Proyecto de Ordenanza
Colóquese en la rotonda que intercepta las calles San Andrés-Av. Constituyentes y Payró una mayólica que recuerde a los constituyentes de 1853
Expediente: HCD-753/2013
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
Fundamentos
La colocación de una mayólica con los nombres de los constituyentes de 1853 constituye un elemento a incorporar en el espacio urbano con el valor simbólico que corresponde asignarle a quienes participaron de la redacción de la constitución de 1853.
La Convención reunida en Santa Fé fue consecuencia del acuerdo de San Nicolás. La representación igualitaria -2 convencionales por Provincia- fue resistida por los porteños quienes por la cantidad de habitantes reclamaban mayor número. Por ello los porteños no participaron de su redacción.
Sin perjuicio de las críticas que arrojara al sanción de su texto, las sucesivas reformas-1860 con la incorporación de la Provincia de Buenos Aires entre otros. Cierto es que el proceso de organización de nuestro país, como estado, comenzó con su texto.
Las circunstancias históricas como la reciente derrota de Rosas, no son ajenas a su resultado. Las iniciativas incumplidas tampoco, sumado a ello la etapa de adecuación a las nuevas realidades y a las normativas Internacionales receptadas en los derechos de última generación incorporadas por la reforma de 1994. Algunos convencionales no eran nativos de las provincias que representaron y como toda obra colectiva un pequeño grupo participó en la elaboración de su texto. Las fuentes foráneas, la constitución de EEUU, entre otras y el aporte de Alberdi con sus "Bases" son nítidos antecedentes de la constitución de 1853. Aún levantando críticas y promoviendo el debate la sociedad ignora a la mayoría de los convencionales.
La historia incompleta poco aporta a las generaciones venideras y el espacio público debe contribuir a una visión profunda de nuestras raíces cívicas.
Los convencionales fueron:
– Manuel LEIVA, representante de la Provincia de Santa Fe
– Juan Francisco SEGUÍ, representante de la Provincia de Santa Fe
– Juan DEL CAMPILLO, representante de la Provincia de Córdoba
– Santiago DERQUI, representante de la Provincia de Córdoba
– Pedro CENTENO, representante de la Provincia de Catamarca
– Pedro FERRÉ, representante de la Provincia de Catamarca
– Jose DE LA QUINTANA, representante de la Provincia de Jujuy
– Manuel PADILLA, representante de la Provincia de Jujuy
– José Manuel PEREZ, representante de la Provincia de Tucumán
– Salustiano ZAVALÍA, representante de la Provincia de Tucumán
– Regis MARTINEZ, representante de la Provincia de La Rioja
– Facundo ZUVIRÍA, representante de la Provincia de Salta
– Agustin DELGADO, representante de la Provincia de Mendoza
– Martín ZAPATA, representante de la Provincia de Mendoza
– Luciano TORRENT, representante de la Provincia de Corrientes
– Pedro Díaz COLODRERO, representante de la Provincia de Corrientes
– José Benjamín GOROSTIAGA, representante de la Provincia de Santiago del Estero
– Benjamín LAVAISSE, representante de la Provincia de Santiago del Estero
– Juan María GUTIERREZ, representante de la Provincia de Entre Ríos
– José Ruperto PEREZ, representante de la Provincia de Entre Ríos
– Delfín HUERGO, representante de la Provincia de San Luis
– Juan LLERENA, representante de la Provincia de San Luis
– Salvador Maria DEL CARRIL, representante de la Provincia de San Juan
– Ruperto GODOY, representante de la Provincia de San Juan
Por lo expuesto, en uso de sus facultades, el H. Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Colóquese en la rotonda que intercepta las calles San Andrés-Av. Constituyentes y Payró una mayólica que recuerde a los constituyentes que redactaron la constitución Nacional de 1853
La mayólica deberá consignar la siguiente leyenda:
“En recuerdo de los constituyentes que redactaron la primera Constitución en 1853 que dio origen a nuestra organización nacional:
– Manuel LEIVA, representante de la Provincia de Santa Fe
– Juan Francisco SEGUÍ, representante de la Provincia de Santa Fe
– Juan DEL CAMPILLO, representante de la Provincia de Córdoba
– Santiago DERQUI, representante de la Provincia de Córdoba
– Pedro CENTENO, representante de la Provincia de Catamarca
– Pedro FERRÉ, representante de la Provincia de Catamarca
– Jose DE LA QUINTANA, representante de la Provincia de Jujuy
– Manuel PADILLA, representante de la Provincia de Jujuy
– José Manuel PEREZ, representante de la Provincia de Tucumán
– Salustiano ZAVALÍA, representante de la Provincia de Tucumán
– Regis MARTINEZ, representante de la Provincia de La Rioja
– Facundo ZUVIRÍA, representante de la Provincia de Salta
– Agustin DELGADO, representante de la Provincia de Mendoza
– Martín ZAPATA, representante de la Provincia de Mendoza
– Luciano TORRENT, representante de la Provincia de Corrientes
– Pedro Díaz COLODRERO, representante de la Provincia de Corrientes
– José Benjamín GOROSTIAGA, representante de la Provincia de Santiago del Estero
– Benjamín LAVAISSE, representante de la Provincia de Santiago del Estero
– Juan María GUTIERREZ, representante de la Provincia de Entre Ríos
– José Ruperto PEREZ, representante de la Provincia de Entre Ríos
– Delfín HUERGO, representante de la Provincia de San Luis
– Juan LLERENA, representante de la Provincia de San Luis
– Salvador Maria DEL CARRIL, representante de la Provincia de San Juan
– Ruperto GODOY, representante de la Provincia de San Juan
Artículo 2º: De forma.