Proyecto de Ordenanza
Tema: Implementación y regulación transitoria de la figura del Pasajero Frecuente de Taxis
Expediente: HCD-1363/2014
Autor: Gustavo Mandará
Bloque: PJ – Cumplir
Tema: Implementación y regulación transitoria de la figura del Pasajero Frecuente de Taxis.
Autor: Gustavo Mandará
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La sanción de la ordenanza modificatoria de la 15.431 referida a la regulación del
servicio de taxis (Expte. 648-HCD/2014) aprobada en la sesión del 3 de julio pasado, la cual
crea la figura del “Pasajero Frecuente de Taxis”.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha modificación establece la tarifa única en los taxis de nuestra ciudad,
conforme a la condición de “SERVICIO PÙBLICO” de dicha actividad comercial.
Que la figura del “Pasajero Frecuente” no ha sido aún regulada.
Que la mencionada figura podría permitir, entre el otorgamiento de varios beneficios
a sus usuarios, por parte de las empresas de taxis realizar descuentos en los viajes de clientes
habituales.
Que la posibilidad de realizar descuentos, siempre y cuando sean sobre esa tarifa
única, es una facultad que no puede negarse a las empresas de taxis que quieran realizarlos
por su propia cuenta y sin que ello implique quitas en la paga de empleados o en las
tributaciones y controles marcados por la Ley.
Que antes de la sanción de la ordenanza mencionada, había empresas que realizaban
descuentos a sus usuarios habituales, de acuerdo a un criterio propio para el otorgamiento de
este beneficio.
Que se encuentra en estudio, según lo anunciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal, la implementación de un sistema de control electrónico que incluya la utilización
de la tarjeta “Bahía Urbana”, lo cual redundaría en diversas ventajas tanto para usuarios,
como para empresarios y empleados, quienes podrían reducir sensiblemente el uso de dinero
en efectivo en las unidades.
Y que desde el Estado no resulta, por el momento ni en el mediano plazo, ni técnica
ni económicamente factible avanzar en un mecanismo de subsidios que pueda cubrir el monto
de los descuentos que se otorguen a los usuarios ni, por tratarse de la concesión a personas
privadas y particulares de un servicio público, monitorearlos y controlarlos de manera similar
a lo que acontece con el sistema de Transporte Público de Pasajeros.
Es que, por lo expuesto, el HCD en ejercicio de sus facultades, sanciona con
fuerza de:
EXPTE. 1353-HCD-2014
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Impleméntese y regúlese la figura del Pasajero Frecuente de Taxis, creada
por ordenanza sancionada el 3 de julio pasado (Expte. 648-HCD/2014), de acuerdo a las
especificaciones de la presente.
ARTÍCULO 2º: Pasajero Frecuente, en forma transitoria y hasta tanto puédase avanzar en la
implementación de la utilización de sistemas electrónicos de cobro de viajes, serán aquellos
que cada empresa determine.
ARTÍCULO 3º: Las empresas de taxis quedan facultadas a realizar descuentos por viaje
sobre el monto total que registre el artefacto que indique la TARIFA ÚNICA.
ARTÍCULO 4º: Las empresas de taxis quedan obligadas a difundir en forma adecuada los
criterios para el otorgamiento de este beneficio, para amplio conocimiento de los usuarios y a
colocar cartelería bien visible en el interior del vehículo en la que se indique los requisitos
para acceder a esta condición.
ARTICULO 5°: Las empresas se comprometen a informar al Departamento Ejecutivo los
detalles de su política de otorgamiento del beneficio de “Pasajeros Frecuente”, como así
también de cualquier modificación que se pueda realizar a la misma, quedando su
cumplimiento sujeto a los mismos controles que se aplican sobre el artefacto tarifador.
ARTÍCULO 6º: De forma.