Proyecto de Resolución
Solicitando al Ministerio de Salud provincial la revisión del Decreto 1190/12 e invitando a funcionario provincial para abordar problemática de geriátricos.
Expediente: HCD-1896/2014
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
Autores: Elisa Quartucci, Aloma Sartor, Nicolás Vitalini y Matías Italiano.
PROYECTO DE RESOLUCION
Visto:
La reunión mantenida con representantes de la Corporación, el Comercio, la Industria y los Servicios de Bahía Blanca y de la Cámara de Hogares de Adultos Mayores, dependiente de la la entidad mencionada anteriormente, en el ámbito de este Concejo Deliberante;
El proyecto de Ordenanza que tramita por expediente 92-HCD/2011por el que se propone crear un registro municipal de establecimientos geriátricos; y la Resolución aprobada por este cuerpo (Expediente 1673-HCD/2014) por la que solicita al Departamento Ejecutivo la adhesión a la Ley Provincial 14.263, la evaluación de la implementación en el ámbito del municipio de Bahía Blanca de un Área de Establecimientos Geriátricos, y la conformación de una comisión con el objeto de definir la aplicación de la norma provincial en el ámbito local.
Considerando:
Que, con fecha 13 de abril de 2011, la Legislatura provincial sancionó la Ley 14.263 la que tiene como objeto regular el funcionamiento de los establecimientos geriátricos -tanto de gestión pública como privada y con o sin fines de lucro- en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
Que en su artículo 4° la norma define como establecimiento geriátrico a “toda institución de gestión pública o privada que tenga por finalidad brindar alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva, atención médica y en general toda acción que haga al bienestar físico y psíquico de las personas adultas mayores desde los sesenta y cinco (65) años de edad”.
Que la ley mencionada delega en la reglamentación las formas y condiciones de habilitación como así también el perfil institucional, los requisitos que deberán cumplimentar las autoridades de cada geriátrico, y las modalidades de alojamiento de este tipo de establecimientos.
Que, en orden a lo antedicho, el Decreto 1190/12 establece una categorización de los establecimientos (Residencia para Adultos Mayores, Hogares de Día y Hogares Sustitutos para la Tercera Edad), define las normas edilicias, sanitarias y demás que deben cumplimentar para la habilitación de los mismos.
Que también establece que las inspecciones de los establecimientos geriátricos estarán a cargo de la Dirección de Fiscalización Sanitaria.
Que el decreto reglamentario no ha interpretado el espíritu de la ley, cuyo objetivo es velar por las condiciones de las personas que se alojan en dichos establecimientos. Asimismo, el decreto en cuestión, colisiona con la realidad toda vez que el rigorismo del mismo, en la práctica, importaría que la gran mayoría de los establecimientos se vean imposibilitados para continuar funcionando, obligándolos al cierre, lo que implicaría agravar aún más la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran una gran parte de los adultos mayores, quienes lamentablemente vienen siendo postergados y excluidos de las políticas públicas del gobierno provincial.
Que, de acuerdo a lo manifestado por los integrantes de la Cámara de Hogares de Adultos Mayores, los requisitos a cumplimentar por los establecimientos geriátricos para su habilitación resultan por demás engorrosos, provocando que, incluso aquellos establecimientos que se encontraban habilitados en nuestra ciudad previamente a la vigencia de la actual normativa (y que debieron ajustarse a la actualmente vigente) no han podido hasta el momento dar cumplimiento a la misma.
Que los integrantes de la Cámara expresaron que entre 8 y 10 geriátricos se encuentran en vías de adecuación a la normativa vigente, mientras que más de 300 establecimientos dedicados a la atención de los adultos mayores muy difícilmente podrán dar cumplimientos a las exigencias establecidas. En orden a lo antedicho, han manifestado a concejales de este cuerpo la necesidad de readecuar los requisitos establecidos en el Decreto 1190/12 dado que los establecimientos que no pueden ser habilitados quedan, a su vez, fuera del control y fiscalización de los organismos oficiales.
Que, teniendo en cuenta que los establecimientos geriátricos deben ser analizados en un contexto más amplio, que tenga en cuenta la situación general de los adultos mayores y, sobre todo, el aumento de la proporción de este grupo etario. Al respecto cabe recordar que la Organización Mundial de la Salud señala que “se calcula, entre 2000 y 2050 dicha proporción pasará de 11 a 22%. En números absolutos, el aumento previsto es de 605 millones a 2 000 millones de personas mayores de 60 años. Los adultos mayores pueden sufrir problemas físicos y mentales que es preciso reconocer” (Disponible en: http://www.who.int)
Que cabe resaltar que en las últimas décadas se observa un acelerado proceso de envejecimiento demográfico en la ciudad de Bahía Blanca. Tal como señalan Nidia Formiga y María Belén Prieto -docentes e investigadoras de la Universidad Nacional del Sur)-“Las principales características que distinguen la dinámica demográfica del Partido de Bahía Blanca, durante el período comprendido entre 1990-2009, pueden resumirse en el descenso sostenido en el ritmo de crecimiento vegetativo de la población bahiense. Esta desaceleración del ritmo de crecimiento es resultado del avance en el proceso de transición que trae aparejado un descenso del crecimiento vegetativo o natural como consecuencia de la caída de las tasas de natalidad y mortalidad” (Disponible en:
http://www.redaepa.org.ar/jornadas/xijornadas/sesiones/S05/s05formiga_prieto.pdf)
Que, en orden a lo antedicho, resulta imperioso abordar la problemática de los adultos mayores, en particular, en lo referente a los establecimientos que brindan alojamiento, alimentación, atención médica y actividades recreativas a la población de más de 60 años.
Que se recuerda también que este cuerpo requirió al Departamento Ejecutivo la conformación de una comisión integrada por representantes del Ministerio de Salud, Región Sanitaria I, de la Secretaría de Salud municipal y del Departamento Habilitaciones del municipio, de la Comisión de Salud del Concejo Deliberante y de la Cámara de Hogares de Adultos Mayores que representa a los establecimientos geriátricos registrados; cuyo objetivo sea definir estándares y niveles de exigencia en la aplicación de la norma, de manera que permita su paulatina implementación.
Que, por lo expuesto, se considera pertinente solicitar al Ministerio de Salud provincial revise los requisitos previstos en el Decreto 1190/12 para la habilitación de establecimientos geriátricos como así también invitar a representantes de dicha dependencia a una reunión de trabajo en el ámbito de ese Concejo.
Que, por lo expuesto, este Concejo Deliberante, en orden a sus facultades,
RESUELVE
Primero: Solicitar al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires reconsidere los requisitos previstos en el Decreto 1190/12 para la habilitación de establecimientos destinados a la atención de los adultos mayores.
Segundo: Invitar a representantes del Ministerio de Salud provincial y al titular de Región Sanitaria I a un plenario de las comisiones de Salud y Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías de este cuerpo para abordar la problemática de los hogares de adultos mayores, encuadrados en la ley 14.269.