Proyecto de Ordenanza
PROYECTO DE ORDENANZA: CREACIÓN DE ÓRGANOS CONSULTIVOS EN
DELEGACIONES MUNICIPALES
Expediente: HCD-873/2014
Autor: Sergio Massarella
Bloque: PJ – Cumplir
PROYECTO DE ORDENANZA: CREACIÓN DE ÓRGANOS CONSULTIVOS EN
DELEGACIONES MUNICIPALES
CONCEJALES AUTORES: GUSTAVO MANDARÁ-SERGIO MASSARELLA
VISTO:
Que la actual cantidad de Delegaciones Municipales resulta la misma desde hace
más de dos décadas y que, en ese lapso el crecimiento de la ciudad ha resultado, en
determinados aspectos, exponencial.
Y CONSIDERANDO:
Que esa cantidad de Delegaciones, en muchos casos, resulta insuficiente para
atender las necesidades de amplias jurisdicciones en las que se ha incrementado su población
y, por ende, también los requerimientos de la más diversa índole.
La necesidad de facilitar una mayor participación de los vecinos en la toma de
decisiones del Gobierno Municipal que les afecten directamente.
Que el crecimiento urbanístico del Partido de Bahía Blanca demanda la creación de
nuevos espacios de participación de los vecinos en lo que respecta a la actividad municipal
Que las delegaciones municipales, actualmente y más allá de que resulte
conveniente una nueva delimitación y subdivisión, permiten establecer nueve sectores
delimitados por su relativa proximidad geográfica y vinculación socio-cultural (Centro, Las
Villas, Villa Rosas, Noroeste, Norte, Gral. Cerri, Harding Green , Cabildo, Ing. White )
Que uno de los roles fundamentales de una la delegación municipal consiste en
permitir la descentralización de la función que debe ejercer el Gobierno Municipal,
permitiendo adecuar programas y/o iniciativas con las necesidades de los barrios
comprendidos.
Que la labor de las Sociedades de Fomento, clubes y ONGs permite promover
principalmente la cohesión social entre los vecinos, a los efectos de proyectar iniciativas
comunes para el sector en el que están comprendidas.
Que sería beneficioso que el compromiso de quienes integran las comisiones
directivas de dichas instituciones se vea reflejado en las decisiones que se traduzcan en
transformaciones sociales de la realidad de cada barrio.
Que las posibilidades de desarrollo social del Partido de Bahía Blanca se encuentra
fuertemente vinculado a la acción conjunta entre Estado Municipal y los vecinos, por lo que
las instituciones progresivamente deben fortalecerse como centros de referencia para aquellos
que integren un núcleo en barrio en común.
EXPTE. 873-HCD-2014
Y que urge dar pasos ciertos hacia una reformulación del sistema de Delegaciones
Municipales, que redunde en la formación de reparticiones con zonas de atención màs
reducida, pero al mismo tiempo, con mayor posibilidad de atención,
En uso de sus facultades, el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca,
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art. 1°) Facultar a las delegaciones municipales a la creación de Órganos Consultivos en cada
una de las Delegaciones Municipales integrados en forma voluntaria por las Sociedades de
Fomento, clubes y otras instituciones con personería jurídica de los barrios que las mismas
comprendan.
Art. 2°) El delegado o subdelegado municipal podrá llevar adelante la convocatoria a
constituir el Órgano Consultivo, notificando del mismo a cada institución en sus respectivos
domicilios de sus sedes sociales.
Art.3°) En la notificación se dispondrá un encuentro inicial cuyo lugar, fecha y horario de
realización y los datos de las entidades convocadas se comunicarán a la Secretaría del HCD.
Art.4°) Cada Órgano Consultivo se integrará por un representante por cada entidad,
debidamente acreditado por la comisión directiva respectiva.
Art. 5°) Cada institución participante a través de su representante acreditará ante el delegado
o subdelegado municipal su situación regular según a lo dispuesto por la Dirección Provincial
de Personas jurídicas para ser incorporada al Órgano Consultivo.
Art.6°) En el primer encuentro, las entidades se constituyen como integrantes del Órgano
Consultivo, sin perjuicio de aquellas que regularicen su situación posteriormente, y acordarán
los días y horarios de los restantes.
Art. 7°) Corresponde al delegado o subdelegado municipal, informar a la Secretaría del HCD
la constitución del Órgano Consultivo, su composición e inicio de actividades.
Art. 8°) El Órgano Consultivo tendrá las siguientes facultades y atribuciones
Disponer de las instalaciones de la respectiva Delegación Municipal para llevar adelante sus
encuentros y contar con la presencia del delegado o subdelegado municipal en cada uno de
ellos.
Informarse acerca del presupuesto municipal asignado a la delegación y los gastos corrientes
de las mismas.
Llevar las propuestas que considere pertinentes acerca de la asignación de recursos para obras
y otras iniciativas del sector.
Presentar los reclamos de los vecinos los barrios comprendidos en cada Órgano Consultivo.
Convocar a autoridades municipales a los encuentros.
Coordinar iniciativas en conjunto con otros órganos consultivos.
Elegir un representante y un suplente para llevar adelante las gestiones que demanden de ello.
EXPTE. 873-HCD-2014
Llevar libro de actas que dé cuenta de las actividades desarrolladas y que quedará al
resguardo de Delegación Municipal al finalizar cada encuentro
Art. 9°) Solicítese al HCD la modificación del decreto reglamentario referente a la
denominada “Banca Concejal Nº 25”, a los efectos de dotar de capacidad a los Órganos
Consultivos para solicitar el acceso a la misma.
Art. 10°) DE FORMA