Proyecto de Resolución
Solicitando al Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca remita información solicitada a las empresas que operan con mercaderías peligrosas.
Expediente: HCD-1772/2014
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÒN
VISTO:
El reglamento de seguridad de la Posta de Inflamables del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente nro. 143-HCD/2014 el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca remitió el reglamento de seguridad de la Posta de Inflamables Puerto Galván;
Que en su anexo XIII dispone
“ANEXO XIII
CONDICIONES DE INGRESO ESPECÍFICAS PARA EMPRESAS DE CONTROL
Y EMPRESAS QUE OPERAN CON MERCADERIAS PELIGROSAS
Toda Empresa que deba realizar trabajos como empresa de control y/o que operen con mercaderías peligrosas, para sí o tareas por cuenta de terceros, o por cuenta y orden del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca (CGPBB), o del concesionario, o de cualquier otra Empresa que se encuentre ubicada dentro de la misma; deberá cumplir además de con los requisitos generales establecidos en el presente Reglamento, según corresponda, con la presentación de la siguiente documentación, con carácter obligatorio:
REQUERIMIENTOS EMPRESAS DE CONTROL:
1. Copia de la habilitación de la Prefectura Naval Argentina como empresa de control.
2. Constancia anual de registro ante el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca.
3. Identificar el tipo de mercadería a la que se realizará el control (graneles sólidos, graneles líquidos, mercadería peligrosa, etc.)
4. Nomina de personal.
5. Plan de seguridad visado por la art y por el colegio profesional correspondiente a la firma del profesional actuante, con la identificación de los procedimientos de trabajo incluidos, riesgos
asociados y medidas preventivas de seguridad a implementar.
6. Identificación del responsable de seguridad e higiene de la empresa.
7. Copia de matricula habilitante del responsable de seguridad e higiene de la empresa.
8. Identificación del responsable técnico de la empresa.
LAS EMPRESAS QUE OPERAN CON MERCADERIAS PELIGROSAS (HIDROCARBUROS, QUIMICOS, etc.)
DEBERÁN INFORMAR Y ACREDITAR:
9. Destino de las muestras recolectadas.
10. Cantidad de muestras (peso/volumen) que la empresa autoriza a transportar (nota firmada por la autoridad de la empresa).
11. Descripción de los medios de transporte a utilizar.
12. Habilitación de la Municipalidad de Bahía Blanca en caso de derivar las muestras a un establecimiento de esa ciudad.
13. Constancias de capacitación del personal que realiza la tarea expedida por la empresa donde exprese que tipo de mercadería es el que está en condiciones de manipular el personal mencionado. Documento expedido por la empresa donde conste la capacidad o autorización de la actividad para con el personal en cuestión”.
Que este HCD, con motivo de la muerte de Juan Cruz Manfredini, avanzó en los pedidos de informes y en la regulación del tema;
Que en ese marco resulta pertinente que el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca informe sobre qué empresas han cumplimentado en los últimos dos años los trece requisitos que anteceden y que fija la reglamentación interna mencionada;
Que por todo ello el HCD en ejercicio de sus facultades
RESUELVE:
1) Solicitar al Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca se sirva remitir toda la información correspondiente a los dos últimos años solicitada a las empresas que operan con mercaderías peligrosas (Hidrocarburos, químicos, etc.) previstas en el Reglamento de Seguridad de la Posta de Inflamables Puerto Galván, bajo el título “Requerimiento empresas de control” .