Proyecto de Ordenanza
Autorízase al DE a preservar valor de los fondos de los consorcios para obras de infraestructura. Autores: Paoletti – Woscoff
Expediente: HCD-2098/2014
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Autorízase al DE a invertir los fondos de los consorcios para obras de infraestructura creados bajo el régimen de la ordenanza n° 4.060 y su modificatoria en plazos fijos, y/o caja de ahorro de entidades financieras autorizadas con el fin de proteger el valor de los aportes de sus integrantes ante el proceso inflacionario.
ARTÍCULO 2°: En el caso de disolución y liquidación de los consorcios a los aportes a reintegrar se agregarán los intereses devengados en las colocaciones mencionadas en el artículo anterior, en forma proporcional a los montos aportados y tomando en consideración los plazos desde la realización de aquellos.
ARTÍCULO 3°: El DE proporcionará a las autoridades de cada consorcio información periódica de la evolución de los fondos depositados.
ARTÍCULO 4°: De forma.
FUNDAMENTOS
Constituye un hecho notorio que todo proceso inflacionario deprecia los fondos destinados a obras cuya ejecución, por múltiples motivos, se ve demorada en el tiempo. A ello se suma la difícil situación que se presenta en oportunidad de la disolución y liquidación de los consorcios donde el reintegro de los aportes se efectúa a valores nominales afectando sus derechos.
Por ello se prevé que el DE pueda realizar colocaciones que protejan la intangibilidad de los fondos no solo para cumplir con el objetivo de ejecutar las obras de infraestructura previstas sino también reintegrarlos conservando su valor real.