Proyecto de Resolución
Solicitando a la OPDS informes sobre reconstrucción de los expedientes en los que se incorporó como antecedente el estudio de impacto ambiental presentado por el CGPBB y que ha servido de antecedente a la resolución 4121/09
Expediente: HCD-736/2013
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La resolución firmada por la jueza, Dra. Susana González La Riva, en el marco de la causa nro. 376/11, relacionada con la operación de dragado, ensanche, ampliación y profundización del canal de acceso a Puerto Galván y,
CONSIDERANDO
Que en la presentación efectuada por la Asociación Vecinal en Defensa del Ambiente de General Cerri, se solicita, conforme lo dispuesto por la ley 13928 y modificatorias: a) medida de no innovar, que suspenda los trabajos que se encuentran en curso de realización, por la “Draga Cortadora” correspondientes al relleno de tareas denominadas “recintos de refulado A1 y A2”; y b) medida cautelar innovativa para que se suspenda inmediatamente los efectos de la Disposición 4121/09 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable;
Que por medio de la mencionada disposición se autoriza la ejecución de la operación de dragado, ensanche, ampliación y profundización del canal de acceso a Puerto Galván;
Que asimismo el petitorio se funda principalmente en los hechos vinculados a la pérdida de los expedientes 2145/24401/2009 y 2145/2440/2009, que constituyen fundamento de la disposición 4121/09, de acuerdo a la comunicación del organismo provincial ante la solicitud de remisión de los mismos por la parte demandante;
Que en fecha 22 de mayo de 2013, en el marco de la citada causa, se resuelve hacer lugar a la medida cautelar de no innovar, ordenándose que en el plazo de 20 días se suspenda la ejecución de los trabajos relativos a la mencionada obra, hasta tanto se resuelva en forma definitiva la acción de amparo;
Que en los considerandos de la resolución se consigna que “la única prueba pendiente de cumplimiento resulta la remisión por parte de la codemandada OPDS de los expedientes administrativos que culminaran con el dictado de la disposición 4121/09. El requerimiento de dichos expedientes al OPDS como elemento probatorio surge del escrito inicial de demanda (punto XI.IV), y al momento de contestar la demanda no se adjuntan tales expedientes solicitados por la accionante”;
Que asimismo se deja constancia que: “Librado el oficio al OPDS para la remisión (recibido 2/7/2012) tampoco se dio cumplimiento. Reiterado bajo apercibimientos de ley (recibido 12/04/2012) responden que los mismos habían sido remitidos al juzgado a mi cargo en fecha 3 de agosto de 2013. Héchole saber que no habían sido recepcionados y que debían cumplir con la manda en el plazo otorgado, se remitió nota en la que hacían constar el detalle de los expedientes requeridos y se adjuntaban otros expedientes distintos. Cuando se hizo conocer tal situación se recibió en este Juzgado un llamado telefónico alegando que los mismos estaban perdidos. Por último, y cuando ya se había dispuesto el secuestro de los mismos, se recibió un fax del OPDS refrendando que los expedientes se habían extraviado y que procederían a la reconstrucción”;
Que por todo ello, el HCD en ejercicio de sus facultes
RESUELVE
1) Solicitar a la OPDS, en relación con la operación de dragado, ensanche, ampliación y profundización del canal de acceso a Puerto Galván, si se ha procedido a la reconstrucción de los expedientes en los que se incorporó como antecedente el estudio de impacto ambiental presentado por el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca y que ha servido de antecedente a la resolución 4121/09; en caso afirmativo remitir la resolución que ordena la reconstrucción, el estado actual de ese expediente y si en su trámite se ha requerido al citado consorcio el agregado de nueva copia del estudio de impacto ambiental.