Proyecto de Ordenanza
Creando en el marco del Programa Integral de Seguridad Ciudadana, la Oficina de Control Ciudadano de los Móviles Policiales.
Expediente: HCD-529/2013
Autor: Edgardo Raúl Ayude
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
Los sucesivos y reiterados hechos de inseguridad en la ciudad, el reclamo de los vecinos orientados hacia la búsqueda de soluciones concretas, y,
CONSIDERANDO
Que la Municipalidad de Bahía Blanca otorga aproximadamente 0.000 (quinientos mil pesos) mensuales a la Policía de la provincia en concepto de combustible y otros;
Que sería pertinente que desde la Municipalidad se logre ejercer un contralor sobre los movimientos de los patrulleros, por personal civil, que sea independiente del control propio que ejerce la Policía;
Que en razón de encontrarse comprometidos en el proyecto dos instituciones, una de ellas municipal y otra provincial, se autoriza al DE a realizar convenios con el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia;
Que creandose la Oficina de Control Ciudadano se podrán consultar datos acerca de los movimientos de los patrulleros, que servirán para esclarecer y controlar el funcionamiento de los mismos y el nivel de respuesta ante su convocatoria en un hecho delictivo;
Que resulta de particular importancia que la información que recabe la Oficina sea de acceso público ante su pedido;
Que la presente ordenanza se enmarca en el Programa Integral de Seguridad Ciudadana, el que ha sido presentado por este bloque de concejales y que fue ampliándose mediante la presentación de proyectos de diversos subprogramas;
Que por todo ello, el HCD, en ejercicio de sus facultades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Crease en el marco del Programa Integral de Seguridad Ciudadana, la Oficina de Control Ciudadano de los Móviles Policiales en el ámbito de la Municipalidad de Bahía Blanca, la que tendrá por objeto ejercer un control de los patrulleros de la Policía de la Provincia de Buenos Aires que se movilicen en el partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2º: La Oficina se integrará por personal dependiente de la Municipalidad.
ARTÍCULO 3º: La Oficina ejercerá el control de los patrulleros de la Policía provincial mediante un servicio online que permita obtener reportes de las unidades que se encuentran operativas, el tiempo que están fuera de funcionamiento, las posiciones, kilómetros recorridos y demás datos que puedan ser útiles, cada treinta minutos, pudiendo elaborarse un informe detallado.
ARTÍCULO 4º: La Oficina articulará su desenvolvimiento con el Sistema de Prevención y Vigilancia por Imágenes (SiPreVI).
ARTÍCULO 5º: Autorizase al DE a realizar convenios con el Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia de Buenos Aires, para el acceso a los datos del sistema de posicionamiento global (GPS) que permitan su utilización por parte de la Oficina.
ARTÍCULO 6º: La información que se recabe desde la Oficina será de carácter público y accesible.
ARTÍCULO 7º: De forma.
E. RAÚL AYUDE
CONCEJAL AUTOR