Proyecto de Minuta
Proyecto de Comunicación por el que se solicita informe al Departamento Ejecutivo en relación a la Ordenanza N°14575, correspondiente al Expediente HCD 277-2006.
Autor: Bloque Frente Para la Victoria 27 de Octubre.
Expediente: HCD-1657/2014
Autor: Sergio Massarella
Bloque: PJ – Cumplir
Proyecto de Comunicación por el que se solicita informe al Departamento Ejecutivo en relación a la Ordenanza N°14575, correspondiente al Expediente HCD 277-2006.
Autor: Bloque Frente Para la Victoria 27 de Octubre.
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Deliberante a través del área correspondiente, informe en relación a la Ordenanza Nº 14575, correspondiente al Expediente HCD 277-2006 que autoriza con carácter de excepción al Código de Planeamiento Urbano los usos centros de exposiciones y casa de fiestas, ambos en uso diurno, respecto del inmueble emplazado en calle Undiano n° 758.
a) Si el salón ubicado cuenta con la pertinente habilitación municipal
b) Si se han realizado fiestas nocturnas en dicho salón. En caso de ser así, si hubo multas o sanciones y de qué tipo.
c) De qué manera, y días se están desarrollando los controles en función de cumplir con los requisitos que plantea la ordenanza.
d) Si existe algún dictamen de un organismo de habilitación que modifique la ordenanza.
e) Si hubo denuncias acreditadas en el 911 donde se pueda constatar la existencia de fiestas en el lugar.
f) Si las oficinas municipales (entre ellas la OMIC) recibieron denuncias por parte de vecinos del lugar donde expresan irregularidades, en el funcionamiento de dicha casa de fiestas.
FUNDAMENTOS:
El presente proyecto se fundamente en el reclamo realizado por los vecinos del lugar ante este Bloque quienes manifiestan que a principios de este año un locatario “decide” poner en funcionamiento el salón ubicado en calle Undiano 758, desarrollando innumerables fiestas en horarios que no son los permitidos, es decir en horas nocturnas.
Que luego de un arduo debate entre vecinos, representantes de la Sociedad de Fomento, el propietario del lugar y concejales se sancionó en el año 2007 la Ordenanza Nº 14575, autorizando con carácter de excepción, la locación de un centro de convenciones, galería de arte y salón de fiestas en una zona en la que no estaba permitido.
Dicha Ordenanza establece que la autorización se concede pura y exclusivamente para uso diurno.
Si se observa el texto de la Ordenanza, se verá que no queda lugar a dudas, y que de ninguna maneja bajo ninguna circunstancia se podrá llevar a cabo una fiesta en horas que no son las establecidas dentro de la franja correspondiente a lo que el municipio establece como “uso diurno”. Es decir, que ningún representante del municipio esta en condiciones de habilitar el funcionamiento de un salón de fiestas en circunstancias que no son las establecidas y menos aún solicitar reformas que anticipen un uso que no esta permitido.
Se solicita información con respecto al cumplimiento de esta Ordenanza.