Proyecto de Decreto
Estableciendo obligatoriedad de brindar informes a concejales que representen al Cuerpo.
Expediente: HCD-507/2012
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1º: Incorpórese al Reglamento Interno de H. Concejo Deliberante el siguiente artículo:
Artículo 23º bis: Los concejales – o las personas que éstos designen – que represente al H. Concejo deliberante en comisiones, entes descentralizado, consejos consultivos, directorios, empresas, consejos de administración o cualquier otro organismo, deberán informar al Cuerpo, por escrito, lo acontecido en cada reunión de la que participen y las posturas que han asumido en cada tema.
Cuando el Cuerpo lo requiera, en orden a la importancia del tema, el informe al que se alude deberá ser brindado en forma oral.
En caso de que las decisiones a tomar se relacionen con la aplicación de recursos públicos municipales o estén vinculadas a la planta de personal, el representante del H. Concejo Deliberante deberá consultar, previamente, a los integrantes de la Comisión o Comisiones internas del Cuerpo que tengan injerencia en la temática.
Artículo 2º: De Forma.
Fundamentos:
Diversas son las comisiones que se han conformado a lo largo de los últimos años en las que este Concejo Deliberante se encuentra representado. En tal sentido, el Cuerpo ha nombrado representantes en la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico, en la Comisión Asesora de Planeamiento urbano, en la Comisión de Arbolado Urbano, en la Comisión de Paritarias, en la Comisión Promotora de Actividades Logísticas, en el Consejo de Administración del hospital Municipal, en el Directorio de la Agencia de Desarrollo, en el Consejo Consultivo del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, en el Directorio de Bahía Blanca SAPEM, en el COPROTUR, en el CLES, por nombrar solo algunas de las representaciones.
Por lo general, muchas de las decisiones que se toman en esos ámbitos posteriormente son tratadas en el Concejo Deliberante, con el objetivo, por ejemplo, de convalidar determinadas acciones; en cambio, otras, son de carácter de asesoramiento no vinculante. Por lo tanto, es necesario que el conjunto de los concejales conozcan qué se resuelve en cada uno de los ámbitos de los que el Cuerpo participa a través de representantes.
Asimismo, en diversas oportunidades, los concejales – o sus representantes – han debido tomar decisiones en los diferentes ámbitos, vinculadas a la planta de personal (como por ejemplo, llamados a concursos, contratos, etc.) o bien relacionadas con gastos a asumir por los diferentes organismos.
En otras épocas, los concejales que representaban al HCD entregaban informes periódicos a fin de comunicar de sus acciones y decisiones al resto de los concejales, a pesar de que tal acción no estaba prevista en el Reglamento Interno.
En virtud de la importancia que han adquirido algunas representaciones se considera pertinente incorporar a la norma que rige el funcionamiento de este deliberativo local, la obligatoriedad de que los concejales presenten informes de todas las reuniones en las que participen en carácter de representantes del Cuerpo; ello también como una forma de rendir cuentas de las tareas desarrolladas.
Por lo expuesto, se solicita a los Sres. concejales el acompañamiento al presente Proyecto de Decreto.