Proyecto de Ordenanza
Creando el Programa de Rehabilitación del Paciente Crónico.
Expediente: HCD-1316/2012
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Tema: Creando el Programa de Rehabilitación del Paciente Crónico.
Autor: Raúl Woscoff.
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: Créase el "Programa de rehabilitación del paciente crónico" que se aplicará en el partido de Bahía Blanca conforme a las disposiciones de la presente.
ARTÍCULO SEGUNDO: El programa tendrá por finalidad disponer en forma coordinada entre los diferentes prestadores públicos y privados la atención de aquellos pacientes que habiendo obtenido su alta de los hospitales de agudos egresan con secuelas de diversa naturaleza entre ellas las derivadas de los accidentes en la vía pública, lesiones neurológicas diversas, afecciones que generen minusvalías que requieran rehabilitación, traumatismos mayores en general, lesiones traumáticas no neurológicas de todo tipo, lesiones traumáticas con afección neurológica: cuadriplejias, paraplejias; estados de trastorno de conciencia: conciencia mínima, coma vegetativo, lesiones secundarias a patología vascular: accidente cerebro vascular de todo tipo, lesiones como tumores e infecciosas, pueden presentar la misma problemática. Afecciones neurológicas llamadas degenerativas; enfermedad de Parkinson; esclerosis múltiple; esclerosis lateral amiotrófica, entre otras.
ARTÍCULO TERCERO: El programa consistirá en el seguimiento de los pacientes desde el alta a cuyo efecto desde ese momento se los incorporará asegurando que se les brinde internación con rehabilitación, acompañante y demás prestaciones conforme su estado, determinando la participación de las distintas jurisdicciones que correspondan, las obras sociales y prepagas, las ART. La rehabilitación podrá iniciarse en el domicilio, o con traslado a lugares de rehabilitación.
ARTÍCULO CUARTO: Crease una unidad de gestión donde, coordinados por la Secretaría de Salud y la Secretaría de Desarrollo Social, participarán los representantes de los hospitales estatales, públicos no estatales, privados, PAMI y obras sociales la que dispondrá las medidas orientadas al cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO QUINTO: La unidad de gestión coordinará en cada caso la mejor atención de los equipos de rehabilitación integrados por: kinesiólogos, fisiatras, terapistas ocupacionales, psicólogos, y de equipos asistenciales en asistencia respiratoria y equipos de alimentación.
ARTÍCULO SEXTO: Crease la figura del Gestor Público del "Programa de rehabilitación del paciente crónico" quien tendrá como finalidad receptar las inquietudes de familiares de pacientes incluidos en el programa y monitorear las medidas propuestas por la Unidad de Gestión creada en la presente. Deberá poseer título de médico y elaborará un informe público el que se remitirá a las Comisión de Salud y de Educación, Cultura y Acción Social del HCD y al Secretario de Salud y al Secretario de Desarrollo Social. El Gestor Público habilitará una línea telefónica para la atención en forma exclusiva de los casos planteados como de aplicación del presentar programa.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La unidad de gestión del programa mantendrá contacto permanente con los comités de Bioética de los diferentes establecimientos hospitalarios con el de fin de conocer el alcance de sus dictámenes en los numerosos casos en que las controversias, propio de estos cuadros aparezcan y obliguen a su intervención.
ARTÍCULO OCTAVO: Facultase al DE a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan para el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO NOVENO: De forma.
FUNDAMENTOS
El Dr. Daniel Fainstein ha realizado un informe para nuestro bloque sobre cuyas bases se ha realizado el presente proyecto. Con el mismo señala la importancia de coordinar recursos y acciones en la atención de enfermos crónicos con necesidades diferentes a las que proveen los hospitales de agudos. El mencionado informe señala que:
“La ciencia médica y toda la tecnología puesta en la asistencia de los pacientes, ha generado nuevos paradigmas, se conserva la vida de enfermos que antaño morían, pero muchos de ellos quedan con injurias crónicas, de inusitada gravedad, donde los enfermos en estado vegetativo es la muestra más compleja de esta situación.
Estos pacientes, pasan a ser enfermos crónicos, con necesidades muy diferentes a las que proveen los hospitales de agudos. La Rehabilitación en toda su amplitud, pasa a ser la necesidad primordial de esas personas.
Cuando ese momento llega, los hospitales de agudos, no preparados para la rehabilitación indican el alta hospitalaria. Esto pasa en todos los hospitales de la ciudad y la zona. Comienza aquí para la familia una triste peregrinación en búsqueda de la tan ansiada rehabilitación.
¿De qué estamos “hablando”?
De los enfermos que por diversas patologías, y posterior a la asistencia aguda, sobreviven a la afección, quedando con secuelas que deben ser rehabilitadas.
La rehabilitación puede en el mejor de los casos ser iniciada desde el domicilio, en el mismo, o con traslado a lugares de rehabilitación.
La mayoría de estas patologías, requieren un periodo variables de internación con el inicio de la rehabilitación en la misma.
Otros deben permanecer internados todo lo que le reste de vida, con rehabilitación permanente.
¿Cuáles son esas patologías?
La endemia con pico de epidemia de los accidentes en la vía pública y de todo tipo, es la principal fuente de producción de estas afecciones.
Lesiones neurológicas diversas.
Otras afecciones que generen minusvalías que requieran rehabilitación.
En el caso de la afección conocidos como conciencia mínima, o estado vegetativo, se requiere nueve (9) meses para considerar a un paciente en ese estado, dado que durante ese tiempo se espera la evolución de los mismos para definir el estatus final del enfermo.
El origen de estas afecciones son grandes lesiones neurológicas del cerebro, ya sea por traumatismo, u otras afecciones tales como accidentes cerebro vasculares, o grandes lesiones isquémicas o hipoxias (falta de llegada de sangre al tejido o falta de llegada de oxigeno al mismo) como por ejemplo la intoxicación con monóxido de carbono.”
Abundando sobre la necesidad de coordinar a las diferentes agencias públicas sostiene que: “Todo ese tiempo requiere internación con rehabilitación acompañante. ¿Quién se hace cargo actualmente?
La familia en gran parte.
El estado con todas sus dependencias.
Las obras sociales y prepagas.
Las ART.
La coordinación para la participación de todas las partes suele ser compleja. Por lo general se hacen cargo de manera parcial cada una de ellas.
¿Quién asiste?
El equipo de salud. En el mismo hay gran faltante de personal idóneo dado que son pacientes con patologías complejas.
En ocasiones, se requiere de equipos especiales, por ejemplo en asistencia respiratoria, dado que algunos pacientes pueden requerir asistencia respiratoria mecánica.
La gran mayoría de ellos tiene traqueotomías definitivas.
Equipo de alimentación. Muchos enfermos se alimentan con sondas al sistema digestivo y otros con gastrostomías. (Conexión directa al estomago).
Existen en la ciudad de equipos especializados en este tema.
Comités de Bioética: La intervención de los mismos resulta indispensables, en los numerosos casos en que las controversias, propio de estos cuadros aparezcan (ley de muerte digna, embarazo y aborto, etc)”
El programa tiende a coordinar la acción de los diferentes prestadores públicos y privados procurando el seguimiento de los pacientes dados de alta. A los fines de coordinar el programa se crea una “unidad de gestión” con participación de aquellos y que coordinará la atención por parte de los equipos de rehabilitación.
El programa crea la figura del “Gestor Público del Programa de Rehabilitación del Paciente Crónico” quien receptará las inquietudes de los familiares de pacientes incluidos en el mismo e informará a las comisiones de Salud y de Educación, Cultura y Acción Social del HCD y al Secretario de Salud y al de Desarrollo Social del DE sobre la continuidad de su accionar. Se prevé que la unidad de gestión se comunique con el comité de Bioética ya que resulta frecuente que intervengan en casos como los que integrarán el objeto del programa.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR