Proyecto de Ordenanza
Estableciendo mejoras en ceremonia de inhumación en Cementerio Municipal.
Expediente: HCD-310/2013
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
Que es necesario dotar de mayor calidez a las ceremonias de inhumación que se llevan a cabo en el Cementerio Municipal; y
Considerando:
Que resulta pertinente incorporar modalidades de inhumación acordes a los días que corren. En consecuencia, sería recomendable que el personal municipal se encuentre debidamente capacitado, vista indumentaria acorde a la circunstancia, y se introduzcan pautas mínimas de respeto y calidez a la ceremonia, como por ejemplo, la incorporación de un montacargas que permita elevar los ataúdes a los nichos y un aparato descensor, cuando se trate de inhumaciones en tierra.
Que son públicas y reiteradas las deficiencias que presenta actualmente el Cementerio Municipal, pero a la vez es comprensible que no se puede subsanar el deterioro de los últimos años en un breve lapso, por lo que se sugiere implementar un plan de contingencia de carácter anual dirigido a recuperar y poner en valor las instalaciones.
Que asimismo, pueden incorporarse algunas mejoras mínimas, acordes con las posibilidades presupuestarias, que evidencien la predisposición a mejorar las instalaciones y los servicios que se ofrecen en el Cementerio, sobre todo en lo relativo a las ceremonias de inhumación, como la capacitación de los empleados, la instrumentación de un uniforme reglamentario, la incorporación de infraestructura y equipos (como un descensor y montacarga), entre otras cuestiones.
Que las medidas sugeridas permitirían, además de mejorar las instalaciones, brindar a los vecinos las mínimas condiciones que debe reunir un lugar de reflexión, recogimiento y recuerdo de sus seres queridos.
Por lo expuesto, en uso de sus facultades, el H. Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo deberá elaborar, en un plazo de 90 días, un Protocolo para el Cementerio Municipal que contemple, entre otras cuestiones, las siguientes:
a) la capacitación de los empleados municipales en las diferentes tareas que conforman las ceremonias.
b) la incorporación de infraestructura y equipos (montacarga y descensor).
c) la instrumentación de un uniforme reglamentario.
d) los pasos a seguir en la ceremonia de inhumación, aperturas y cierre de bóvedas, inhumaciones, exhumaciones, reducciones, cambio de caja metálica, traslado de cadáveres y toda otra labor afín con las mencionadas.
Artículo 2º: En cumplimiento de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación, deberá elaborar y presentar a este Cuerpo un plan de alcance anual que establezca la planificación, recuperación y puesta en valor del Cementerio Municipal con el propósito de brindar a los vecinos las mínimas condiciones que debe reunir un lugar de reflexión, recogimiento y recuerdo de sus seres queridos.
Artículo 3º: Dispóngase por la presente Ordenanza la adquisición de un montacargas y un descensor de ataúdes destinados a las ceremonias de inhumaciones.
Los gastos que demande la compra del equipamiento señalado serán imputados a la partida 4.3.0.0. Maquinaria y equipo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Artículo 4º: La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza será la Dirección de Cementerio.
Artículo 5º: De forma.

