Proyecto de Minuta
Solicitando al D.E. dé cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N° 17.196.
Expediente: HCD-754/2015
Autor: Elisa Virginia Quartucci
Bloque: Integración Ciudadana
MINUTA DE COMUNICACIÓN
El H. Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda, se sirviera dar cumplimiento a la Ordenanza N° 17.976 por la que se dispone que las diferentes Dependencias Municipales con acceso al público, cuenten con un espacio físico, a modo de cartelera, destinado a la difusión de fotografías y datos personales de niños y adolescentes extraviados, en el marco del Convenio de Colaboración suscripto con Missing Children en el año 2003 (Ordenanza N° 12.330).
Asimismo, se solicita que por intermedio de la Secretaría correspondiente, se invite a los organismos gubernamentales y empresas de servicios públicos con sede en nuestra ciudad, a que dispongan en sus dependencias carteleras con el mismo fin.
Fundamentos:
El 22 de agosto de 2013 este Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza N° 17.196 por la que se dispuso, en su artículo 1°, que las diferentes dependencias municipales, con acceso al público, debían contar con un espacio físico, a modo de cartelera, destinado a la difusión de fotografías y datos personales de niños y adolescentes extraviados, en el marco del Convenio de Colaboración suscripto con Missing Children en el año 2003.
Cabe recordar que mediante la Ordenanza N° 12.330, sancionada el 3 de julio de 3002, este cuerpo autorizó al D. Ejecutivo a suscribir un convenio de colaboración con la Organización Missing Children con el propósito de establecer mecanismos y procedimientos destinados a la búsqueda, individualización y localización concreta de niños y adolescentes (menores de 21 años de edad) que se hallaren perdidos dentro del ámbito de nuestra ciudad, la región como así también del resto del país cuando se considere pertinente en orden a las características del caso.
Como consecuencia de la mencionada ordenanza, el municipio incorporó en las boletas de la Tasa de Alumbrado, Barrido y Conservación de la vía pública, las fotografías de los menores extraviados. No obstante ello, la norma autorizaba al D. Ejecutivo a utilizar otros mecanismos de comunicación a su alcance (como página web, Salas médicas, Delegaciones comunales, etc), ello con el fin de garantizar la más amplia difusión de las fotos y características de las personas perdidas.
Unos años más tarde, y con el propósito de ampliar la difusión de las fotografías de menores perdidos, por la Ordenanza N° 17.196 se decidió invitar a las diferentes Dependencias de Organismos Oficiales con sede en nuestra ciudad como así también a las empresas de Servicios Públicos a sumarse a la iniciativa.
Por lo expuesto, y habiendo transcurrido casi dos años de la sanción de la Ordenanza N° 17.196, se considera pertinente insistir en el cumplimiento de la misma por parte del Departamento Ejecutivo.