Proyecto de Ordenanza
Creando la comisión evaluadora de proyectos de demolición en la zona protegida del Barrio Universitario y otras zonas de la ciudad.
Expediente: HCD-270/2013
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Tema: Creando la comisión evaluadora de proyectos de demolición en la zona protegida del Barrio Universitario y otras zonas de la ciudad.
Autor: Raúl Woscoff.
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: Las demoliciones en la zona protegida por identidad barrial (ZPIB) sólo podrán autorizarse previo dictamen de la comisión respectiva que se crea por la presente ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO: Créase la comisión evaluadora de proyectos de demolición en la zona protegida del Barrio Universitario la que deberá emitir dictamen obligatorio sobre el impacto que sobre la identidad barrial genere el proyecto de demolición y de construcción a realizar en el inmueble.
ARTÍCULO TERCERO: La comisión de integrará por: a) un representante de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos; b) un representante de la Agencia de Desarrollo Urbano; c) un concejal de la comisión de Obras Públicas y Urbanización; d) un representante de la calle donde se proyecta la demolición, elegido democráticamente por los vecinos de la misma; e) un representante de la sociedad de fomento del Barrio Universitario; f) un representante de la comisión asesora de Planeamiento Urbano; g) un representante de los vecinos autoconvocados del Barrio Universitario. La comisión elaborará un dictamen obligatorio no vinculante.
Las actas de la comisión deberán indicar, bajo pena de nulidad, la opinión fundada de cada miembro.
ARTÍCULO CUARTO: El HCD deberá convocar a audiencia pública cuando considere que un proyecto de demolición compromete la identidad barrial, es decir, la morfología del sector, prestación de servicios públicos, estética, etc., con carácter previo al otorgamiento del permiso.
ARTÍCULO QUINTO: Declarase Zona Protegida por Identidad Barrial al Barrio Universitario con los límites que corresponden a la sociedad de fomento del Barrio Universitario.
ARTÍCULO SEXTO: El HCD podrá declarar otras ZPIB a pedido de los diferentes sectores de la ciudad a los que se aplicará el procedimiento regulado en la presente ordenanza.
ARTÍCULO SÉPTIMO: De forma.
FUNDAMENTOS
Proteger la identidad barrial constituye un objetivo propio de una “ciudad equitativa” que pretende asignar esos valores. En tal sentido se prevé en el proyecto crear “Zonas Protegidas por Identidad Barrial”. Sobre la base de esa nominación se analizarán los proyectos de demolición y construcción arbitrándose los medios necesarios para elaborar un dictamen vinculante de carácter previo al acto administrativo autoritativo de la demolición y construcción.
El proyecto de ordenanza, perfectible como todo proyecto, apunta también, a promover la participación vecinal, comenzando en el cado de Barrio Universitario y pudiendo inscribirse otras áreas de la ciudad cuya morfología e identidad debe protegerse. El dictamen de la comisión tendrá carácter no vinculante.
El art. 4 prescribe que el HCD deberá convocar a audiencia pública cuando considere que un proyecto de demolición compromete la identidad barrial, es decir, la morfología del sector, prestación de servicios públicos, estética, etc., con carácter previo al otorgamiento del permiso.
Por la importancia de los conceptos vertidos es que se solicita la sanción de esta ordenanza.