Proyecto de Resolución
Solicitando a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Cruz Del Sur Limitada que arbitre los medios para realizar una convocatoria pública a adherente a Plan de Vivienda.
Expediente: HCD-1941/2014
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
Autores: Raúl Woscoff – Santiago Mandolesi Burgos
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La Resolución aprobada el 9 de octubre de 2014, expte. 1788-hcd/2014, referida a la Convocatoria de Adherentes al Plan de Viviendas que se desarrolla por Convenio entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Cruz Del Sur Limitada. Y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución aprobada el 5 de junio de 2014, expte. 677-hcd/2014, se convocó “a un plenario de comisiones de Obras públicas y Urbanización e Interpretación, Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías al delegado del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, al presidente del AMUCOBA, Carlos Felipe Esquivel, a la Tesorera de AMUCOBA Patricia Suazo Neira, y al presidente de la Cooperativa de Viviendas, Crédito y Consumo Cruz del Sur Ltda. con el fin de exponer el estado actual del programa de viviendas promovido por AMUCOBA” (art. 1);
Que el plenario se desarrolló con fecha 18 de julio de 2014. En el mismo se determinó que existen dos situaciones diferentes en las que se encontraba vinculada AMUCOBA (Asociación Mutual de Consumidores Bahienses) ;
Que una de las dos situaciones es la referida al Plan de Viviendas que se desarrolla por Convenio entre la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Cruz Del Sur Limitada y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires. En este desarrollo, el rol de AMUCOBA fue el de promover la mayoría de los convenios entre los adherentes y la Cooperativa Cruz del Sur;
Que la otra situación es la referida al desarrollo de la operatoria “Casa Fácil”, bajo la figura de un denominado “fideicomiso solidario”. Sobre el mismo corresponde manifestar que por expediente municipal nro. 6360/2012 se solicita la factibilidad del proyecto urbano integral de 636 viviendas AMUCOBA I, con expediente vinculado nro. 6274/2013;
Que con respecto a esta segunda situación -Casa Fácil- ninguna intervención corresponde a la Cooperativa Cruz del Sur;
Que en el plenario del 18 de julio de 2014, el Delegado del Instituto de la Vivienda manifestó en relación al Plan de Viviendas de la Cooperativa Cruz del Sur que su reactivación depende del procedimiento de readecuación previsto por la Resolución 1810/2013 del organismo. Así mismo, manifestó que la entidad contratante con el Instituto es la Cooperativa Cruz del Sur, por lo que solicitó que los adherentes se nucleen en la misma, exponiendo que el organismo del que es Delegado no se suscribió ningún convenio con AMUCOBA;
Que al finalizar el plenario, las autoridades de la Cooperativa Cruz del Sur se reunieron con los adherentes al Plan de Viviendas que se desarrolla por Convenio con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, que habían suscripto la adhesión mediante la intermediación de AMUCOBA, con el fin de establecer una relación directa y sin intermediarios con los mismos, tal como lo manifestaron las autoridades de la Cooperativa Cruz del Sur;
Que de acuerdo a estos hechos y los expuestos por los adherentes en su presentación en la sede de este Concejo Deliberante con fecha 24 de octubre de 2014, corresponde con respecto a la Resolución que tramitó por el expte. 1788-hcd/2014 en algunos casos ampliar y en otros casos rectificar los considerandos y lo resuelto;
Que en primer término, corresponde aclarar que no hay vinculación entre la Cooperativa Cruz del Sur y la operatoria “Casa Fácil”, bajo la figura de un denominado “fideicomiso solidario”;
Que en segundo término, corresponde aclarar que se realizó un solo plenario de comisiones en el que participó la Cooperativa Cruz del Sur. El segundo plenario fue para tratar la situación de la operatoria “Casa Fácil”, desarrollada por AMUCOBA. Al mismo no fue convocada la Cooperativa Cruz del Sur, por no tener vinculación con ese desarrollo;
Que de acuerdo a lo expuesto por los adherentes del Plan de Viviendas y por los representantes del la Cooperativa Cruz del Sur en su presentación del 24 de octubre de 2014, se evidencia que la cooperativa a) se encuentra desarrollando las tareas para reunir a la totalidad de los adherentes, b) tramita el procedimiento ante el Instituto de la Vivienda de readecuación previsto por la Resolución 1810/2013; c) tramita ante el INAES la presentación de la documentación adeudada;
Que de acuerdo a estas circunstancias no resulta la vía más idónea la de “Solicitar al Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires que arbitre los medios para realizar en el marco de su competencia, una convocatoria pública a quienes por intermedio de AMUCOBA adhirieron al plan de viviendas que se instrumentaría con la participación de la Cooperativa de Viviendas, Crédito y Consumo Cruz del Sur Ltda.” (art. 1, Resolución expte. 1788-hcd/2014), según lo expuesto por las autoridades de la citada cooperativa;
Que se manifiesta que no resulta la vía más idónea porque se ha evidenciado que la Cooperativa Cruz del Sur ha realizado, desde lo solicitado por el cuerpo deliberativo y el delegado del Instituto de la Vivienda en el primer plenario, esfuerzos significativos para reencauzar el Plan de Viviendas y, en particular, ha reconocido y empoderado a los adherentes que ingresaron al Plan a través de AMUCOBA;
Que en la reunión del 24 de octubre de 2014 se le consultó a los representantes de la Cooperativa si consideraban posible que existieran adherentes al Plan que hubieran suscripto el Convenio a través de AMUCOBA y desconocieran la necesidad de tratar directamente con la Cooperativa;
Que los representantes de la Cooperativa manifestaron que entienden que es poco probable pero no imposible la existencia de adherentes en esa situación, por lo que coinciden con la necesidad de realizar una convocatoria pública, utilizando los medios masivos de comunicación, para agotar la búsqueda de posibles adherentes no informados;
Por todo ello, el HCD en ejercicio de sus facultades
RESUELVE
1) Solicitar a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Cruz Del Sur Limitada que arbitre los medios para realizar una convocatoria pública, utilizando los medios masivos de comunicación, a quienes por intermedio de AMUCOBA adhirieron al plan de viviendas que desarrolla en convenio con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, dejando sin efecto el pedido formulado al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, mediante expediente 1788-hcd/2014.
2) Solicitar a la Cooperativa de Vivienda, Crédito y Consumo Cruz Del Sur Limitada acredite en el expediente por el que se tramita esta resolución lo expuesto en el punto 1.

