Proyecto de Ordenanza
Implementando el programa para Personas en situación y habitación de calle en la “Casa del Caminante Monseñor Jorge Mayer”
Expediente: HCD-310/2016
Autor: Soledad Andrea Martínez
Bloque: Cambiemos
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de trabajar en la búsqueda de alternativas que apunten a mejorar los servicios que desde el municipio se brindan a las personas que se encuentran en situación de calle y pernoctan en la vía pública.
Y CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Políticas Sociales se encuentra abocada a la búsqueda de alternativas que apunten a garantizar a estas personas sus derechos sociales básicos indispensables que les permita llevar una vida digna.
Que, el objetivo primordial es brindar una respuesta rápida y eficaz y mejorar los servicios del municipio para con las personas que requieran inmediata atención de los equipos municipales que trabajan en este área.
Que, la intención de los responsables del área de Políticas Sociales del municipio es trasladar la operatoria de los programas que específicamente trabajen sobre esta problemática, a la sede de “La Casa del Caminante”, lugar que ya cuenta con la infraestructura necesaria para desarrollar las tareas e incluso ampliar los servicios que allí se brindan.
Que, los equipos municipales han evaluado por ejemplo, la necesidad de brindar talleres en el lugar y, en caso de obtener resultados satisfactorios, podrán extenderse los mismos a la comunidad del sector.
Que, de esta manera podría extenderse no sólo el horario de atención durante las 24 horas, sino además los días sábados, domingos y feriados, para poder satisfacer la demanda que implicara la unión del programa, La Casa del caminante y el agregado de los talleres.
Que, actualmente las familias que se encuentran en esta situación de vulnerabilidad pernoctan, los fines de semana y/o feriados en un hotel de la ciudad, lo cual no sólo implica un escenario desfavorable para las mismas, sino que también implica un gasto significativo para el Municipio.
Que, el presente Programa tiene por finalidad brindar una respuesta eficaz ante la emergencia dirigida a personas que no cuenten con los recursos necesarios para afrontar el alojamiento en un hotel o pensión; de manera transitoria y hasta tanto se encuentre una solución definitiva a su situación.
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º – Impleméntese el funcionamiento del Programa para personas en situación y habitación de calle en el inmueble identificado como“Casa del Caminante Monseñor Jorge Mayer” ubicado en calle 14 de Julio y Fragata Sarmiento de la ciudad de Bahía Blanca.
Artículo 2º – La autoridad de aplicación del presente proyecto será la Secretaría de Políticas Sociales – Subsecretaría de Acción Social – del municipio.
Artículo 3º – La autoridad de aplicación será la encargada de reglamentar la presente norma: días y horarios de atención, personal, actividades, modalidad de trabajo y todo aspecto atinente al funcionamiento de la misma.
Artículo 4º – En el marco del Programa para personas en situación y habitación de calle, además de de brindar una respuesta inmediata a las situaciones de emergencia, podrán implementarse actividades extras como talleres destinadas a las personas que por distintas circunstancias se encuentran en este lugar.
Artículo 5º – Dé forma.-