Proyecto de Resolución
Solicitando a la Asesoría General de Gobierno dictamine sobre viabilidad de sancionar una ordenanza que establezca que las empresas contribuyentes municipales compensen el valor de obras de infraestructura y bienes públicos.
Expediente: HCD-1430/2014
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La necesidad de financiar mejoras mediante la contraprestación de certificados de créditos por tasas y derechos municipales, y
CONSIDERANDO:
Que las dificultades crecientes en la economía del país obligan a encontrar mecanismos de financiamiento y ejecución de obras de infraestructura y mejoras en bienes municipales;
Que el sistema se ha utilizado, con otros alcances en diferentes países, por caso Perú por una ley nacional que se ha analizado como antecedente;
Que el sistema que se propone se estructura sobre la base de mejoras en unidades sanitarias, inmuebles dedicados a programas sociales, que serán propuestas por los vecinos y sociedades de fomento, elaborándose un registro y el HCD deberá aprobar la propuesta de financiamiento realizada en cada caso;
Que la empresa propone compensar el valor de la obra, la que podrá ser ejecutada por la misma empresa u otra empresa contratada por aquella, por el 50% de los importes a abonar por tasas municipales y derechos que correspondan al ejercicio siguiente;
Que los certificados de crédito fiscal mantendrán una vigencia de 5 años y podrán ser cedidos durante la vigencia del mismo;
Que asimismo las empresas que ejecuten la obra podrán asociarse como una UTE a los fines de la donación propuesta fijando las condiciones de los aportes y en esa forma se expedirá el certificado de crédito fiscal;
Que la compensación será aceptada por el HCD y la recepción de la obra la realizará el DE creándose en el sistema de "obras por tasas" un comité de supervisión del todo el proceso integrado por 1 concejal, 1 representante del DE, y un representante del Colegio de Ingenieros, otro del colegio de arquitectos y el restante del colegio de técnicos, quien deberá elaborar un informe indicando que se han cumplido todos los pasos vinculados con el sistema creado;
Que corresponde tener en cuenta la doctrina del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, por la consulta efectuada por la Municipalidad de Carlos Cáseres acerca si podía recibir un préstamo de un contribuyente destinado a la realización de obras de pavimentación a devolver mediante compensación con gravámenes futuros, dicho organismo se expidió favorablemente, indicando la necesidad del previo pedido de capacidad financiera en los términos del artículo 47 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y y previa declaración de utilidad pública de la obra en cuestión (Expte 5300-4799-2005-1-0);
Que por otra parte la Municipalidad de Carmen de Areco consultó al mismo organismo sobre la factibilidad de aceptar como parte de pago bienes muebles, inmuebles o productos de utilidad para el Municipio a cambio de la compensación de deudas contraidas por parte de contribuyentes referidas a tasas municipales, judiciales y/o extrajudiciales, indicando el Tribunal que su doctrina ha admitido ese tipo de compensación, bajo determinadas condiciones (Expte. 5300-1565-2008-1-0);
Que si bien los antecedentes mencionados se refieren a casos particulares, es oportuno tenerlos en cuenta toda vez que representan la doctrina del Tribunal de Cuentas referida a la materia objeto del presente proyecto;
Que resulta pertinente, a los fines de la ordenanza general a sancionar, que la Asesoría General de Gobierno, dictamine sobre la alternativa propuesta sobre las bases que se señalan en esta resolución;
Que por todo ello el HCD en ejercicio de sus facultades
RESUELVE
1) Solicitar a la Asesoría General de Gobierno dictamine sobre la viabilidad de sancionar una ordenanza general que establezca un sistema por el que las empresas contribuyentes municipales por diferentes tasas y derechos compensen el valor de obras de infraestructura y mejoras en bienes públicos municipales seleccionados conforme la normativa vigente recibiendo a cambio certificados de crédito fiscal que podrán ser cedidos sobre las bases siguientes:
1) el sistema que se propone se estructurará sobre la base de obras del tipo de mejoras en unidades sanitarias, reparaciones en mobiliario urbano y en obras de infraestructura, que serán propuestas por los vecinos y sociedades de fomento, elaborándose un registro y el HCD deberá aprobar la propuesta de financiamiento realizada en cada caso;
2) la empresa propone compensar la obra, la que podrá ser ejecutada por la misma empresa u otra contratada por la misma, por el 50% de los importes a abonar por tasas municipales y derechos que correspondan al ejercicio siguiente;
3) los certificados de crédito fiscal mantendrán una vigencia de 5 años y podrán ser cedidos durante la vigencia del mismo
4) las empresas que ejecuten la obra podrán asociarse como una UTE a los fines de la compensación propuesta fijando las condiciones de los aportes y en esa forma se expedirá el certificado de crédito fiscal;
5) la compensación será aceptada por el HCD y la recepción de la obra la realizará el DE creándose en el sistema de "obras por tasas" un comité de supervisión de todo el proceso, integrado por un concejal, un representante del DE, un representante del Colegio de Ingenieros, otro del colegio de Arquitectos y el restante del colegio de Técnicos, y el cual deberá elaborar un informe indicando que se han cumplido todos los pasos vinculados con el sistema creado.