Proyecto de Ordenanza
Creando en el ámbito del HCD de Bahía Blanca el Observatorio de los derechos de los Adultos Mayores.
Expediente: HCD-191/2016
Autor: Soledad Andrea Martínez
Bloque: Cambiemos
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de generar un ámbito de debate, participación y elaboración de políticas cuyo objetivo primordial sea la promoción y protección de los derechos de adultos mayores.
Y CONSIDERANDO:
Que, el Observatorio de los derechos de los Adultos Mayores funcionará en el ámbito del Concejo Deliberante y trabajará de manera conjunta con el Consejo Municipal de Adultos Mayores y la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca.
Que, el Observatorio nucleará a profesionales orientados a la gerontología con el fin de brindar asesoramiento y orientación respecto a políticas a implementar para garantizar en los distintos ámbitos de la sociedad el cabal cumplimiento de los derechos de los adultos mayores.
Que, la temática que abarca a personas que se encuentran comprendidos en esta franja etárea es amplia y es importante aunar esfuerzos en pos de una mejor calidad de vida para los adultos mayores.
Que, desde hace tiempo, este Honorable Concejo Deliberante ha abordado temas como control de geriátricos, la creación de una línea gratuita 0800 Abuelos para recibir denuncia casos de violencia en adultos mayores, hasta la creación por Ordenanza del Consejo Municipal de Adultos Mayores.
Que, es necesario continuar profundizando y mejorando este trabajo que se viene realizando, y propiciar un ámbito de debate y elaboración de proyectos, aunando criterios entre todos aquellos actores comprometidos en trabajar en el resguardo de los derechos de los adultos mayores.
Que, la actual administración municipal tiene el firme compromiso de trabajar en la implementación de políticas tendientes a mejorar la calidad de vida de los adultos mayores, y que tengan un rol protagónico en la defensa de sus derechos.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º – Crease en el ámbito del HCD el “Observatorio de los Derechos de los Adultos Mayores”.
Artículo 2º – El “Observatorio de los Derechos de los Adultos Mayores” tendrá como objetivos:
– Elaborar un diagnóstico inicial integral a partir de los aportes de las distintas organizaciones y profesionales que forman parte del Observatorio; en el que se refleje el estado de situación de la ciudad en materia de políticas que apunten a la integración y mejor calidad de vida de los adultos mayores.
– Constituir comisiones de trabajo separadas por áreas que serán las encargadas de analizar el diagnóstico aludido en el punto anterior y a partir del mismo, diseñar politicas de acción para la promoción y protección de los derechos de los adultos mayores.
– Para concretar las políticas a implementar, las Comisiones se encargarán de definir líneas de trabajo, promover la elaboración, tratamiento y aprobación de Ordenanzas para ser tratadas por el HCD, y una vez consensuadas y aprobadas, ser implementadas tanto en ámbitos públicos como privados de nuestra ciudad ( bancos, geriátricos, hospitales, clínicas, transporte público, empresas prestatarias de servicio, entre otras) en pos de la inclusión y el resguardo de los adultos mayores.
Artículo 3º- El “Observatorio de los Derechos de los Adultos Mayores” estará integrado por un representante de la Secretaría de Salud; un representante de la Subsecretaría de Acción Social; un representante de la Comisión de Salud del HCD; un representante de la Comisión de Educación, Cultura y Acción Social del HCD; un representante de la Comisión de Defensa del Consumidor; dos representantes del Consejo Municipal de Adultos Mayores; profesionales de distintas disciplinas especializados engerontología ( médicos, psicólogos, abogados, trabajadores, sociales, etc ) y representantes de organismos no gubernamentales que trabajen en la temática de adultos mayores .
Artículo 4º – En la primera reunión se establecerán las Comisiones de trabajo y la modalidad de reuniones, días y horarios de las mismas.
Artculo 5º – Con una frecuencia mensual, se llevará a cabo una reunión plenaria del Observatorio en la que las Comisiones brindarán un informe de los temas en los que se encuentran abocados. Además, en ésta se consensuarán los lineamientos a seguir en cada una de ellas.