Proyecto de Resolución
Solicitando al D.E. dé cumplimiento a lo previsto en la ordenanza de Emergencia Vial Urbana publicando, en forma inmediata, las contrataciones realizadas y brinde informes sobre trabajos realizados.
Expediente: HCD-1596/2014
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCION
Visto:
La Ordenanza N° 17.744 por la que se declara la Emergencia Vial Urbana en el Distrito de Bahía Blanca; y
Considerando:
Que la Emergencia Vial Urbana ha sido declarada por el término de noventa (90) contados a partir de la sanción de la ordenanza. Teniendo en cuenta que este cuerpo aprobó la norma el 24 de julio del corriente año, el distrito bahiense lleva ya más de un mes en emergencia.
Que a partir de la declaración de la emergencia, el Departamento Ejecutivo ha sido facultado por este cuerpo a efectuar las reasignaciones presupuestarias correspondientes, implicando atención prioritaria a las funciones que deben desarrollar la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y las Delegaciones Municipales para coordinar y ejecutar aquellas tareas que tengan como objetivo repara y preservar el buen estado de las calles del Distrito de Bahía Blanca, y a la celeridad en los términos administrativos correspondientes.
Que por el Artículo 3° de la ordenanza, el Departamento Ejecutivo quedaba obligado a “informar cada 15 días, y durante el plazo que dure la Emergencia Vial Urbana en el Distrito de Bahía Blanca, los avances y trabajos realizados en el marco de la prestación de servicios de reparación y conservación de calles, detallando nombre y numeración de calles entoscadas y reparadas.”
Que teniendo en cuenta que la ordenanza lleva más de un mes de sancionada, al menos debieran haberse informado en dos oportunidades lo previsto en el artículo 3°.
Que, el Artículo 7° de la norma establece que “Todas las contrataciones que se realicen durante el plazo de la Emergencia declarada deberán publicarse en la Página Web de la Municipal”.
Que no se observa en el sitio web municipal ninguna publicación que de cuenta de las contrataciones realizadas en el marco de la Emergencia. Por tal motivo se interpreta que no han habido contrataciones o, en su defecto, que el Departamento Ejecutivo no está cumpliendo con lo previsto en el Artículo 7°.
Que en relación a las canteras habilitadas en el partido de Bahía Blanca y la compra de tosca efectuada por el municipio se han presentado en este cuerpo diferentes pedidos de informe que tienen, a su vez, vinculación con la adquisición de materiales áridos para el arreglo de calles en el marco de la Emergencia Vial. Por tal motivo, es importante reiterar la necesidad de que el Departamento Ejecutivo dé conocer no sólo las compras que se efectuaran sino también los remitos y las guías de traslado del material adquirido.
Que, por lo antedicho, este Concejo Deliberante considera pertinente solicitar al Departamento Ejecutivo dé cumplimiento, en forma inmediata, a lo estipulado en los 3° y 7°.
Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,
RESUELVE
Primero: Solicitar al Departamento Ejecutivo dé cumplimiento, en forma inmediata, a lo estipulado en los artículos 3° y 7° de la Ordenanza N° 17.744 por la que se declara la Emergencia Vial Urbana en el Distrito de Bahía Blanca, en orden a los considerandos de la presente.