Proyecto de Minuta
Solicitando al D.Ejecutivo dé cumplimiento a la Ordenanza N° 16.723.
Expediente: HCD-1411/2013
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
MINUTA DE COMUNICACION
El H. Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Ordenanza N° 16.723, sancionada el 2 de agosto de 2012 por unanimidad, por la que se promueve la instalación de equipamiento urbano adecuado para el estacionamiento de bicicletas en distintos puntos de la ciudad (vías de circulación, espacios verdes y recreativos, edificios públicos y edifícios, oficinas y locales privados) a fin de que los usuarios de dicho medio de transporte puedan contar con espacios seguros.
Fundamentos:
La Ordenanza N° 16.723, sancionada el 2 de agosto de 2012 por unanimidad, promueve la instalación de equipamiento urbano adecuado para el estacionamiento de bicicletas en distintos puntos de la ciudad.
Entre los fundamentos de la Ordenanza se resaltaba la necesidad de que, en forma paralela a la promoción del uso de la bicicleta, es indispensable dotar a la ciudad de un equipamiento para su estacionamiento. Por ello resulta necesario crear espacios con mobiliario urbano adecuado tendientes a garantizar el estacionamiento seguro de las bicicletas en diferentes puntos de la ciudad, como edificios públicos, áreas verdes de recreación y esparcimiento, establecimientos educacionales, centros comerciales, entre otros; sobre todo en la zona céntrica para que los vecinos durante la jornada laboral o cuando realizan diferentes actividades puedan estacionar sus bicicletas.
La colocación de la infraestructura urbana mencionada contribuiría también a la organización del espacio público. Al respecto vale mencionar que la Ordenanza de referencia preveía que los gastos que demande su ejecución debían ser imputados a las partidas presupuestarias correspondientes a la Agencia de Seguridad Vial – Programa de Seguridad Vial, afectándose para ello fondos provenientes de las Multas por Infracciones de Tránsito.
Cabe resaltar también que debido al costo del transporte público -y en particular por las deficiencias que éste evidenciaba hace poco tiempo-, un número importante de vecinos bahienses recurrió a la utilización de bicicletas y ciclomotores como medio alternativo de transporte. Por tal motivo, es inevitable pensar desde el Estado local en la implementación de programas que permitan integrar a la planificación de la ciudad el transporte en bicicleta.
Un aspecto a destacar es que la Ordenanza N° 16.723 debía ser reglamentada por el Ejecutivo municipal dentro del plazo de 60 (sesenta) días de su sanción, y, a partir de esa fecha, en un plazo de 90 (noventa) días debía colocar bicicleteros en edificios públicos municipales, espacios verdes y recreativos y en la vía pública como así también comunicar la vigencia de la ordenanza a las dependencias y/o empresas alcanzadas por ésta. Si bien en el micro centro de la ciudad se avanzó en la disposición de lugares de estacionamiento para este tipo de transporte, la aplicación de la Ordenanza aún se encuentra pendiente.
Por lo expuesto, se solicita a los concejales la sanción de la presente Minuta de Comunicación.