Proyecto de Ordenanza
Creando el registro de proyectos urbanísticos del partido de Bahía Blanca
Expediente: HCD-1675/2014
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1: Créase el registro de proyectos urbanísticos del partido de Bahía Blanca en el que constarán los pedidos de factibilidad de proyectos urbanos de vivienda y su desarrollo indicando el estado de su trámite con el fin de que los vecinos puedan acceder a información actualizada sobre los mismos con el fin de contribuir a otorgar seguridad jurídica a las transacciones que sobre ellos se realicen.
Art. 2. En el citado registro se incluirán todos los trámites administrativos que se desarrollen desde la presentación del proyecto, indicando: a) número de expediente; b) nomenclatura catastral; c) partida inmobiliaria; d) objeto del plano; e) matrícula; f) dominio; g) profesionales intervinientes: e) propietario; h) modalidades para su ejecución (fideicomiso, etc.); i) notas que constan en el plano; j) cantidad de unidades de vivienda a construir; k) restricciones; l) antecedentes constructivos; m) dictámenes sobre la factibilidad de los proyectos elaborados por las áreas técnicas municipales; n) opinión de los colegios profesionales; o) si éstas se hubieran requerido; p) participación de interés legítimo o derecho subjetivo acreditado en el trámite por persona física o jurídica; y q) dictamen de la Comisión Asesora de Planeamiento Urbano si la hubiere.
Art. 3: Designase autoridad de aplicación a la agencia urbana quien deberá mantener actualizado el registro procediéndose a la publicación del mismo en la página web del municipio y del hcd.
Art. 4: En el registro se exhibirá un link que permita realizar el seguimiento del expediente en su trámite por las diversas dependencias administrativas.
Art. 5: De forma
FUNDAMENTOS
Las numerosas consultas de diversos vecinos que en el deseo razonable de alcanzar la vivienda propia se inscriben en planes de vivienda y luego se enfrentan con la incertidumbre sobre la continuidad de los mismos, motiva el presente proyecto de ordenanza. Ante esta situación, el Municipio no puede permanecer ajeno y debe brindar herramientas que posibiliten el seguimiento de los proyectos de vivienda por parte de los inscriptos.
Por tal motivo, se propone la creación del registro de proyectos urbanísticos, en el cual constarían pedidos de factibilidad de proyectos urbanos de vivienda y su desarrollo indicando el estado de su trámite con el fin de que los vecinos puedan acceder a información actualizada sobre los mismos con el fin de contribuir a otorgar seguridad jurídica a las transacciones que sobre ellos se realicen
En el registro se incluirían todos los trámites administrativos que se desarrollen desde la presentación del proyecto, indicando: número de expediente, nomenclatura catastral, partida inmobiliaria, objeto del plano, matrícula, dominio, profesionales intervinientes, propietario, modalidades para su ejecución (fideicomiso, etc.), notas que constan en el plano, cantidad de unidades de vivienda a construir, restricciones, antecedentes constructivos, dictámenes sobre la factibilidad de los proyectos elaborados por las áreas técnicas municipales, opinión de los colegios profesionales, si éstas se hubieran requerido, participación de interés legítimo o derecho subjetivo acreditado en el trámite por persona física o jurídica, y dictamen de la Comisión Asesora de Planeamiento Urbano si la hubiere.
De esta manera, el Municipio, a través de la Agencia Urbana, que sería la autoridad de aplicación, intervendría brindando información relacionada con los proyectos, otorgando un marco de incertidumbre a los vecinos inscriptos.