Proyecto de Resolución
La Corte Suprema de Justicia y la ley de glaciares
Expediente: HCD-981/2012
Autor: Norberto Martínez
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de revocar la medida cautelar por la cual se suspendía la ley de glaciares, y
CONSIDERANDO:
Que la medida cautelar había sido dictada por el juez federal de San Juan, Miguel Ángel Gálvez y suspendía la ley de glaciares promulgada en octubre de 2010;
Que había sido requerida por las empresas mineras Barrick Exploraciones Argentina SA (Beasa) y Exploraciones Mineras Argentinas SA (Emasa);
Que fue otorgada por el magistrado de la provincia cuyana con el objetivo de suspender la aplicación de varios artículos de la ley para el emprendimiento minero Pascual Lama;
Que la decisión del juez suspendía la aplicación de los artículos que definen los glaciares, los que ordenan la realización del Inventario Nacional de Glaciares, los que prohíben actividades que impliquen la destrucción de glaciares y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental;
Que en los fundamentos el juez sanjuanino señaló que la ley de glaciares creaba “un estado de intranquilidad e incertidumbre para las empresas Beasa y Emasa”;
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de disponer el levantamiento de la medida cautelar y su pedido de ampliación, señalando la inexistencia de gravámenes y efectos irreparables para los intereses de las empresas en el caso de aplicarse la ley de glaciares;
Que el objetivo de la norma es preservar los glaciares como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas;
Que debe recordarse que en 2008, por unanimidad de ambas cámaras, se aprobó la ley que establecía la protección de los glaciares y periglaciares, es decir también el entorno de esa formación natural;
Que también establece la realización de un inventario y la prohibición de actividades que pueden afectarlos, como dispersión de contaminantes, actividades industriales, mineras, petrolíferas y obras de infraestructura inadecuadas;
Que la ley fue vetada por el Poder Ejecutivo señalando que ya existía legislación en la materia y que se afectarían inversiones y puestos de trabajo;
Que aunque pueda argumentarse que los minerales pueden hacer una contribución en la economía, no puede aceptarse que se ponga en riesgo el futuro de uno de los recursos más frágiles que tiene nuestro país;
Por todo ello y en uso de sus facultades de HCD
RESULVE
Artículo 1º: Expresar la satisfacción por la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revocó la medida cautelar dictada por el juez federal de San Juan, Migue Ángel Gálvez, por la que se suspendía la aplicación de la ley de glaciares promulgada en octubre de 2010.
NORBERTO MARTINEZ
CONCEJAL AUTOR