Proyecto de Resolución
Solicitando al D.E. informe sobre la aplicación de la ordenanza Nº 17.130 sobre la regulación de antenas telefónicas
Expediente: HCD-425/2014
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCION
Visto:
Las notas presentadas por la “Sociedad de Fomento y Cultura Villa Amaducci”, “Asociación Vecinal en Defensa del Ambiente”, “Salud Ambiental en Acción” y “Ayudale” día de la fecha; y
Considerando:
Que en las notas referidas, las entidades, manifiestan desconocer si el DE se encuentra aplicando la ordenanza Nº 17.130 “Regulación de instalación de estructuras soportes de Antenas de Telefonía celular y desarrollo de la plataforma de comunicaciones móviles para la Ciudad de Bahía Blanca”.
Que, los vecinos desoncen si las empresas prestatarias del sercvicio han presentado su propuesta de plataforma Móvil de Comunicaciones, con la declaración jurada conforme los establecidos en el artículo 7 de la mencionada normativa.
Que desconocen si las oficinas técnicas del DE cumplen las funciones establecidas en el artículo 9 de la ordenanza
Que, los vecinos no pueden asegurar si el DE está cumplimentando el artículo 16 donde debería realizar mediciones periódicas respecto de las antenas ya instaladas, la densidad de potencia a la que esta expuesta la población cercana a la misma.
Que, según las entidades no se estaría cumpliendo con el artículo 21 donde especifica la conformación de una Unidad de Gestión formada por un representante de la Agencia Urbana y un representante de la Agencia Ambiental del DE.
Que, que estas organizaciones sociales señalan que no se puede asegurar si se cumple con el Fondo de Control y Monitoreo que establece el artículo 22
Que, por todo lo expuesto, este Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,
RESUELVE
Primero: Solicitar al Sr. Intendente Municipal, Dr. Gustavo Bevilacqua, informe si ha procedido a la implementación de la ordenanza Nº 17130 sobre la regulación de instalación de estructuras soportes de antenas de telefonía celular y desarrollo de la plataforma de comunicaciones móviles para la ciudad de Bahía Blanca, y en particular si da cumpliemiento a los artículos Nº 7, 9 16, 17, 21, 22 y 24