Proyecto de Ordenanza
Difundiendo fotografías de niños y adolescentes perdidos en ámbitos públicos.
Expediente: HCD-1728/2012
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La Ordenanza Nº 12.330 por la cual este Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a suscribir un convenio de colaboración con la Organización Missing Children de nuestro país a efectos de establecer mecanismos y procedimientos destinados a la búsqueda, individualización y localización concreta de niños y adolescentes (menores de 21 años de edad) que se hallaren perdidos dentro del ámbito de nuestra ciudad, la región como así también del resto del país; y
Considerando:
Que la norma de referencia, que fuera sancionada por este cuerpo el 3 de julio de 2003, disponía en el Artículo 3º la autorización al Departamento Ejecutivo para que utilice “los mecanismos de comunicación a su alcance (difusión de las fotografías de los niños en las distintas tasas municipales, página web, semanario virtual BHI, Salas médicas, Delegaciones comunales, etc.) destinados a garantizar la más amplia difusión de las fotos y características de las personas perdidas”.
Que como consecuencia de la sanción de la Ordenanza Nº 12.330 el Municipio de Bahía Blanca comenzó a difundir en las boletas correspondientes a los servicios públicos las fotografías de niños y adolescentes extraviados.
Que por el Expte. Nº 338-HCD-2012 tramita un Proyecto de Ordenanza por el que se dispone “la publicación en la página web de la Municipalidad de Bahía Blanca y del Honorable Concejo Deliberante de banners de Missing Children con fotografías de menores extraviados”. Asimismo, señala que “el banner será actualizado periódicamente publicando diferentes imágenes de niños cuyo paradero se desconoce.”
Que en su página oficial, la Asociación Civil sin Fines de Lucro "Missing Children – Chicos Perdidos de Argentina" (http://www.missingchildren.org.ar/colabora/imprimir.htm) propone colaborar con la búsqueda de niños y adolescentes perdidos a partir de la impresión de un poster que ellos mismos diseñan con fotografías de los menores como así también la colocación de banners en diferentes páginas web.
Que, Missing Cilindren ha impulsado una nueva herramienta para encontrar chicos perdidos, la denominada “Bandera Blanca”, una aplicación del recientemente lanzado Windows 8. Además, promueve la difusión en las redes sociales de un símbolo indicativo de la búsqueda de un chico. También ha puesto en marcha una campaña de banderas blancas en las diferentes playas argentinas.
Que la Asociación Civil da a conocer en su sitio web oficial estadísticas de chicos perdidos desde enero de 2000 hasta el 31 de agosto del presenta año. Del total de 8.029 chicos extraviados, fueron encontrados 7.429 (es decir, el 93%). Por tal motivo, es importante seguir contribuyendo con la implementación de mecanismos que ayuden a la localización de los menores.
Que se considera pertinente continuar con la puesta en marcha de medidas a nivel municipal tendientes a dar cumplimiento a la Ordenanza vigente, por ejemplo, mediante la implementación de carteleras en diferentes espacios públicos municipales destinados a dar difusión a las fotografías y datos particulares de los menores extraviados.
Que en orden a lo antedicho, el presente proyecto apunta también a promover la difusión de fotografías de los menores extraviados en las dependencias de otras reparticiones públicas de la ciudad.
Por lo expuesto, en uso de sus facultades, el H. Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Dispóngase en las diferentes dependencias municipales con acceso al público un espacio físico, a modo de cartelera, destinado a la difusión de fotografías y datos personales de niños y adolescentes extraviados, en el marco del convenio de colaboración suscipto con Missing Children en el año 2003, y en orden a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 12.330.
Artículo 2º: Invítese a las diferentes dependencias de organismos oficiales con sede en nuestra ciudad como así también a las empresas de servicios públicos a sumarse a la iniciativa.
Artículo 3º: De forma.