Proyecto de Resolución
PROYECTO DE RESOLUCIÓN: expresando la adhesión a la petición efectuada por Ente Zona Franca Bahía Blanca Coronel Rosales (EZFBBCR) ante la AFIP-DGA dónde se solicita la inclusión de la Aduana de Bahía Blanca y Zona Franca Coronel Rosales como Aduana Espec
Expediente: HCD-628/2017
Autor: Nicolás Vitalini
Bloque: Cambiemos
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La actuación N°12564-756-2017 iniciada por el EZFBBCR ante la Dirección General de Aduanas en la que se solicita incorporación a las Resoluciones Generales DGA Nº 03/2010, 26/08 y Resolución AFIP 1924/2005.
Y CONSIDERANDO:
Que la solicitud realizada por el EZFBBCR tiene a salvar una situación desventajosa generada a partir de la instauración de un sistema de ingresos parcializados por especializados, ya que atenta contra la competitividad de Bahía Blanca y la región y en definitiva actuando en desmedro del desarrollo regional, al favorecer otras aduanas nacionales en clara contraposición del artículo 12 de la Constitución Nacional y las normas de la Organización Mundial del Comercio.
Que en la actualidad no se pueden ingresar por nuestra Aduana, y por ende por nuestros puertos y zonas francas, componentes electrónicos, lo que genera un claro inconveniente al desafío estratégico de Bahía Blanca y la región para ser el receptor de la mayor parte de la carga de proyecto en materia de energías renovables, ya que el ingreso parcializado motivaría a los proveedores y operadores logísticos a analizar otras opciones que tengan el concepto de especialización general.
Que la Resolución General AFIP 1924/05 ha limitado y restringido la facultad de ingreso y egreso de bienes por las zonas aduaneras en las Provincias del interior del país, lo que ha desalentado el uso de las zonas francas para ciertos productos.
Que en varias y reiteradas oportunidades, se han solicitado excepciones para poder ingresar los bienes en la zona excluida en los términos del artículo 6 de la RG AFIP 1924/05 y se ha demostrado en la práctica la agilidad y efectivo control sobre dicha mercadería. No se han advertido en la práctica y por el sistema ningún perjuicio por el cual no mantener el mismo criterio sin necesidad de recurrir al engorroso procedimiento de pedir una excepción que se ha visto viable y procedente.
Que la Zona Franca de General Pico ha recurrido a la figura del artículo 5 de la RG AFIP 1924/2005, en virtud de la cual puede realizar cualquier tipo de importaciones y exportaciones incluyendo todas las clases. La Aduana de General Pico es una creación a partir de la Aduana de Bahía Blanca, y por lo tanto no puede esta tener situaciones ventajosas respecto de su aduana de origen jurisdiccional, la que no solo no cumpliría con el principio de igualdad jurídica sino que se generaría un beneficio totalmente arbitrario por el obligatorio redireccionamiento del tráfico comercial hacia aduanas listadas en la norma, en perjuicio de los no incluidos en ella.
Que por lo expuesto anteriormente, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia en relación al principio constitucional de igualdad jurídica entre las partes, la relevancia que tiene el comercio internacional como motor del desarrollo de nuestra región, así como los objetivos de importancia en la política estratégica de nuestro país, como lo ha establecido el Poder Ejecutivo Nacional para el Uso de Fuentes Renovables; la Zona Franca Bahía Blanca Coronel Rosales de la Provincia de Buenos Aires solicita tener el mismo tratamiento con el que cuenta la Provincia de La Pampa con una Aduana (General Pico) dentro de lo establecido en el Artículo 5° de la RG AFIP Nº 1924/05, de una especialización general para todos los productos.
Que el Gobierno Nacional ha declarado el año de la energía renovable e impulsado y puesto en agenda como una prioridad principal de crecimiento del País el promover las fuentes alternativas de energía renovable como los molinos eólicos, estimándose un movimiento económico superior a los cuatro mil millones de dólares estadounidenses, los que están destinados, en gran parte, a los seis parques eólicos de un total de veintidós que fueron licitados en la región, y otros ocho en una zona mediata, así como a la logística y obras civiles que incluye al Puerto Local como el de Rosales, la Zona Franca Bahía Blanca Coronel Rosales, operadores logísticos y de transporte, así como contratistas de obras civiles y montaje.
Que el Ministerio de Energía de la Nación, el Ministerio de Producción de Nación, el Ministerio de Transporte de la Nación, y la Agencia Argentina de Inversiones y Comercio Internacional han estimado que el cincuenta por ciento de la carga del proyecto para energías renovables ingresará por el puerto de Bahía Blanca, y que al día de hoy sería imposible ingresar por esta aduana los componentes eléctricos y otros por su posición arancelaria, ya que no se puede documentar esa parte del envío por la jurisdicción de la Aduana de Bahía Blanca, generándose un obstáculo absolutamente salvable para el normal ingreso y puesta en funcionamiento de los parques de energía eólica en nuestro país.
Que con la recategorización de la Aduana de Bahía Blanca se le estarían restituyendo sus plenas facultades y competencias federales y constitucionales, que pueden considerarse menoscabadas a partir de la implementación del régimen de aduanas especializadas (RG AFIP Nº 1924/2005).
Que Bahía Blanca ofrece inmejorables posibilidades tanto por ser el puerto de aguas profundas más importante de nuestro país como la cercanía a varios de los parques eólicos.
Que las importaciones que se intentan realizar por la Zona Franca Bahía Blanca General Rosales se han visto gravemente perjudicadas ya que los molinos cuentan con algunos componentes electrónicos y otros no categorizados, lo que ha desviado los contenedores a otras partes con consecuentes demoras y aumentos de costos en la inversión y creación de trabajo de energía limpia, desalentando su desarrollo.
Que en la actuación iniciada por EZFBBCR ante la AFIP, se solicita la inclusión de las aduanas de Bahía Blanca y ZF Coronel Rosales, al régimen de aduana especializada establecido general por el artículo 5° de la RG AFIP Nº 1924/05 (y sus modificaciones) en la totalidad de mercaderías listadas en la mencionada actuación.
Que las razones que justifican el pedido son fundamentalmente operativas, económicas y logísticas, a raíz de las ventajas competitivas que poseen el Puerto de Bahía Blanca y la Zona Franca Bahía Blanca Coronel Rosales, con relación al Puerto de Buenos Aires.
Que es necesario ingresar los equipos, partes y piezas destinadas a la producción de energías renovables a fin de cumplir con los objetivos de máxima prioridad establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional y que constituyen una política de estado de largo plazo, por lo que este HCD adhiere a la petición efectuada por EZFBBCR ante AFIP.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EL USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
Artículo 1° – Adherir a la petición efectuada por Ente Zona Franca Bahía Blanca Coronel Rosales ante la Dirección General de Aduanas – actuación N°12564-756-2017-, en la cuál se solicita la inclusión de la Aduana de Bahía Blanca y Zona Franca Coronel Rosales como aduana especializada general, de acuerdo a los términos del artículo 5° de la RG AFIP 1927/05, para las siguientes posiciones arancelarias: 3924-4202-4203-6911-6912-6913-7013-7117-7321-7323-8470-8508-8509-8510-8516-8519-8521-8523-8527-8528-8531-8536-8544-8711-8712-8714-9017-9405-9503-9505-9504 Cap. 64-91-96 (Cap. III y IV).
Artículo 2° – Comunicar a la Dirección General de Aduanas División Aduana Bahía Blanca con transcripción íntegra de la presente resolución y para ser agregado a la actuación Nº 12564-756-2017.
Artículo 3° – Remitir copia de la presente al Ente Zona Franca Bahía Blanca Coronel Rosales; a la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca; y al Lic. Diego Jorge DÁVILA, Director General Aduanas Adjunto, para su toma de razón y su mejor proveer.