Proyecto de Resolución
Solicitando a la Legislatura provincial el tratamiento del proyecto de ley referido a la Creación del Colegio de Enfermería en la Provincia de Buenos Aires.
Expediente: HCD-727/2013
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCION
Visto:
El proyecto de ley que tramita por el Expediente E 241 2012–2013, cuya autoría es de la senadora María Cristina Di Rado, y por el que se crea en la Provincia de Buenos Aires el Colegio de Profesionales de Enfermería, con carácter de personería jurídica de derecho público no estatal; y
Considerando:
Que el proyecto de ley prevé que el Colegio de Profesionales de Enfermería posea representación en todas las regiones sanitarias y jurisdicción del ámbito de la provincia de Buenos Aires, como así también los requisitos para los profesionales que deseen matricularse, y los derechos, obligaciones y prohibiciones de los matriculados.
Que el Artículo 2° del proyecto de ley expresa que el mismo tiene por objetivo “garantizar un sistema integral, permanente, eficiente y calificado del ejercicio de la enfermería, a través de profesionales de enfermería y sus ramas auxiliares que desarrollen su actividad con autonomía acorde a los conocimientos científicos propios de su arte, las reglas de la ética profesional y los principios de equidad y solidaridad social”.
Que, en su artículo 3° el proyecto establece que serán miembros del Colegio de Profesionales de Enfermería y podrán ejercer la profesión los siguientes enfermeros:
“a) Los Licenciados en Enfermería que posean títulos habilitantes expedidos por Universidades Nacionales, Públicas o Privadas reconocidas oficialmente o extranjeras, siempre que existan convenios de reciprocidad y previa reválida del título.
b) Los Enfermeros que posean títulos habilitantes expedidos por Universidades Nacionales, Públicas y/o Privadas reconocidas oficialmente; escuelas oficialmente reconocidas o universidades extranjeras, en las mismas condiciones del inciso anterior.
c) Los Auxiliares de Enfermería que posean certificado otorgado por Instituciones Nacionales, Provinciales, Municipales o Privadas reconocidas a tal efecto por autoridades competentes o que tengan certificado otorgado por países extranjeros, el que deberá ser reconocido o revalidado de conformidad con la legislación vigente en la materia.”
Que en el Artículo 18°, el proyecto define el alcance del ejercicio de la enfermería, señalando que incluye a “las actividades específicamente destinadas a colaborar en la atención médica del individuo y la comunidad en dos secciones: la de fomento, promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud; y la destinada a programar, dirigir, supervisar, evaluar y asesorar en los aspectos de su competencia.”
Que, tal como se lee en los fundamentos del proyecto de ley, el mismo tiene la intención del promover la creación del Colegio de Profesionales de Enfermería de la Provincia de Buenos Aires con el propósito de, por un lado, dar organización, fomento y defensa de los derechos de los profesionales de enfermería y, por otro, garantizar un sistema integral del ejercicio de la enfermería que permita la calificación de los profesionales de enfermería y sus ramas auxiliares.
Que en los últimos años varias Universidades nacionales como así también universidades privadas e institutos de enseñanza han incrementado la oferta educativa relacionada con la atención de la salud. En particular, han incorporado dentro de las carreras de grado a la Licenciatura en Enfermería. Tal es el caso de la Universidad Nacional del Sur con sede en nuestra ciudad. Lo antedicho ha determinado que en la actualidad exista una importante cantidad de profesionales que han accedido al título de grado.
Que el proyecto de ley ya ha sido analizado por la Comisión de Trabajo y Legislación de la H. Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires.
Que los profesionales de enfermería de nuestra ciudad viene reclamando desde hace tiempo la posibilidad de contar con una ley que les garantice la organización colegiada de la profesión. Al respecto, varios profesionales han transmitido a concejales de este cuerpo tal inquietud.
Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,
RESUELVE
Primero: Solicitar a la H. Legislatura de la provincia de Buenos Aires el pronto tratamiento y sanción del proyecto de ley destinado a crear en el ámbito bonaerense el Colegio de Profesionales de Enfermería.
Segundo: Remitir copia de la presente a los profesionales de enfermería que se desempeñan en el Hospital Municipal de Agudos “Leónidas Lucero” y en las Salas Médicas dependientes de la Secretaría de Salud del municipio.