Proyecto de Resolución
Invitando a la brevedad a los representantes de la CCIyS; a la Asoc. de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías y Afines y a la Asoc. Regional Bahía Blanca de Agencia de Viajes y Turismo.
Expediente: HCD-688/2012
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
.Tema: Invitando a la brevedad a los representantes de la CCIyS; a la Asoc. de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías y Afines y a la Asoc. Regional Bahía Blanca de Agencia de Viajes y Turismo.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La Ordenanza 14.499, por la que se crea el Consorcio de Promoción y Desarrollo de las Actividades Turísticas (COPROTUR), y
CONSIDERANDO
Que el COPROTUR es un consorcio que debe cumplir con las funciones que su normativa de creación define a saber “1. Impulsar la presencia activa de Bahía Blanca en el mercado turístico; 2.Promover a Bahía Blanca como lugar de encuentros en todas sus manifestaciones: congresos, convenciones, ferias, exposiciones, festivales, encuentros deportivos, etc; 3. Potenciar los recursos, bienes y servicios que amplíen y multipliquen la oferta turística local y regional; 4. Organizar misiones comerciales y campañas de publicidad y promoción turística; 5. Favorecer los proyectos, ya sean oficiales o privados, que tiendan a potenciar y extender la participación ciudadana en el uso y disfrute del tiempo libre, y las actividades culturales y recreativas; 6. Apoyar y fomentar la creación de instalaciones públicas y privadas que permitan llevar a cabo todo tipo de actividades culturales y recreativas relacionadas con visitantes y turistas; 7. Crear oficinas de información turísticas y producir materiales apropiados (folletos, revistas, libros, carteles, afiches, boletines, películas, CD, guías, planos, etc.) dedicados a divulgar los recursos, los bienes y los servicios turísticos de Bahía Blanca y la región; 8. Realizar campañas de educación ciudadana relacionadas con los aspectos socioculturales de turismo y la recepción masiva de visitantes; 9. Crear un centro de documentación turístico. 10. Relevar en forma sistemática y permanente el patrimonio turístico; 11. Impartir cursos de formación profesional, de especialización y de post–grado; organizar jornadas, simposios, congresos, seminarios de carácter investigativo, conferencias, foros. Otorgar pasantías y cooperar con toda iniciativa tendiente a la capacitación y formación profesional turística. Realizar estudios para evaluar las necesidades en materia de capacitación y formación turística; 12. Ser portavoz de las coincidencias de los sectores que integran la actividad turística local y regional; 13. Fortalecer el asociativismo con los sectores vinculados al turismo y los municipios de la Región a los efectos de planificar, impulsar y potenciar la actividad turística regional; 14. Gestionar la sanción de leyes, decretos, ordenanzas, resoluciones, etc. que se refieran a diversos aspectos vinculados a la actividad turística; 15. Intervenir en todo acontecimiento vinculado al turismo”;
Que la misión del COPROTUR, tal como surge de su página web, es “potenciar las políticas relativas al Turismo, sobre la base de la interacción y la sinergia conjuntas”;
Que en su artículo 3 la aludida ordenanza señala que " Los consorcios tendrán personalidad propia y plena capacidad jurídica por las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades de Buenos Aires, sus estatutos orgánicos, la normativa local y general y los propios específicos de la actividad que constituya su objeto", encontrándose bajo la fiscalización y control del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires;
Que en tal sentido debe señalarse que el DE envió los expedientes pero no el estatuto del COPROTUR, el que tampoco se encuentra publicado en su página web;
Que de lo expuesto resulta que los 25 expedientes remitidos por el DE y que se remitirán al Honorable Tribunal de Cuentas evidencian un circuito administrativo que violaría las previsiones de la Ley Orgánica a la que se somete el COPROTUR por el artículo 3, régimen de contrataciones, y reglamento de Contabilidad;
Que además se esta aguardando el envío a este HCD de la memoria y balance del ejercicio 2011 del COPROTUR.
Que la suma total de .506.311 excede la partida presupuestada y se imputan a la subpartida 5.1.7.0 “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales son fines de lucro” que integra la partida 5.1.0.0 “Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes”, la cual aparece en la rendición de cuentas;
Que por otra parte en el libro de actas no se indica que las contrataciones hayan sido decididas por las mayorías dispuestas por la ordenanza o su estatuto o reglamento interno, instrumentos los dos últimos a los que no se ha podido acceder;
Que ello significaría que la sola voluntad del presidente, funcionario municipal en oportunidad de recibir los subsidios, y la concejala que actúa como tesorera, habrían conformado la voluntad del órgano;
Que el expediente 658-HCD/2012, por el cual se solicitaba la presencia del presidente del COPROTUR, Sergio Paladino, fue sancionado sobre tablas en la sesión del 24 de mayo, y que su visita se efectivizó el día de ayer, lunes 28 de mayo;
Que en el expediente 659-HCD/2012 se solicita a la Corporación del Comercio, Industria y Servicios de Bahía Blanca; a la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías y Afines y a la Asociación Regional Bahía Blanca de Agencia de Viajes y Turismo remitan las actas de las que resulten los informes de los integrantes de las instituciones mencionadas como miembros del COPROTUR y las relacionadas con las contrataciones del mismo;
Que resulta pertinente, en virtud de las dudas que subsisten luego de la visita del Sr. Paladino, solicitar la presencia de los representantes de las instituciones mencionadas con el fin de aclarar lo pendiente;
Que por todo ello el HCD, en ejercicio de sus facultades
RESUELVE
1.-: Invitar, en forma separada, y a la mayor brevedad, a los representantes de la Corporación del Comercio, Industria y Servicios de Bahía Blanca; a la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías y Afines y a la Asociación Regional Bahía Blanca de Agencia de Viajes y Turismo que hayan participado en las reuniones del directorio del COPROTUR, a concurrir a este HCD por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
2.-: Remitir la versión desgrabada de las reuniones indicadas anteriormente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires – Delegación Bahía Blanca.