Proyecto de Ordenanza
Creando el Programa de Prevención de Faltas y Delitos en el Barrio Noroeste.
Expediente: HCD-703/2012
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Tema: Creando el Programa de Prevención de Faltas y Delitos en el Barrio Noroeste.
Autores: Raúl Woscoff – Miriam Iantosca – Carlos Paoletti
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: Créase el Programa de Prevención de Faltas y Delitos en el Barrio Noroeste que tendrá por finalidad un abordaje sistémico de recursos y factores en la prevención en materia de seguridad.
ARTÍCULO SEGUNDO: El DE designará un representante que, con el designado por el Jefe de la Departamental de Bahía Blanca, integrarán la unidad ejecutora del programa.
ARTÍCULO TERCERO: El Foro de Seguridad del sector participará por medio de su presidente en las reuniones de la unidad ejecutora y aquel actuará como asesor cumpliendo además las funciones previstas en la presente ordenanza.
ARTÍCULO CUARTO: El programa describirá:
A) Los diferentes factores de la geomorfología urbana del sector (iluminación, paredón sobre calle Malvinas, limpieza del sector, arbolado, etc.)
B) Los factores de carácter dinámico (tránsito; salida de escolares, horarios y lugares de mayor concentración de vehicular, puntos de accidentes viales ya ocurridos en el sector);
C) Los recursos que el Municipio (cámaras de seguridad, sistema de comunicación 911, Google Earth para visualización de espacios urbanos vacíos) y la autoridad policial aportarán como respuesta a la prevención de faltas y delitos en el sector.
ARTÍCULO QUINTO: La unidad ejecutora presentará el programa en el foro de seguridad, quien podrá realizar sugerencias que aporten al aprovechamiento sistémico de los recursos y además monitoreará la aplicación del programa realizando reuniones periódicas a tal efecto.
ARTÍCULO SEXTO: La unidad ejecutora publicará los resultados del monitoreo con el fin de reforzar el compromiso vecinal en la ejecución del programa.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Facultase al DE a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan con el fin de asegurar la ejecución del presente programa.
ARTÍCULO OCTAVO: De forma.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto tiene como objetivo la creación de un programa de prevención de faltas y delitos en el barrio Noroeste.
La ley provincial 12.154, en su artículo 3, dispone que “la seguridad pública implica la acción coordinada y la interacción permanente del pueblo de la Provincia de Buenos Aires y de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal, particularmente referida a las Policías de la Provincia, a la seguridad privada y a la participación comunitaria”.
Se plantea la creación de una unidad ejecutora del programa y la participación del Foro Vecinal de Seguridad que lo hará a través de su presidente en las reuniones de la unidad ejecutora. Asimismo, el programa describirá los diferentes factores de la geomorfología urbana del sector, los factores de carácter dinámico y los recursos que el Municipio y la autoridad policial aportarán como respuesta a prevenir la comisión de faltas y delitos en el sector.
El presente proyecto surge como una necesidad planteada por los vecinos del sector ante diferentes hechos de inseguridad, y por ello se solicita el acompañamiento de los diferentes bloques de este cuerpo deliberativo.