Proyecto de Ordenanza
Incorporando al CPU la exigencia de presentar un plan de forestación al momento del parcelamiento.
Expediente: HCD-857/2013
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º: Incorpórese a las exigencias previstas en el Código de Planeamiento Urbano de Bahía Blanca para el Parcelamiento el siguiente texto:
Parcelamiento
“2.2.10. En todos los casos que se dividan inmuebles ubicados en la Subárea Semiurbanizada deberá presentarse un Plan de Forestación.”
Artículo 2º: La presente ordenanza tiene por objeto garantizar la presencia de arbolado en las nuevas urbanizaciones que se autoricen, en el marco del programa de forestación y/o reforestación anual municipal.
Artículo 3º: El plan de forestación deberá incorporar especies arbóreas que reúnan características de adaptación, resistencia, sanidad y belleza ornamental y, a la vez, deberán ser seleccionadas teniendo en cuenta el porte y la estructura para que en un futuro no se vean afectadas los tendidos de los diferentes servicios y las edificaciones.
Artículo 4º: De forma.
Fundamentos:
El presente Proyecto de Ordenanza tiene como propósito incrementar el bienestar de los habitantes de nuestra ciudad, embellecer el paisaje urbano y reforzar el patrimonio de la comunidad. Para ello se propone incorporar dentro del Código de Planeamiento Urbano del Partido de Bahía Blanca que al momento de llevar a cabo un nuevo parcelamiento, deberá cumplirse con la exigencia de presentar un Plan de Forestación, en orden a la necesidad de fortalecer el arbolado urbano.
El proyecto propone que los ejemplares arbóreos que se consideren en el Plan de Forestación pertenezcan a especies que reúnan características de adaptación, resistencia, sanidad y belleza ornamental como así también deberán ser seleccionados teniendo en cuenta el porte y la estructura para que en un futuro no se vean afectados los inmueble ni los tendidos de los diferentes servicios.
Tal como se ha puesto de manifiesto en otras Ordenanzas que persiguen la misma finalidad, es necesario reiterar que el arbolado urbano, además de otorgar a la ciudad un valor ornamental o paisajístico, contribuye a mejorar la calidad ambiental de la comunidad, ya que a través de su rol reconstituyente reduce la contaminación -tanto atmosférica como sonora-, amortigua la temperatura, proporciona sombra, retiene la humedad, protege al suelo de la erosión y promueve la biodiversidad.
Este Concejo Deliberante aprobó hace dos años una ordenanza por la que se creó el Programa denominado “Una casa + un árbol” por la que se pretende garantizar la presencia de arbolado urbano en los barrios que se construyan por medio de planes de viviendas.
El proyecto propuesto se enmarca en la Ordenanza Nº 15.523, que es la norma que regula el arbolado urbano en el Partido de Bahía Blanca. Dicha norma tiene como objetivo “la defensa, mejoramiento, protección, conservación, ordenamiento, ampliación y desarrollo de los espacios verdes públicos o libres de ocupación, y la fijación de requisitos y condiciones a que se ajustará la plantación, conservación, erradicación y reimplantación del arbolado urbano en el partido de Bahía Blanca”.
Por lo expuesto, se solicita a los Sres. concejales la sanción del presente Proyecto de Ordenanza.