Proyecto de Resolución
Solicitando al Ministerio de Salud provincial el envío de vacunas Triple Bacteriana Acelular.
Expediente: HCD-1451/2012
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto:
El faltante de vacunas Triple Bacteriana Acelular (dTpa) que se registra en la Región Sanitaria I; y
Considerando:
Que desde la Región Sanitaria I se han efectuado reclamos al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires por el faltante registrado.
Que la vacuna Triple Bacteriana Acelular se aplica a niñas y niños de 11 años de edad y a mujeres embarazadas a partir de las 20 semanas de edad gestacional.
Que, en el informe titulado “Fundamentos de la vacunación en embarazadas con vacuna Triple Bacteriana Acelular (dTpa), Argentina 2012 (Versión Preliminar)” elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación y el Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, se señala que “se ha observado en Argentina y el mundo un aumento de casos de enfermedad por coqueluche (tos convulsa), esto se debe a que tanto la vacunación, como la enfermedad por Bordetella pertussis no dejan inmunidad duradera por lo cual es fundamental lograr adecuadas coberturas de vacunación en adolescentes, que actúan como reservorios de la enfermedad.” Asimismo, se indica que “dada la situación epidemiológica actual, la recomendación de los expertos y de la Comisión Nacional de Inmunizaciones (Co.Na.In.) es mejorar las coberturas de vacunación de todas las vacunas de calendario en todas las edades, optimizar la vigilancia epidemiológica y el control de foco y, como estrategia complementaria, con el objeto de disminuir la mortalidad en lactantes menores de seis meses, vacunar a todas las mujeres embarazadas a partir de la vigésima semana de gestación.” (Disponible en Internet en:
http://www.sogiba.org.ar/imagenes/2012/LINEAMIENTOENEMBARAZADA.pdf)
Que el informe reseñado señala también que “la información de la vigilancia clínica en relación con los últimos 5 años, se comprueba que durante todo el 2011 los casos notificados se encontraron por encima de lo esperado. Este aumento, junto con el real incremento de la enfermedad en la población, es acorde con el ciclo epidémico de la enfermedad y probablemente responda, además, a una mayor sensibilidad del sistema para la detección de casos.”
Que, atento lo indicado por las autoridades nacionales se considera pertinente disponer de las dosis requeridas de Triple Bacteriana Acelular a los efectos de cubrir las necesidades de vacunación en nuestra ciudad, ya que se trata de una vacuna obligatoria, que se aplica gratuitamente, y que previene la difteria, el tétanos y la tos convulsa.
Que, como en otras oportunidades, se considera necesario que este Concejo Deliberante apoye el reclamo efectuado por las autoridades sanitarias de nuestra ciudad, insistiendo ante el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, remita las dosis de vacunas Triple Bacteriana Acelular (dTpa).
Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, sanciona con fuerza de
RESOLUCION
Primero: Solicitar al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires la urgente remisión de las dosis de vacunas Triple Bacteriana Acelular (dTpa) requeridas en nuestra ciudad.
Segundo: Remitir copia de la presente a Región Sanitaria I y a la Secretaría de Salud municipal.