Proyecto de Resolución
Solicitando informes acerca del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) que se intenta incorporar en nuestra ciudad.
Expediente: HCD-585/2015
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
El intento de incorporar a nuestra ciudad al sistema Unico de Boleto Electrónico (SUBE) y,
CONSIDERANDO
Que la resolución Nro 1535/2014 definió el acuerdo para su implementación dejando constancia de las normativas antecedentes como el decreto 1149 de fecha 8 de julio de 1992 que fijó la obligatoriedad de un sistema exacto con equipos automáticos que permitan utilizar monedas de curso legal;
Que por el art 12 del decreto 976 de fecha 31 de julio de 2001 se creó el fideicomiso constituído por los recursos provenientes de la tasa sobre el gasoil;
Que el fiduciario es el Banco de la Nación Argentina;
Que el art 6 del decreto 678/06 extendió la aplicación de los fondos del régimen de compensaciones complementarias del sistema integrado de transporte automotor previsto en los artículos 1, 2, y 3 del decreto 678/06 a las empresas de transporte publico de pasajeros automotor de carácter urbano y suburbano bajo jurisdicción provincial y municipal dentro del ámbito geográfico determinado por el art 2 de la ley 25.031;
Que el decreto 84 de fecha 4 de febrero de 2009, en su art 1 ordena la implementación de un Sistema Único de Boleto Electrónico -SUBE- como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano;
Que en el marco de lo dispuesto 8 del decreto Nro 98/07 y en el art 1 del decreto 84/09 se requiere que las empresas en ciudades de más de 200.000 habitantes incorporen el SUBE;
Que el cumplimiento efectivo de la aludida circunstancia será una condición necesaria para acceder y mantener el derecho a la percepción de los bienes fideicomitidos del SISTAU y el beneficio del precio diferencial del gasoil;
Que los municipios que a la fecha de entrada en vigencia de la resolución 1535/2014 tenían sistemas similares para el cobro deberán adoptar en un plazo de 90 días desde la publicación en el boletín oficial de la citada resolución las medidas necesarias a fin de que dichos sistemas suministren información fidedigna análoga al SUBE respecto de la cantidad de boletos expedidos (usos), recaudación por la venta de boletos (importes totales en pesos por uso), parque automotor (unidades) y kilometraje recorrido (GPS);
Que de no cumplimentarse las exigencias puede la autoridad de aplicación retener hasta el 100%;
Que también la normativa prevé un diagnostico de las capacidades de los diferentes sistemas de pago electrónico de tarifa para los servicios urbanos y suburbanos de transporte público automotor de pasajeros bajo jurisdicción provincial o municipal relevando las capacidades tecnológicas de los mismos a los fines de homogeneizar su funcionamiento con el sistema de SUBE;
Que por todo ello el HCD en ejercicio de sus facultades
RESUELVE
1) Solicitar al DE informe si tal como lo prescribe la resolución 1535/2014 dentro del plazo de 90 días posteriores a la publicación en el Boletín Oficial suministró por sí o por intermedio de Bahía Transporte SAPEM, la información fidedigna análoga a los del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) respecto de la cantidad de boletos expedidos (usos), recaudación por la venta de boletos, (importes totales en pesos por uso), parque automotor (unidades) y kilometraje recorrido (GPS).
2) Solicitar al Ministerio del Interior si ha realizado el diagnóstico que prevé el art. 7 de la resolución 1535/2014 del sistema de pago obligatorio de tarifas para los servicios urbanos bajo la jurisdicción municipal de Bahía Blanca relevando la capacidad de la misma.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR