Proyecto de Ordenanza
Creando la “Oficina Municipal de Protección de las Víctimas”
Expediente: HCD-287/2015
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo primero: Créase la “Oficina Municipal de Protección de las Víctimas” que tendrá por objeto que las víctimas de delitos ocurridos en la ciudad superen las condiciones de su estado evitando su revictimización secundaria cuando se les impide el pleno ejercicio de sus derechos.
Artículo segundo: La oficina deberá tomar contacto directo, gratuito, oportuno y especializado con las víctimas de delitos por medio de trabajadores sociales, psicólogos y psiquiatras. a cuyo fin se coordinarán las tareas del personal municipal ,de prestadores públicos y privados que se incorporen por medio de convenios de colaboración.
Artículo tercero: La oficina elaborará un programa destinado a asistir a las víctimas y sus familias de delitos violentos de robo, homicidio, femicidio, robo seguido de homicidio, violación, lesiones graves y gravísimas, trata y todo otro delito que provoque en aquellas consecuencias psicológicas, sociales y físicas.
Artículo cuarto: La llegada del personal de la oficina y el primer contacto resultará del informe circunstanciado que deberá elaborar la Subsecretaría de Gobierno y Protección Ciudadana dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho.
Artículo quinto: A los fines del mejor desempeño de la oficina y su programa créase una Unidad de Gestión coordinada por la Subsecretaría de Gobierno y Protección Ciudadana y la Secretaría de Salud con el fin de optimizar la gestión de la misma y que actuará como autoridad de aplicación.
Artículo sexto: Facúltase al DE a realizar convenios de colaboración con entidades públicas y privadas con el fin de incorporar recursos debidamente coordinados con el objeto de cumplir con los fines de la presente ordenanza.
Artículo séptimo: Facúltase al DE a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para cumplir con la presente ordenanza.
Artículo octavo: La Unidad de Gestión deberá realizar un informe semestral el que será remitido a la comisión de Seguridad Pública del HCD para su evaluación y con el fin de proponer modificaciones al funcionamiento de la Oficina Municipal de Protección de las víctimas.
Artículo noveno: El empoderamiento de las víctimas supone reconocerlas como tales y desarrollar una estrategia de: a) colaboración jurídica, si las víctimas y sus familiares así lo aceptaran; b) material, si correspondiere, por su estado de vulnerabilidad; c) decisiones que modifiquen su calidad de vida; d) informe a la sociedad sobre las responsabilidades políticas y/o institucionales de los hechos cuando así correspondan.
Artículo décimo: De forma.-
FUNDAMENTOS:
Por expediente Nro. 799/2014 presentamos oportunamente un proyecto tendiente a crear un programa municipal de protección a las víctimas de delitos graves el que se encuentra a dictamen en la oficina de Derechos Humanos desde el 12/11/2014 sin respuesta a la fecha.
En el mismo sostuvimos que “Con el fin de buscar nuevas soluciones al problema de la violencia y la situación en la que quedan las víctimas de hechos que atentan contra la vida y la libertad de las personas, la iniciativa se basa en los modelos colombiano y mexicano y proyectos presentados en municipios del país, como por ejemplo el de la ciudad de Rosario”.
“La propuesta tiene un doble objetivo: por un lado, generar un nuevo estatuto que proteja a las víctimas de delitos, evitando su revictimización; y por otro, trabajar en materia preventiva a través del debate y la promoción de políticas contra la violencia urbana”.
“La iniciativa define a las víctimas como “aquellas personas físicas que directa o indirectamente hayan sufrido daño o menoscabo de sus derechos y su dignidad producto de la violación de derechos humanos o de la comisión de un delito contra la vida o la libertad”.
“La víctima potencial también es tenida en cuenta. Hay delitos como los que se investigaron e investigan (casos Juan Cruz Manfredini y Daiana Herlein) que han ocurrido por probables negligencias de la administración municipal.”
La información obtenida sobre la regulación de una oficina municipal en el Municipio de Las Condes en Chile nos ha permitido elaborar el presente proyecto jerarquizando a la unidad que coordina la oficina a crearse. Ello ha permitido también que se definieran los profesionales que deben intervenir (trabajadores sociales, psicólogos y psiquiatras). Se definen, también, los tipos delictuales que habilitan la actividad de la oficina.