Proyecto de Resolución
Solicitando al Ministerio de Salud provincial mayores recursos destinados al control y fiscalización de los geriátricos.
Expediente: HCD-490/2015
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
Autores: Elisa Quartucci, Aloma Sartor, Marisa Pignatelli y Matías Italiano.
PROYECTO DE RESOLUCION
Visto:
Las reuniones mantenidas con representantes de la Cámara de Hogares de Adultos Mayores, del área de Fiscalización de la Región Sanitaria I y de este Concejo Deliberante; y
Considerando:
Que la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, con fecha 13 de abril de 2011, sancionó la Ley 14.263 que tiene como objeto regular el funcionamiento de los establecimientos geriátricos -tanto de gestión pública como privada y con o sin fines de lucro- en el ámbito bonaerense.
Que de acuerdo a la norma mencionada se considera establecimiento geriátrico a “toda institución de gestión pública o privada que tenga por finalidad brindar alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva, atención médica y en general toda acción que haga al bienestar físico y psíquico de las personas adultas mayores desde los sesenta y cinco (65) años de edad” (Artículo 4°).
Que la ley precitada delega en la reglamentación las formas y condiciones de habilitación de los establecimientos destinados a la atención de los adultos mayores, los requisitos que deben cumplir las autoridades de cada institución, como así también las modalidades de alojamiento de las mismas, entre otras cuestiones.
Que las autoridades provinciales, mediante el Decreto 1190/12 -reglamentario de la ley- establecieron una categorización de los establecimientos (Residencia para Adultos Mayores, Hogares de Día y Hogares Sustitutos para la Tercera Edad) y establecieron los requisitos de construcción, instalación, equipamiento, personal y dirección técnica, entre otros, que deben reunir los establecimientos para su habilitación y funcionamiento, con el objeto de preservar la seguridad, salubridad e higiene de la población.
Que el Decreto mencionado también establece que las inspecciones de los establecimientos geriátricos estarán a cargo de la Dirección de Fiscalización Sanitaria, las que podrán llevarse a cabo conjuntamente con el municipio. Para dar cumplimiento a lo antedicho, se han llevado a cabo capacitaciones del personal municipal.
Que por la rigurosidad del decreto reglamentario la gran mayoría de los establecimientos geriátricos que funcionan en el Partido de Bahía Blanca, carecen de habilitación, por lo que sus titulares manifiestan un cierto desconcierto ante la imposibilidad de poder seguir funcionando si no llegan a cumplimentar rápidamente los requisitos exigidos. Cabe resaltar que desde la vigencia de la norma sancionada en el año 2011 hasta el día de la fecha solo dos establecimientos han logrado obtener la habilitación. En tanto, varios de los geriátricos de mayor envergadura que se encontraban habilitados con la anterior ley, aun se encuentran en vías de cumplimentar las actuales exigencias. Lo antedicho pone de manifiesto la necesidad de disponer de mayores recursos provinciales que, además de un mayor control, permitan acompañar a los titulares de los establecimientos con el propósito de que puedan cumplimentar los requisitos exigidos.
Que, en caso de aplicarse la normativa existente con total rigurosidad, cerca de 300 geriátricos de nuestra ciudad que carecen de habilitación -y que, a pesar de ello, funcionan-, se ven expuestos a clausuras y al cierre de sus puertas. Lo descripto agravaría la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra una gran parte de los adultos mayores, quienes lamentablemente vienen siendo postergados y excluidos de las políticas públicas del gobierno provincial. Al respecto, se debe tener en cuenta que dicho grupo etario crece sostenidamente y el Estado –tanto provincial como municipal- debe planificar políticas en ese sentido.
Que en el día de ayer, lunes 27 de abril, en una reunión mantenida en la sede de la Corporación, el Comercio, la Industria y los Servicios de Bahía Blanca, de la que participaron representantes de la Cámara de Hogares de Adultos Mayores, del área de Fiscalización de la Región Sanitaria I, de la Dirección General de Fiscalización municipal y de este Concejo Deliberante, se puso nuevamente de manifiesto la necesidad de efectuar un diagnóstico de la situación de los establecimientos geriátricos, con el fin de establecer líneas de acción para una progresiva adecuación de los mismos a la normativa vigente.
Que en nuestra ciudad, en los últimos tiempos, se ha puesto de relieve la situación de muchos establecimientos geriátricos que funcionan totalmente al margen de la ley y, en consecuencia, no reúnen los requisitos mínimos dispuestos por la legislación para prestar un servicio eficiente y digno a los ancianos internados. Por tal motivo, resulta indispensable agudizar los mecanismos de control y fiscalización a fin de evitar inconvenientes.
Que la atención del grupo etario que recibe los servicios de los establecimientos geriátricos resulta de particular importancia por lo que se considera pertinente que el Estado agudice las tareas de fiscalización a fin de garantizar el normal funcionamiento de los mismos.
Que ante la imposibilidad de contar con geriátricos habilitados, se dificultan las tareas de control y fiscalización por parte de los organismos oficiales, es decir, las dependencias municipales y provinciales destinadas a dichas tareas deben proceder a la clausura de los mismos generando desconcierto e incertidumbre tanto en los adultos mayores como en sus familias.
Que el área de Fiscalización de la Región Sanitaria I cuenta con un solo inspector y carece de recursos económicos y materiales (por ejemplo, vehículos) para llevar a cabo las tareas de control de los establecimientos geriátricos tanto del partido de Bahía Blanca como del resto de los partidos que la integran.
Que el área mencionada debe prestar funciones en los siguientes partidos de la sexta sección electoral: Adolfo Alsina, Adolfo Gonzales Chaves, Bahía Blanca, Coronel de Marina L. Rosales, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Suárez, Guaminí, Monte Hermoso, Patagones, Puán, Saavedra, Tornquist, Tres Arroyos y Villarino. Lo antedicho no solo pone en evidencia la amplitud de la región en la que debe prestar servicios de fiscalización y control de geriátricos la dependencia mencionada sino, además, la imposibilidad de realizar una tarea eficaz al contar con un solo inspector designado.
Que si bien la Dirección General de Fiscalización municipal colabora con las tareas de control de los establecimientos geriátricos, las mismas deben efectuarse en forma coordinada con las autoridades provinciales; el carecer de personal destinado al área impide actuar correctamente.
Que, en orden a lo antedicho, resulta imperioso que las autoridades provinciales destinen mayores recursos, tanto económicos, materiales como humanos, al área de fiscalización dependiente de la Región Sanitaria I con el propósito de reforzar el control y fiscalización de los establecimientos destinados a la atención de los adultos mayores encuadrados en la ley 14.269 y el Decreto 1190/12.
Que, por lo expuesto, este Concejo Deliberante, en orden a sus facultades,
RESUELVE
Primero: Solicitar al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires disponga dotar de mayores recursos económicos, materiales y humanos al área de fiscalización dependiente de la Región Sanitaria I, con el propósito de reforzar el control y fiscalización de los establecimientos destinados a la atención de los adultos mayores encuadrados en la ley 14.269 y el Decreto 1190/12.
Segundo: Remitir copia de la presente al titular de Región Sanitaria I, a la Dirección General de Fiscalización municipal y a la Cámara de Hogares de Adultos Mayores dependiente de la Corporación, el Comercio, la Industria y los Servicios de Bahía Blanca.