordenanza
Agregando valor al Programa de Mejoramiento Habitacional
Expediente: HCD-405/2012
Autor: Miriam Magdalena Iantosca
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de optimizar el Programa de Mejoramiento Habitacional, y
CONSIDERANDO:
Que una casa es más que un simple techo. Es el lugar donde las familias viven sus propias vidas, construyendo su identidad más profunda y sus relaciones con los otros;
Que el déficit habitacional se manifiesta no solo en la falta de vivienda sino también en la enorme cantidad de viviendas en condiciones deficitarias y el panorama se agrava porque la mayoría recae sobre los sujetos con el nivel más bajo de ingresos;
Que la solución del problema debe estar basado en el protagonismo y en la participación grupal de los destinatarios en al solución del problema, promoviendo el crecimiento y desarrollo de la capacidad de las personas; y
Que el Área de Emergencia Habitacional, que funciona en el ámbito de la Secretaría de Promoción Social, lleva a cabo el programa relativo al “Fondo Rotativo Solidario de Materiales”, creado por ordenanza que 16.397;
Que se ha considerado la forma de financiación para lograr el mejoramiento habitacional;
Que para muchas personas es insuficiente poseer el monto económico para mejorar sus viviendas, porque desconocen cuestiones técnicas básicas constructivas;
Que hemos presenciado el derrumbe de parte de viviendas mejoradas, por no haber tenido el asesoramiento técnico adecuado para la construcción de la misma;
Que es potestad del Estado cuidar que las edificaciones guarden todas las normas constructivas y de seguridad que garanticen la mejora calidad de vida de las personas;
Que asimismo tal asesoramiento sería de gran utilidad, visto el avance en el Programa Hábitat Bahía Blanca, que tiene como objetivo general “mejorar las condiciones de acceso a la vivienda para los segmentos sociales que tiene dificultades para hacerlo en las condiciones regulares de mercado formas asociativas de provisión”;
Que en marco de dicho programa al momento se han entregado numerosos terrenos, con el compromiso de los destinatarios de construir en el corto plazo, siendo una inconveniente iniciar la obra para aquellos que no tienen conocimientos técnicos sobre construcción ni recursos económicos para abonar por estos servicios;
Por todo ello, y en ejercicio de sus facultades, el HCD
O R D E N A N Z A
Articulo 1º: El Departamento Ejecutivo deberá otorgar, a través del área que corresponda y junto a las distintas modalidades de financiamiento para el mejoramiento habitacional y la entrega de terrenos, un asesoramiento técnico y acompañamiento social que permita cuidar el uso de los recursos, optimizarlos y garantizar la seguridad de los habitantes del hogar. El mismo de brindará para aquellas familias que no cuenten con conocimientos técnicos sobre construcción y no dispongan de recursos económicos para abonar por este servicio.
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá informar a las familias destinatarias del Programa de Mejoramiento Habitacional y el Programa Hábitat Bahía Blanca y a las Entidades Intermedias pertenecientes al CLES acerca del servicio comprendido en el artículo 1º.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá difundir en las delegaciones, página web y sociedades de fomento el servicio mencionado en el artículo 1º.
MIRIAM IANTOSCA
CONCEJAL AUTOR