Proyecto de Resolución
Solicitando informes para la introducción de la figura de licencia de la empleada o empleado municipal por violencia de género.
Expediente: HCD-1511/2014
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La necesidad de analizar la introducción de la licencia de la empleada o empleado municipal por violencia de de género, y,
CONSIDERANDO
Que el régimen de la ley 11.757 prevé en su art. 14 entre los derechos del trabajador las licencias y permisos legislando en el art. 28 las siguientes:
ARTICULO 28º: El agente tiene derecho a las siguientes licencias:
1. Para descanso anual.
2. Por razones de enfermedad o accidentes de trabajo.
3. Para estudios y actividades culturales.
4. Por actividades gremiales.
5. Por atención de familiar enfermo.
6. Por duelo familiar.
7. Por matrimonio.
8. Por maternidad.
9. Por pre-examen y examen.
10. Por día de cumpleaños del agente.
11. Por asuntos particulares.
12. Especiales (razones políticas, donación de órganos, piel, sangre y adopción).
Que en la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe ingresó, con fecha 3 de julio de 2014, un proyecto de ley de autoría de la diputada provincial Verónica Claudia Benas incorporando la licencia por violencia de género: ”en los casos en los que la empleada o empleado público, víctima de violencia de género, deba ausentarse por tal motivo de su puesto de trabajo, contará con la debida justificación emitida por la Dirección Provincial de Políticas de Género o por los servicios que la misma determine, quienes evaluarán las condiciones y tiempo de la referida licencia”. Agregando en el artículo siguiente:” El personal víctima de violencia de género tendrá derecho a la reducción de la jornada, la reordenación del tiempo de trabajo, o del lugar de prestación del servicio cuando se considere necesario”;
Que resulta pertinente analizar la posible incorporación de la licencia para quienes resulten víctimas de violencia de género;
Que ello permitiría profundizar las políticas públicas de la administración municipal en la materia, posibilitando una mejor atención de las víctimas considerando a la misma una manifestación cultural, producto de la desigualdad;
Que como se sabe la ley nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales, la incorporación del femicidio en el Código Penal, los tratados internacionales, tal como se señala en el proyecto de ley mencionado, contribuyen a articular políticas públicas, que en forma transversal den debida respuesta a la realidad a la que se refiere la norma;
Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación por medio de la Oficina de Violencia familiar informa sobre un notorio incremento de los casos de violencia de género;
Que la violencia sobre las mujeres es consecuencia de un estereotipo cultural arraigado, mientras que las reacciones legislativas son recientes, tendientes a mitigar los efectos negativos de la discriminación de que son objeto;
Que existe una tendencia en el derecho comparado reconociendo esta licencia y en el país la provincia de Chubut, en paritarias, reconoció tal derecho a las docentes provinciales. A ese iter normativo se suma la ley 473 de Tierra del Fuego y la ley 6.580 de la provincia de La Rioja, que introdujo la violencia familiar y de género como causa de licencia;
Que resulta conveniente analizar la posibilidad de legislar en favor de las trabajadoras municipales, mediante una ordenanza municipal una sustancial mejora en sus derechos analizando la congruencia de una reforma que no colisione con la ley 11757 que regula el Estatuto para el Personal de las Municipalidades, entendiendo que la normativa tiende a expandir derechos más allá de la vigencia de los reconocidos en el citado estatuto;
Que resulta pertinente que el Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y la Asesoría general de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se expidan sobre la oportunidad y conveniencia de su abordaje y la posibilidad de su regulación por la vía de una ordenanza municipal;
Que por todo ello el HCD en ejercicio de sus facultades
RESUELVE
1) Remitir la presente al Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires solicitando su opinión sobre la oportunidad y conveniencia de la introducción de la licencia de la empleada o empleado municipal por violencia de género, y la posibilidad de su regulación por la vía de una ordenanza municipal que reconozca ese derecho.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR