Proyecto de Resolución
nvitando a los representante de la UTE Proa-Karpa
Expediente: HCD-202/2013
Autor: Norberto Martínez
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto:
La desvinculación de la UTE Proa-Karpa de la construcción de viviendas del Plan Federal, y
Considerando:
Que esas unidades habitacionales corresponden a las licitaciones públicas Nº 1919 que comprenden: 160 unidades (Expte. 420-5875/2007); 256 viviendas (Expte. 420-9568/2007) y 146 viviendas (Expte. 420-5874/2007), lo que hace un total de 562 viviendas.
Que, entre el 4 y 5 de enero de este año las casas fueron indebidamente ocupadas y diez días mas tarde por orden judicial por el Sr. Juez de Garantías Dr. Guillermo Mercuri, se procedió a la desocupación de quienes aún permanecían en el lugar, ya que otros vecinos se habían retirado con anterioridad.
Que, en una nota recibida en la Municipalidad de Bahía Blanca el 17 de enero del 2013 de las empresas Proyectos y Obras Americanas S.A. y Karpa S.A. Ingeniería expresan entre otros conceptos que “dado que las circunstancias sociales que llevaron a la usurpaciones encuentran vigentes, no permiten garantizar, a pesar de la vigilancia privada contratada por nuestra UTE, que las viviendas no sufran nuevos actos de usurpación masiva como la vivida en estos días”
Que, el escrito firmado por Jorge Darío Sanchez y Oscar Francisco Gutierrez considera que “solo ese municipio, a través del trabajo conjunto de sus áreas de acción social y de obras públicas y con la colaboración de los fuerzas de seguridad en el ejercicio del poder de policía que le compete, se encuentra en condiciones de garantizar la paz social, la custodia y seguridad de las viviendas, de los bienes y de los trabajadores para dar continuidad – en estas circunstancias atípicas- a la ejecución de las obras”.
Que, en la parte final señalan que como “persisten las circunstancias sociales y fácticas que dieron lugar a los actos de usurpación citados, solicitamos la firma de un convenio de resolución contractual y de reopción definitiva de las viviendas en el estado en que se encuentra, de mutuo acuerdo y sin penalidades para las partes”.
Que, el mismo día en que la nota entró en el municipio fue firmado el Acta Acuerdo de Recepción de Obra entre representantes de la UTE y el Intendente Municipal interino Gustavo Bevilacqua.
Que, en los considerandos del Acta se indica que “con fecha 4 de enero se produjeron ocupaciones masivas por parte de terceras personas en las viviendas que se encontraban con un importante avance de obra, las cuales pese a la vigilancia privada contratada por la Empresa resultó imposible de evitar o repeler, dada la tumultuosa cantidad de personas y niños que imprevistamente ingresaron al predio”.
Que, se añade que “reconociendo que estos actos, por su imprevisibilidad y magnitud, resultan de imposible cumplimiento para la empresa, con el fin de permitir una pronta solución al conflicto social generando en un marco de seguridad a los bienes y personas en obra, las partes acuerdan de común acuerdo poner fin a los contratos de obra pública respecto de la licitaciones publicas indicadas, recepcionar la totalidad de las viviendas en el estado actual en que se encuentran, desvincular a la empresas de esta manera permitir la intervención de las áreas municipales a fin de garantizar la paz social para poder concluir las obras”.
Que en el punto tercero del Acta se expresa: “TERCERO: La EMPRESA declara que posee créditos pendientes de pago vinculados al avance de las obras, como así también redeterminaciones de precios solicitas ante los organismos nacionales por la suma estimativa de pesos nueve millones ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco ( .184.455).
En este acto las partes acuerdan que de dicho monto la EMPRESA sólo percibirá:
a) la suma de pesos un millón quinientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos con 69ctvos. (.532.782.782,69), correspondientes al pago de la redeterminacion de precio tramitada mediante Factura Nros. 003-00000102, 003-000000103, 003-000000104, 003-000000105, el que deberá ser abonado por la MUNICIPALIDAD antes del 31 de enero de 2013.-
b) la suma de pesos un millón cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos cuatro con 60 ctvos. (1.455.304,60), correspondientes a Expedientes 325940/2012, 0330724/2012, 0296583/2011 de la subsecretaria de la Nación el que deberá ser abonado por la MUNICIPALIDAD antes del 15 de febrero de 2013.-
Asimismo la EMPRESA renuncia a favor de la MUNICIPALIDAD toda otra suma que le correspondiera percibir en concepto de redeterminaciones que se encuentre ya aprobadas y/o tramitando y/o se tramiten en el futuro ante los organismos nacionales, lo que quedará en propiedad de la MUNICIPALIDAD por los supuestos daños y perjuicios que se pudieran haber ocasionado, sin que el presente implique reconocimiento de ninguna especie.-
La EMPRESA cede a favor de la MUNICIPALIDAD la totalidad de los materiales que en la actualidad de encuentran acopiados en los depósitos de obra, conforme al detalle que se agrega al presente como anexo, los que se estima en un valor de pesos un millón cuatrocientos once mil novecientos siete (.411.907), los que serán abonados a la EMPRESA una vez certificada la existencia de los mismos, y el estado en que se encuentran, como así también la constatación que se refieren a precios en la plaza.- Dicho pago deberá efectuarse antes del 15 de febrero de 2013, plazo hasta el cual la MUNICPALIDAD podrá certificar la existencia, cantidades y precios de plaza.-
Una vez que la EMPRESA perciba las sumas indicadas, las partes nada más tendrán que reclamarse con motivo de los contratos de obra pública que por el presente se concluyen.-
Que, mientras la empresa considera que tiene acreencias por .184455 finalmente acuerda recibir en tres pagos la suma de .399.994,29.
Que, asimismo debe puntualizarse en relación con las usurpaciones que un empleado de la empresa Proa-Karpa, Adrian Flores, expresó que “la UTE tenía a su cargo la custodia del lugar y que los trabajadores de la obra sabían que la usurpación se iba a llevar a cabo. Sabíamos que el lugar se iba a tomar, cuatro días antes. Nos dijeron que tengamos precauciones, que cuidemos las herramientas” (diario La Nueva provincia 17 de enero de 2013, pagina 6).
Que, se supone que quien informó a los trabajadores de que se iba a producir la ocupación indebida de las viviendas fue alguien de la empresa.
Que, se considera que para aclarar los temas expuestos en los considerandos de este proyecto es indispensable la concurrencia de representantes de la UTE.
Por todo lo expuesto el HCD en ejercicio de sus facultades
Resuelve:
Artículo Primero: invitar a concurrir al HCD a representantes de la UTE Proyectos y Obras Americanas S.A. y Karpa S.A.
Artículo segundo: facultar al presidente del HCD para que dentro de la mayor brevedad realice la convocatoria a los empresarios.