Proyecto de Decreto
Convocando al Intendente Municipal para que concurra al HCD con el fin de brindar explicaciones sobre antecedentes del decreto 1052/2015.
Expediente: HCD-1031/2015
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE DECRETO
VISTO
La falta de respuestas sobre la entrega de tosca por convenio suscripto por el Municipio y la necesidad de convocar al señor Intendente al HCD para que brinde explicaciones sobre el mismo, y,
CONSIDERANDO
Que el HCD recientemente ha tomado conocimiento del decreto Nro 1052 de fecha mayo 5 de 2015;
Que a través de ese decreto se aprueba el convenio suscripto entre la empresa Central Building S.A. y la Municipalidad de Bahía Blanca, el cual tiene por objeto disponer de insumos materiales (suelo tosca) de alta necesidad en el desarrollo y avance de los programass municipales de soluciones habitacionales que se desarrollan en la ciudad sobre tierras del programa habitat y Más Barrios;
Que los escuetos considerandos del acto administrativo señalado referencian que por la entrega de suelo tosca a proporcionar por la titular de la partida Nro 2420 la "Municipalidad dará por cancelado el convenio de pago Nro 01-0223294 partida 2420 celebrado con la empresa Central Building SA";
Que tal expresión alude a la existencia de un convenio de pago anterior al que se suscribe conforme la autorización que brinda el decreto desconociéndose si el mismo se encontraba en mora y los alcances de la misma;
Que la alusión a la "Alta necesidad" de suelo tosca para programas que implementan soluciones habitacionales, no se encuentra legislada como declaración de emergencia o similar como justificante, por sí sola, para evitar los mecanismos legales de selección del proveedores inscriptos que proporcionan ese suministro;
Que el decreto hace suyo, como formando parte del mismo, del convenio referenciado de entrega de suelo tosca, no así del preexistente que se supone constituyó una negociación y acuerdo sobre un plan de pago de deuda que se presume en mora, donde debeieron intervenir las áreas municipales con expresa incumbencia en el tema;
Que a la fecha ningún funcionario municipal explicó con claridad la situación que llevó a esa contratación, más aún se aludió a que quedaba sin efecto desconociéndose si medió principio de ejecución y en el caso, si se dictó otro decreto u acto adminsitrativo cuyo texto también se ignora, cuestiones todas que, por su gravedad, ameritan que sin más el señor intendente Muncipal en el marco de la proclamada transparencia con la que alude a su gestión, concurra al pleno del HCD y responda a título de colaboración a las inquietudes planteadas, toda vez que se trata de un tratamiento excepcional para con un contribuyente y deudor del municipio;
Que el art. 108 en su inciso 7 de la Léy Orgánica de las Municipalidades dispone, entre los deberes del intendente: "7. – (Texto según Ley 11.024) Concurrir personalmente, o por intermedio del secretario o secretarios de la intendencia, a las Sesiones del Concejo cuando lo juzgue oportuno, o sea llamado por Decreto del Cuerpo, con una antelación de cinco (5) días para suministrar informes. El Intendente podrá tomar parte en los debates, pero no votar. La falta de concurrencia del Intendente ó Secretarios cuando haya sido requerida su presencia por Decreto, o la negativa de ellos a suministrar la información solicitada por dicho Cuerpo, será considerada falta grave”;
Que por todo lo expuesto el HCD en ejercicio de sus facultades
DECRETA
ARTÍCULO 1: Convócase al señor Intendente Municipal Dr. Gustavo Bevilacqua para que concurra al HCD con el fin de brindar explicaciones sobre los antecedentes del decreto Nro 1052 del 5 de mayo de 2015, las circunstancias de su dictado y las que se suponen generaron dejarlo sin efecto como respecto del convenio de entrega de suelo tosca que se considera parte del mismo.
ARTÍCULO 2: Facúltase a la Presidencia del HCD a fijar fecha para el cumplimiento de la convocatoria dentro de la mayor brevedad conforme las previsiones del art. 108 inc. 7 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR