Proyecto de Resolución
Solicitando al DE gestione, en el marco de un convenio con la empresa EDES y a su cargo, la entrega de subsidios para los damnificados por las interrupciones del servicio de energía eléctrica, por intermedio del Banco de Provincia de Buenos Aires.
Expediente: HCD-1665/2013
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La situación que atraviesa la ciudad a partir de las interrupciones del servicio de energía eléctrica, y
CONSIDERANDO:
Que el conflicto surge a partir de los reiterados y prolongados cortes de energía eléctrica ante las altas temperaturas que se registraron en la ciudad, afectando a distintos barrios, a saber: Bella Vista, Pacífico, La Falda, Cenci, Pampa Central, Millamapu, Villa Muñiz, Bosque Alto, Villa Italia, Noroeste, Sosba, Napostá, Santa Margarita, Villa Rosas, Mara, Pedro Pico, Centenario, Chañares, Patagonia, Universitario, Rucci, San Martín, Paihuen, Mapuche, Villa Ressia, la zona del Hospital Municipal y partes del micro y macrocentro, entre otros;
Que la empresa prestataria del servicio, EDES S.A., admitió la existencia de numerosas fallas en el servicio, advirtiendo en un principio que las mismas se debían a la ola de calor que intensifica el uso de energía eléctrica;
Que el día 17 de diciembre, según consta en la edición web del diario LaNueva.com (http://www.lanueva.com/index.php/La-ciudad-/250688/mientras-siga-el-calor–habra-cortes-de-energia.html), la empresa EDES SA dio a conocer un comunicado de prensa y reconoció que “mientras persista la ola de calor se seguirán sucediendo interrupciones en el servicio.” Además, en la mencionada nota se consigna que “La prestataria manifestó, mediante un comunicado de prensa, que debido a las altas temperaturas del lunes y ayer “se registraron diversas fallas en la red de distribución domiciliaria” y no descartó la repetición de problemas, tanto en los sectores ya afectados como en otros.” También se menciona que en el comunicado se pidió disculpas “por los inconvenientes generados” y recordar la necesidad de mantener “un uso medido de la energía”, logrando así “un alivio en la carga de las instalaciones”.-
Que a partir de tal situación y luego de varios días de interrupción del servicio, la empresa prestataria instaló alrededor de 14 generadores distribuidos en diferentes puntos de la ciudad, comprometiéndose a disminuir los cortes del servicio ante la ola de calor;
Que tal como surge de la página oficial de EDES, “La electricidad es un bien imprescindible para la existencia en la vida moderna. Su disponibilidad marca el umbral de una calidad de vida decente. Esto quiere decir que la posibilidad de acceder o no a dicho servicio es uno de los factores que determinan nuestra calidad de vida y la de nuestras sociedades”;
Que es preciso señalar que al tratarse de un servicio público indispensable, las reiteradas interrupciones en su prestación ocasionaron graves pérdidas en hogares y comercios, como mercadería, alimentos, electrodomésticos, medicamentos, colocando a los afectados en situación de vulnerabilidad ante la falta de respuesta de la empresa;
Que este escenario podría haberse previsto, adoptando las medidas tendientes a garantizar la prestación del servicio con anterioridad, como la incorporación de generadores en diferentes puntos de la ciudad;
Que la empresa prestataria reconocería solo las pérdidas de electrodomésticos, resultando indispensable ampliar dicha compensación a otras como mercadería, medicamentos y comida, dado que en muchos casos superarían los montos de la primera, afectando significativamente las economías familiares y la de los comerciantes, especialmente negocios de comidas, almacenes, carnicerías y otros;
Que asimismo la empresa podría establecer mecanismos de compensación para los comercios e industrias damnificadas, de las pérdidas ocasionadas con futuras facturas del servicio de energía eléctrica;
Que los criterios utilizados por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en el caso de las graves inundaciones ocurridas en La Plata en abril del corriente año, pueden servir de orientación para los fines de este proyecto;
Que es esa oportunidad la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió aprobar el mecanismo propuesto por las Secretarías de Personal y Planificación para la entrega de subsidios, estableciendo para ello diferentes variables como el nivel de daño de la vivienda, el carácter en que se ocupa el inmueble, el nivel presupuestario del cargo del solicitante y la composición del grupo familiar, analizando cada caso en particular y asignando en una primera etapa un subsidio de 10 mil pesos a cada familia afectada por el temporal;
Que en este caso sería pertinente que el Municipio a través de un convenio con EDES y el Banco de la Provincia de Buenos Aires gestione la entrega de subsidios para los damnificados a cargo de la prestataria, evaluando cada caso en particular y efectuando un relevamiento de la situación de los afectados al efecto;
Por todo ello, y en ejercicio de sus facultades, el HCD
RESUELVE
Artículo 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo gestione, en el marco de un convenio con la empresa EDES y a su cargo, la entrega de subsidios para los damnificados por las interrupciones del servicio de energía eléctrica que hayan registrado pérdidas materiales mensurables, conforme los criterios de la presente y los que entienda pertinente agregar el DE, los que se abonarían por intermedio del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2: Solicitar al Departamento Ejecutivo forme equipos encargados de realizar un revelamiento de la situación de los afectados, y diseñar mecanismos para mensurar los daños, como la pérdida de mercadería, alimentos, medicamentos, gastos atribuibles a la utilización de grupos electrógenos y otros perjuicios materiales que haya ocasionado la interrupción del servicio de energía eléctrica.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR