Proyecto de Ordenanza
Reemplazo de postes con proceso de creosotado
Expediente: HCD-1971/2014
Autor: Norberto Martínez
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La nota presentada por la Cooperativa de Luz y Fuerza de Cabildo en relación con la sustitución de postes de madera, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2 de la ordenanza 17.843 se establece un plazo de 180 días para que las empresas que en la actualidad utilicen partes de madera con el proceso de creosotado, proceden a su sustitución;
Que la Cooperativa de Luz y Fuerza de Cabildo expresa en la nota que es voluntad de esa institución el cambio de las partes, más allá de los valores de la mano de obra con de las partes de recambio (de hormigón);
Que menciona que no obstante ello, a raíz de dificultades financieras y económicas que tiene la Cooperativa, atento a la falta de ajustes tarifarios y la falta de cumplimiento del estado del plan de convergencia al cual han adherido, solicitan la ampliación del plan previsto para la realización de los trabajos;
Que en razón de los argumentos expuestos se considera razonable extender el plazo para el reemplazo de los postes;
Por ello, el HCD, en ejercicio de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1: Modifícase el artículo 2 de la ordenanza 17.843, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2: Las empresas prestatarias de servicios que en la actualidad utilicen partes de madera con el proceso de creosotado deberán proceder a su sustitución por postes de madera sin dicho proceso o postes de hormigón. Tendrán plazo para efectuar el recambio hasta el 31 de octubre de 2015”.

