Proyecto de Ordenanza
Creando el “Programa de Contingencia para Áreas Específicas con el fin de contribuir a restablecer criterios razonables de seguridad”.
Expediente: HCD-353/2015
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: Crease en el partido de Bahía Blanca el "Programa de Contingencia para áreas específicas con el fin de contribuir a restablecer criterios razonables de seguridad".
ARTÍCULO SEGUNDO: La Comisión de Seguridad del HCD propondrá el tratamiento de la declaración inicial de aplicación del programa a un área determinada de la ciudad. Ello resultará de: a) la propia iniciativa del HCD; b) a pedido del Departamento Ejecutivo; C) a pedido de los vecinos del sector, o entidad representativa del mismo.
ARTÍCULO TERCERO: La declaración inicial de aplicar el programa de contingencia implicará que el DE adopte las siguientes medidas dentro de los plazos que en la misma se indiquen:
a) realizará un urgente relevamiento del sector a los fines de determinar la necesidad de instalación de luminarias;
b) realizará un urgente relevamiento de sectores baldíos en estado de abandono procediendo a su urgente limpieza;
c) convocará a la autoridad policial solicitando un informe pormenorizado del personal afectado en las cuadrículas del sector con el objeto de lograr una mayor eficiencia en la tarea preventiva y represiva;
d) arbitrará los medios con el objeto de lograr la presencia de la Guardia Urbana en el sector coordinada en sus funciones con la presencia policial;
e) realizará un relevamiento de los comercios no habilitados que desarrollan actividades en el sector y que se presume intervienen en el circuito económico de compra y venta de artículos robados adoptando las decisiones administrativas para su inmediata clausura.
Podrán adoptarse otras medidas que resulten compatibles con las particularidades del sector afectado.
ARTÍCULO CUARTO: El DE y la Comisión de seguridad del HCD por intermedio de la delegación municipal convocarán a una reunión vecinal con el fin de poner en conocimiento a los vecinos de la declaración que habilita la aplicación del programa de contingencia y de las medidas que se indican en el artículo tercero de la presente.
ARTÍCULO QUINTO: El DE deberá remitir al HCD un informe mensual sobre el alcance de la aplicación del programa quedando facultado el cuerpo deliberativo para la ampliación de la declaración de contingencia.
ARTÍCULO SEXTO: Autorizase al DE a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación del presente programa.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Designase autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Protección y Seguridad Ciudadana.
ARTÍCULO OCTAVO: De forma.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto tiene como objetivo crear un Programa de Contingencia para Áreas Específicas con el fin de contribuir a restablecer criterios razonables de seguridad. Ante los numerosos y complejos hechos de inseguridad que vive nuestra ciudad, y tomando en consideración los puntos tratados en la reunión llevada a cabo en los últimos días por este bloque con vecinos del barrio Villa Irupé, se elaboró esta ordenanza.
Se dispone que la Comisión de Seguridad del HCD será la que propondrá el tratamiento de la declaración inicial de aplicación del programa a un área determinada de la ciudad, lo que resultará de la propia iniciativa del HCD, del pedido del Departamento Ejecutivo o del pedido de los vecinos del sector, o entidad representativa del mismo.
Las medidas que tomará el DE a partir de la declaración inicial de aplicar el programa de contingencia serán las de realizar un urgente relevamiento del sector a los fines de determinar la necesidad de instalación de luminarias y de localizar sectores baldíos en estado de abandono procediendo a su urgente limpieza. Asimismo, convocará a la autoridad policial solicitando un informe pormenorizado del personal afectado en las cuadrículas del sector con el objeto de lograr una mayor eficiencia en la tarea preventiva y represiva; arbitrará los medios con el objeto de lograr la presencia de la Guardia Urbana en el sector coordinada en sus funciones con la presencia policial; y realizará un relevamiento de los comercios no habilitados que desarrollan actividades en el sector y que se presume intervienen en el circuito económico de compra y venta de artículos robados adoptando las decisiones administrativas para su inmediata clausura. Todo ello sin perjuicio de que puedan adoptarse otras medidas que resulten compatibles con las particularidades del sector afectado.
El DE y la Comisión de Seguridad del HCD, a través de la Delegación Municipal, convocarán a una reunión vecinal con el fin de poner en conocimiento a los vecinos de la declaración que habilita la aplicación del programa de contingencia y de las medidas que se tomarán.
También se dispone que el DE remitirá obligatoriamente al HCD un informe mensual sobre el alcance de la aplicación del programa quedando facultado el cuerpo deliberativo para la ampliación de la declaración de contingencia.
Tomando en cuenta la situación de inseguridad que atraviesa nuestra ciudad, el proyecto que se pone a consideración de este cuerpo deliberativo busca la aplicación de medidas concretas y efectivas a fin de preservar la seguridad de nuestros vecinos.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR