Proyecto de Ordenanza
Creando la Unidad de Gestión Hídrica del partido de Bahía Blanca y plan de acción inicial.
Expediente: HCD-1050/2015
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Créase la Unidad de Gestión Hídrica del Partido de Bahía Blanca con el objeto de proponer y colaborar en la gestión del servicio de provisión de agua y líquidos cloacales en el partido de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2°: La Unidad de Gestión Hídrica se estructurará como una unidad de gestión, integrada por un representante de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, un representante de la Sapem Ambiental y un representante de la Agencia Ambiental.
ARTÍCULO 3°: Se constituirá un Consejo Asesor ad honorem en el seno de la Unidad de Gestión Hídrica, integrado por un representante de la Comisión de Medio Ambiente del HCD, un representante de la Comisión de Obras y Servicios Públicos del HCD, un representante de la Universidad Nacional del Sur, un representante de la Universidad Tecnológica Nacional, un representante de una ONG vinculada específicamente a la temática ambiental, tres representantes de sociedades de fomento y/o juntas vecinales de barrios afectados por la carencias del sistema cloacal.
El Consejo Asesor deberá participar activamente en los procesos de toma de decisiones de la Unidad de Gestión. Para ello, la Unidad deberá remitir informes periódicos y convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias previas.
ARTICULO 4°: La Unidad de Gestión Hídrica tendrá por misión la de: a) atender los principales problemas actuales y más urgentes relacionados con la gestión de los desagües cloacales; b) representar ante ABSA los intereses de la ciudad, llevando a cabo todas las gestiones y reclamos necesarios para lograr un mejor servicio sanitario por parte de ABSA exigiendo a esta sociedad y al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y legales, y, c) llevar a cabo las negociaciones e intervenciones necesarias para que la ciudad recupere la facultad de gestionar los desagües cloacales, evaluando la posibilidad de crear una cooperativa para que gestione esta nueva función del municipio, entre otras alternativas a considerar.
ARTÍCULO 5°: Determinase el Plan de Acción inicial de la Unidad el que se integra con las siguientes actividades:
I. Mapa sanitario de la ciudad: creación de un mapa digital de acceso público y disponible en internet, en el cual se identifique por barrio los niveles de calidad con que se brinda actualmente el servicio cloacal por parte de ABSA, identificando zonas críticas, zonas de riesgo y la ubicación geográfica, objeto y fecha de los reclamos de vecinos.
II. Viabilidad de un servicio municipal de cloacas que atienda inicialmente la desobstrucción de líquidos cloacales: evaluación de la viabilidad económica, legal y técnica, ventajas y riesgos, de que el Municipio recupere la facultad de brindar el servicio de cloacas en la ciudad, a través de una cooperativa u otra entidad (según se determine conveniente) creada a tal efecto.
III. Representación ante ABSA: La Unidad deberá iniciar e impulsar el diálogo, negociaciones y reclamos (según corresponda) ante ABSA y la Provincia de Buenos Aires, exigiendo mejoras en el servicio de agua potable y cloacas, haciendo especial hincapié en la necesidad de ampliación del sistema y en cuestiones ambientales relacionadas.
IV. Coordinación interinstitucional municipal: La Unidad será el órgano de coordinación de las diferentes agencias municipales con injerencia en algunos de los aspectos del servicio de agua y cloacas, incluidas las cuestiones ambiental y sociales.
V. Programa de Asistencia de Barrios sin Servicio Cloacal – biodigestores: Evaluación de la viabilidad económica, legal y técnica, ventajas y riesgos, de que la Unidad lleve adelante -como medida provisoria y hasta que ABSA cumpla con sus obligaciones- un programa de instalación de biodigestores en vivienda de barrios más vulnerables y en “emergencia sanitaria”.
VI. Participación ciudadana: Promover la participación de los sectores más vulnerables y afectados por la provisión irregular del servicio. Para ello, se llevará acabo un programa de comunicación en los barrios más afectados, y se promoverá la participación activa de los delegados barriales en el proceso de toma de decisiones. A su vez, la Unidad creará un mecanismo de recepción de reclamos de vecinos y buscará canalizarlos, oportunamente ante ABSA y la provincia, según sea conveniente.
VII. Aspecto ambiental y cambio climático: la Unidad buscará mejorar el desempeño ambiental del sistema sanitario del Partido, siendo este uno de sus principios rectores. A su vez, la Unidad incorporará y considerará la problemática del cambio climático en su política sanitaria, en aras no sólo de abordar la problemática de una manera responsable e integral, sino también de posicionar al Municipio en condiciones favorables para acceder a fuentes alternativas de financiación, entre ellas las derivadas de organismos internacionales y las “finanzas climáticas”.
ARTÍCULO 6°: Crease el Programa de Asistencia a Sectores sin Servicio Cloacal, que evaluará como medida provisoria y hasta que ABSA y la Provincia regularice de manera eficiente el servicio de cloacas en toda la ciudad, un sistema de provisión de biodigestores en vivienda de barrios que carecen del servicio de cloacas, y que a su vez sean identificados como más vulnerables y en “urgencia sanitaria”, según se identifiquen en el Mapa Sanitario de la Ciudad del punto I del Plan de Acción Inicial. El programa evaluará las siguientes tecnologías: a) biodigestores y b) plantas compactas de tratamiento cloacal, y otras según el desarrollo técnico del Programa.
La Unidad de Gestión evaluará desarrollar el programa en el marco de la vinculación científica, técnica y social con las universidades locales. Dentro de este marco, y una vez comprobados los resultados de una etapa piloto, se evaluará la viabilidad económico y técnica de que el Municipio y las universidades locales lleven adelante un proyecto de desarrollo de la tecnología necesaria para el Programa, como también la capacitación para su instalación y mantenimiento.
ARTÍCULO 7°: la Unidad de Gestión declarará en “urgencia sanitaria” a aquellos sectores de la ciudad que, según el Mapa Sanitario de la Ciudad, padezcan el grado mayor de falencias del servicio de cloacas, de acuerdo a la escala que se cree a tal efecto, la que deberá basarse indicadores objetivos como: número de personas afectadas, riesgo a la salud, riesgo ambiental, situación de vulnerabilidad de las personas, etc.
ARTÍCULO 8°: Los recursos para financiar los programas de la Unidad de Gestión provendrán: a) de las partidas que se le asignen en el presupuesto municipal; b) las que específicamente aporten la Provincia de Buenos Aires y la Nación; c) considerando el impacto ambiental de los programas, se promoverá el acceso a alternativas de financiación para la promoción de la sustentabilidad, el desarrollo humano y finanzas climáticas, ofrecidas por organismos internacionales, multilaterales y cooperación internacional.
En aras de diversificar las fuentes de financiamiento y de la eficiencia, la Unidad evaluará lo conveniencia y propondrá al Municipio, la conveniencia de crear una estructura legal específica para la gestión de los fondos del Programa de Asistencia a Sectores sin Servicio Cloacal.
ARTÍCULO 9°: De forma.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto propone crear una Unidad de Gestión Hídrica como novedosa respuesta a la prestación deficiente del servicio de agua y cloacas.
Se prevé constituir un Consejo Asesor Ad Honorem en el seno de la Unidad de Gestión Hídrica, integrado por un representante de la Comisión de Medio Ambiente del HCD, un representante de la Comisión de Obras y Servicios Públicos del HCD, un representante de la Universidad Nacional del Sur, un representante de la Universidad Tecnológica Nacional, un representante de una ONG vinculada específicamente a la temática ambiental, tres representantes de sociedades de fomento y/o juntas vecinales de barrios afectados por la carencias del sistema cloacal.
El Consejo Asesor deberá participar activamente en los procesos de toma de decisiones de la Unidad de Gestión. Para ello, la Unidad deberá remitir informes periódicos y convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias previas.
La misión de la Unidad de Gestión Hídrica es: a) atender los principales problemas actuales y más urgentes relacionados con la gestión de los desagües cloacales; b) representar ante ABSA los intereses de la ciudad, llevando a cabo todas las gestiones y reclamos necesarios para lograr un mejor servicio sanitario por parte de ABSA exigiendo a esta sociedad y al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y legales, y, c) llevar a cabo las negociaciones e intervenciones necesarias para que la ciudad recupere la facultad de gestionar los desagües cloacales, evaluando la posibilidad de crear una cooperativa para que gestione esta nueva función del municipio, entre otras alternativas a considerar.
De manera innovadora el proyecto determina el Plan de acción inicial con la elaboración del mapa sanitario de la ciudad, la viabilidad de un servicio municipal de cloacas, que atienda la desobstrucción de líquidos cloacales, las relaciones con ABSA, en cuanto a los reclamos a esa empresa, y un programa de Asistencia de Barrios sin servicio cloacal. En este último caso se propone, previamente, evaluar la instalación de biodigestores en viviendas de los barrios más vulnerables.
Se incorpora el concepto de urgencia sanitaria como justificante del programa de asistencia a sectores sin servicio cloacal. También se introduce como recurso para el financiamiento de los programas, las alternativas propuestas por organismos internacionales.