Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza por el que se elabora un plan integral de colaboración, mantenimiento y relevamiento de las aceras de nuestra ciudad.
Expediente: HCD-429/2015
Autor: Sergio Massarella
Bloque: PJ – Cumplir
Proyecto de Ordenanza por el que se elabora un plan integral de colaboración, mantenimiento y relevamiento de las aceras de nuestra ciudad.
Autor: Sergio Massarella.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La obligación de todo propietario a mantener en óptimas condiciones las aceras y siendo el municipio el órgano de contralor sobre las mismas y;
CONSIDERANDO:
Que en caso de tener que realizar la construcción o algún tipo de arreglo es el propietario quien debe contratar a una empresa o profesional.
Que además es el propietario quien deberá afrontar los gastos de la obra requerida.
Que según el código de edificación la municipalidad de Bahía Blanca, fijará en cada caso y oportunidad los plazos de iniciación y terminación de los trabajos para la ejecución y/o reparación de las aceras, cursando la pertinente intimación al propietario, bajo apercibimiento de disponerse su realización directamente por la Municipalidad y a cargo de éste último.
Que teniendo en cuenta que el trabajo no solo es un medio de subsistencia sino que es un medio de realización y significación personal.
Que de cara a una auténtica reinserción laboral sería fundamental para aquellas personas que recuperen la libertad, obtener un trabajo digno para el sustento personal y familiar.
Que este trabajo cumpliría con una función social, y además muchas familias bahienses se verían beneficiadas con el mismo.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO: Elabórese un plan integral de colaboración, mantenimiento y relevamiento de las aceras de nuestra ciudad.
ARTICULO SEGUNDO: Autorícese al Departamento Ejecutivo a conformar cooperativas de trabajo compuesta por personas que hayan recuperado su libertad, con el objetivo de realizar los arreglos necesarios que permitan dejar en buenas condiciones las aceras de la ciudad.
ARTICULO TERCERO: El municipio en base a un diagnóstico previo y en común acuerdo con el Ministerio de Justicia y el Patronato de Liberados elaborará un listado de personas que conformarán las cooperativas de trabajo. Asimismo la Municipalidad de Bahía Blanca llevará un registro especial, para aquellas personas que hayan recuperado su libertad y deseen formar parte de las mismas.
ARTICULO CUARTO: La cooperativa de trabajo a través del municipio, estará a disposición de aquellos propietarios que la soliciten, ya sea para la construcción de la acera correspondiente o a fín de realizar los trabajos de mantenimiento o arreglo de la misma.
ARTICULO QUINTO: El municipio deberá preveer en los presupuesto, una partida específica para dicho programa, a fin de sostenerlo y optimizarlo a lo largo del tiempo, ya que la obligación de cobrar a los propietarios por el trabajo realizado será pura y exclusivamente del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO SEXTO: Según lo dispuesto por el código de edificación, la municipalidad fijará los plazos de iniciación y terminación de los trabajos para la construcción o reparación de las aceras, cursando la pertinente intimación al propietario, bajo apercimibimiento de disponerse su realización directamente por la Municipalidad y a cargo de este último.
ARTICULO OCTAVO: Cuando deba hacerse efectivo el apercibimiento referido en el artículo anterior, la Municipalidad ordenará la ejecución de la obra directamente a las cooperativas de trabajo.
ARTICULO NOVENO: Lo recaudado por los arreglos de las aceras será destinado al pago de los haberes de las personas que hayan recuperado su libertad.
ARTICULO DECIMO: De forma.