Proyecto de Resolución
Solicitando al DE incorpore lineamientos en la elaboración del Plan Operativo de Seguridad para posterior remisión formal del mismo al HCD y en la conformación del Mapa Delictual.
Autores: Juan Manuel Martinez Eizaguirre, María de la Mercedes Insausti,
Expediente: HCD-528/2016
Autor: Juan Manuel Martínez Eizaguirre
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO, y
La reciente entrega a los distintos bloques, por parte del. Director general de Políticas de Seguridad y Participación Ciudadana, Federico Tucat, del Plan Operativo de Seguridad elaborado por el Departamento Ejecutivo; y
CONSIDERANDO:
Que de las declaraciones del mencionado funcionario y de reuniones mantenidas con presidentes de bloque, resulta que dicho plan, ha sido elaborado y remitido informalmente a los distintos bloques con el objeto de posibilitar todos los aportes posibles considerando que el tema atañe a toda la ciudadanía;
Que el artículo 11 de la Ordenanza 17920 de Adhesión a las unidades de Policía de Prevención Local (decreto provincial 373/2014 y resolución del Ministerio de Seguridad provincial 835/2014) prevé que “el Departamento Ejecutivo deberá remitir al HCD para su aprobación y previo a la presentación del mismo a la Superintendencia de Seguridad Local el “Programa Operativo de Seguridad” con las políticas preventivas y las acciones estratégicas propuestas por el intendente municipal”;
Que el plan presentado informalmente por el Departamento Ejecutivo carece de precisiones en diferentes puntos de importancia con respecto a recursos materiales, cantidad personal asignado a la fuerza y que se prevé incorporar a lo largo del año, forma de coordinación con el CPC y las otras fuerzas que funcionan en la ciudad, forma estratégica de distribución de los recursos;
Que desde este Concejo se ha propuesto la creación de un Consejo Consultivo Académico de Formación de la Policía Local (Expte. 1095/2015) con el fin de colaborar con el Departamento Ejecutivo y por su intermedio con la Escuela de Policía sede descentralizada Bahía Blanca. La colaboración mencionada tendría por objeto: a) evaluar el proyecto educativo institucional en todos sus aspectos que se lleva adelante en la sede local; b) evaluar aspectos curriculares en directa relación con el Derecho; c) realizar aportes y recomendaciones de carácter pedagógico conforme a las necesidades de los cursantes y las particularidades de nuestra ciudad y partido; d) proponer medidas que tiendan a mejorar la preparación de los estudiantes; e) manifestar su opinión respecto al personal docente, todas ellas enmarcadas en lograr una mayor preparación de los alumnos en la prevención del delito;
Que si bien inicialmente los egresados de la Policía Local contaban con tan solo 6 meses de capacitación y actualmente de ha extendido a 9 meses, sería oportuno incorporar tal iniciativa al Plan Operativo, toda vez que contribuiría a fortalecer la formación de los efectivos;
Que de la información que emana del instrumento presentado, resulta que a la fecha se estaría elaborando el “Mapa Delictual”, herramienta que consideramos indispensable en cualquier política de seguridad, debiendo el mismo contener información georreferenciada y datos específicos de los distintos tipos de hechos, horarios en que fueron realizados, modalidades delictuales, etc, así como también relacionarse la información con datos sobre la presencia de luminarias en el lugar, existencia de plazas, escuelas, terrenos baldíos, viviendas desocupadas, presencia policial, cuadriculas, rondines, y toda otro dato que permita extraer información que posibilite una eficaz política de seguridad, previniendo actividades delictivas en los distintos sectores de la ciudad.- Del mismo modo resulta indispensable mantener información actualizada y permanente del Sistema Penitenciario, de manera tal de relacionar cualquier información que resulte del “Mapa Delictual” con las salidas transitorias dispuestas por el Sistema Penitenciario;
Que en lo que respecto al “Mapa Delictual” el Plan Operativo de Seguridad presentado menciona que el mismo se nutriría de las denuncias formuladas en Fiscalía y las Comisarias, resultando necesario y conveniente recurrir a otras eventuales fuentes, tal como la información que sobre distintos hechos de violencia pudieran resultar de las intervenciones que en materia de salud realicen los hospitales públicos y los públicos no estatales.
Que asimismo resulta de trascendental importancia que el accionar operativo de la Unidad de Policía de Prevención Local contemple la información que al efecto se deberá recabar de las otras fuerzas policiales de jurisdicciones vecinas, y de los poderes públicos provinciales (especialmente de provincias vecinas) habida cuenta la posibilidad de que en el Partido de Bahía Blanca transiten o se domicilien en forma permanente o transitoria personas con penas de ejecución condicional, salidas transitorias, con pedido de captura, o con cualquier otra situación personal que pueda resultar de importancia en materia de seguridad preventiva.-
Que por último correspondería conocer si el Intendente Municipal ha propuesto al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires el Coordinador Operativo, quien deberá realizar el “seguimiento de la implementación y resultados del “Programa Operativo de Seguridad” instrumentado, supervisar y controlar los recursos asignados para el normal desenvolvimiento de la misma, bregando por su mantenimiento y conservación”, tal como lo dispone el artículo 20 de la resolución ministerial 835/2014.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
1) Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Seguridad y Participación Ciudadana, incorpore al Plan Operativo de Seguridad las siguientes cuestiones, para la posterior remisión formal del mismo al HCD, a saber:
a) Cantidad de personal afectado o en condiciones de ser afectado en forma regular y/o permanente a las actividades de prevención en el Partido de Bahía Blanca en general y personal disponible y afectado al Plan Operativo de Seguridad de la Unidad de Policía de Prevención Local;
b) Cantidad de móviles policiales y recursos materiales disponibles para actividades de prevención en general en el partido de Bahía Blanca y en particular afectados a la Policía Local;
c) Cantidad de personal policial que de acuerdo al Plan Operativo de Seguridad desarrollaría sus funciones con uso de bicicletas, detallando sectores de la ciudad a los que estarían afectados, de acuerdo con el Plan;
d) Forma en que se coordinará el accionar de la Polcía Local con las otras fuerzas de seguridad que funcionan en la ciudad;
e) Se incorpore un plan de instalaciones de luminarias o un criterio determinado para la instalación de las mismas, considerando la ejecución planificada de prevención del delito;
f) Con relación a las cámaras de seguridad, forma en que la Policía Local coordinará su actividad preventiva y rondines con la distribución de las cámaras de seguridad de acuerdo a la localización actual y la prevista para las 110 cámaras que se incorporarían al sistema;
g) Se incorpore la creación de un Consejo Consultivo Académico de Formación de la Policía Local (Expte. 1095/2015) con el fin de colaborar con el Departamento Ejecutivo y por su intermedio con la Escuela de Policía sede descentralizada Bahía Blanca;
h) Se contemple en la elaboración del Plan Operativo de Seguridad un sistema de información permanente y actualizada con autoridades públicas de otras provincias y jurisdicciones, de forma tal de tener información actualizada, para su consideración permanente en el accionar operativo de la Unidad Policial, sobre personas con cumplimiento penas de ejecución condicional, salidas transitorias, con pedido de captura, o con cualquier otra situación personal que pueda resultar de importancia en materia de seguridad preventiva.
2) Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Seguridad y Participación Ciudadana, considere en la elaboración del “Mapa Delictual” se considere la información que puedan suministrar los Hospitales Públicos, Hospitales Públicos no estatales, de forma tal que la mencionada herramienta se nutra de estas fuentes fundamentales, habida cuenta que no todos los hechos de violencia o delictuales resultan denunciados. Asimismo, se contemple en dicha herramienta, toda información que resulte del Sistema Penitenciario en orden a las salidas transitorias, de forma tal de relacionar los hechos delictuales con la información recibida.
3) Solicitar al Intendente Municipal informe si ha propuesto al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires el Coordinador Operativo, quien deberá realizar el “seguimiento de la implementación y resultados del “Programa Operativo de Seguridad” instrumentado, supervisar y controlar los recursos asignados para el normal desenvolvimiento de la misma, bregando por su mantenimiento y conservación”, tal como lo dispone el artículo 20 de la resolución ministerial 835/2014.