Proyecto de Minuta
Solicitando al Departamento Ejecutivo que evalúe la posibilidad de acentuar los controles del cumplimiento de la ordenanza Nº 12037 que reglamenta el servicio de contenedores
Expediente: HCD-70/2015
Autor: Marisa Pignatelli
Bloque: Integración Ciudadana
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El HCD vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda evalúe la posibilidad de acentuar los controles del cumplimiento de la ordenanza Nº 12037 que reglamenta el servicio de contenedores.-
FUNDAMENTOS
Dado que es notoria la cantidad de vecinos que recurren al servicio de contenedores en diversos barrios de nuestra ciudad estacionados en lugares indebidos y/o prohibidos para el estacionamiento tornándolos peligrosos y obstaculizando la libre circulación, tanto de vehículos como peatones,
Que se han recibido distintas inquietudes haciendo notar que no se cumple, mayormente, con la obligación que trae el Art. 6º de la referida ordenanza que dice: “Artículo 6ª – Estos contenedores tendrán un ancho máximo de un metro y ochenta y cinco centímetros (1,85 m), más 15 centímetros (0,15 m.) para pivotes de enganche. Deberá ubicarse únicamente sobre la calzada en un todo de acuerdo a lo establecido por el Código de Tránsito local para el estacionamiento de automóviles, con su lado mayor paralelo al cordón de la vereda. Como medida primaria de seguridad vial, ambos frentes deberán estar pintados de color blanco y poseer en ambos laterales del parante superior, cuya cara es transversal a la dirección del tránsito, una superficie reflectiva de doce centímetros (12 cm) por cuarenta centímetros (40 cm) con franjas en color rojo y blanco alternadas, de diez centímetros de ancho (10 cm). Será responsabilidad de la empresa, mantener en perfectas condiciones de visibilidad y reflexión la señalización de ambos laterales”.
Marisa Pignatelli
Concejal Autor