Proyecto de Resolución
Solicitando a la Cámara de Diputados apruebe el proyecto Plan Piloto de Gas Natural Domiciliario de Bahía Blanca, del senador provincial, Horacio López.
Expediente: HCD-848/2015
Autor: Raúl Woscoff
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
El proyecto del senador provincial, Horacio López, que procura la creación del Plan Piloto de Gas Natural Domiciliario de Bahía Blanca para los edificios de propiedad horizontal con treinta (30) años o más de antigüedad, y,
CONSIDERANDO
Que el proyecto está enfoado en edificios de propiedad horizontal cuyas instalaciones de gas natural se encuentren obsoletas o fuera de las disposiciones legales correspondientes, que pongan en riesgo la seguridad de las personas, el que será de cumplimiento obligatorio en el ámbito de lnuestra ciudad;
Que prevé la organización de un Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento, integrado por representantes de la Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca, de la Cámara de Instaladores de Gas y Afines de Bahía Blanca, del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios y Rentas de Bahía Blanca, de la Asociación de Productores de Seguros de Argentina Delegación Bahía Blanca, del Colegio de Ingenieros, Distrito I de Bahía Blanca, del Colegio de Arquitectos, Distrito X de Bahía Blanca, del Colegio de Técnicos de Bahía Blanca, del Honorable Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo, en la cantidad de un titular y un suplente para cada una de las instituciones detalladas;
Que sus integrantes, atento el carácter de coordinación y consulta del Comité, no tendrán responsabilidad civil, profesional y/o penal, por los distintos incumplimientos respecto de la legislación vigente y/o por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar por parte de: los consorcios de edificios, los administradores, la licenciataria del servicio de gas, el ente regulador (ENERGAS) y/o los profesionales gasistas matriculados que realicen las obras que les fueran encomendadas. El Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento creado oficiará de árbitro, contribuirá con propuestas y servirá de nexo con los administradores de los consorcios afectados. Por último establecerá su propio Reglamento para su funcionamiento;
Que el Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento tendrá a su cargo ordenar la realización de un relevamiento y determinación de los edificios que necesiten adecuaciones y el establecimiento de un plan de trabajo por parte de los consorcistas o sus administradores, a los fines de autorizar el ingreso a las herramientas financieras disponibles, el control de los trabajos que se realicen en espacios comunes, la evaluación final de los mismos y toda otra tarea que aquél establezca al dictar su propio Reglamento;
Que, asimismo, el proyecto propone que cada consorcio de edificio de propiedad horizontal comprendido en la presente Ley, cuente con el plazo de ciento ochenta (180) días corridos, contados a partir de la notificación, para verificar y llevar a cabo los trabajos a realizar en las unidades habitacionales. A ese fin, se deberá contratar a un gasista matriculado de primera o de segunda categoría colegiado, inscripto en el listado de profesionales matriculados proporcionado por la empresa licenciataria de gas natural, de manera obligatoria, la que entregará al momento de la finalización de las tareas correspondientes, un certificado de aptitud que además detalle los trabajos realizados;
Que también se crea el Registro de Profesionales Gasistas de primera y segunda categoría colegiados, donde se consignarán todos los datos personales, los antecedentes técnicos de capacitación y toda otra información que acredite la idoneidadde las personas físicas y en el caso de personas jurídicas, los requerimientos legales de constitución, funcionamiento y vigencia de acuerdo a la normativa específica y a la Reglamentación;
Que cada consorcio tiene un plazo de ciento ochenta (180) días corridos, contados a partir del día siguiente de la notificación del Comité de Control, para verificar, mediante el profesional seleccionado con los requisitos mencionados, la seguridad que ofrecen los espacios comunes del edificio. Finalizada esta tarea, deberá entregar al Comité de Control, copia del relevamiento y comunicar si utilizará alguna de las herramientas financieras disponibles;
Que en aquellos casos en que los obligados no cumplieren dentro de los plazos establecidos, según corresponda, el Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento deberá informar a la licenciataria de la situación, de forma tal que ésta tome las medidas que considere pertinentes;
Que el Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento propondrá instrumentos financieros para que los consorcios y/o copropietarios, accedan a créditos para afrontar los gastos que demanden las reparaciones. Para ello podrá acordar condiciones con la banca pública, social, como cooperativas y privada;
Que el Comité de Coordinación, Consulta y Seguimiento elaborará cuadrículas que permitan realizar las evaluaciones y trabajos, atendiendo a la disponibilidad de recursos humanos y económicos;
Que, finalmente, se establece que las obras en los edificios que forman parte de la presente, se realizarán entre el 1º de Setiembre y el 1º de Marzo de cada año, preferentemente;
Que este bloque ha colaborado con el senador en la redacción del proyecto;
Que el mencionado obtuvo la media sanción en la H. Cámara de Senadores el pasado 8 de julio;
Que se necesita la aprobación en la H. Cámara de Diputados, para su sanción definitiva;
Que por la importancia de la temática de este proyecto es que se solicita a la H. Cámara de Diputados su pronta sanción;
RESUELVE
1) Solicitar a la H. Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires la aprobación del proyecto del senador provincial, Horacio López, que crea el Plan Piloto de Gas Natural Domiciliario de Bahía Blanca.
RAÚL WOSCOFF
CONCEJAL AUTOR