Proyecto de Resolución
Proyecto de resolución solicitando a Bahía Ambiental Sapem que remita el Balance y documentación complementaria, correspondiente al ejercicio concluido el 30/04/2016; e informe sobre ingresos y gastos devengados desde 01/03/2016 hasta el 30/07/2016.
Expediente: HCD-803/2016
Autor: Juan Manuel Martínez Eizaguirre
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que Bahía Ambiental Sapem resulta ser una sociedad anónima cuyo capital accionario se encuentra suscripto e integrado en un 99% por la Municipalidad de Bahía Blanca.-
Que de conformidad con su tipo societario y tal como lo dispone el art. 234 de la Ley General de Sociedades, el Directorio de la sociedad debe someter a la asamblea el balance general, estado de resultados, distribución de ganancias, memoria e informe del sindico y toda otra medida relativa a la gestión de la sociedad (art. 234 inc.1), para lo cual debe convocar a la mencionada asamblea dentro de los cuatro meses de cerrado el ejercicio (art. 234 in fine, LGS).-
Que de conformidad con la normativa mencionada y teniendo presente que Bahía Ambiental Sapem cierra su ejercicio social el día 30 de abril, el plazo para realizar dicha convocatoria expira el próximo 31 del corriente mes.-
Que por otra parte, recientes declaraciones públicas del Presidente de la sociedad hacen alusión a que el balance – que anticipa como deficitario – estaría prácticamente cerrado, habida cuenta el vencimiento de los plazos legales citados y lo que sobre el particular corresponde en orden a su presentación en el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.-
Que tratándose de una sociedad anónima con importantísimos aportes economicos del Estado Municipal, y dirigida por funcionarios públicos, es de clara incumbencia de este H.D.C. conocer sobre la evolución económico-financiera de la sociedad, así como todo lo relacionado con la gestión de la misma.- Debe tenerse presente al respecto, que por conducto de la misma se presta un servicio público esencial; que la sociedad tiene gran cantidad de empleados; y que de conformidad con su tipo societario y la participación que en la misma tiene el Estado Municipal, cualquier situación de crisis que afecte a la sociedad podría comprometer seriamente el presupuesto municipal.-
Que en ese orden, debemos recordar la reciente información brindada por varios medios locales sobre una supuesta transferencia de fondos municipales – por varios millones de pesos – a la sociedad anónima, habida cuenta la imposibilidad financiera de la misma de hacer frente al agüinado de los trabajadores; situación que motivo el pedido de informes aprobado por este HCD, mediante expediente HCD-583/2016, que a la fecha no ha tenido respuesta.-
Que la situación aludida torna necesario que este cuerpo deliberativo requiera de esta particular sociedad anónima toda la información necesaria para cumplir debidamente con el rol que le compete en el control del funcionamiento de la administración pública local, de los fondos municipales y los servicios públicos que se prestan en el Partido de Bahía Blanca.-
Que lo dicho resulta indispensable en el caso, teniendo presente la total carencia de información reciente sobre la mencionada sociedad anónima que puede extraerse del portal de gobierno abierto de la Municipalidad de Bahía Blanca, contrariando en este punto lo expresamente previsto en la ordenanza 18.260 de su creación; en tanto en la misma no se publica información útil alguna de la sociedad anónima – relacionada con estas cuestiones- desde marzo del corriente año.-
Que las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, si bien están reguladas por un complejo sistema normativo compuesto por disposiciones del derecho privado en lo que hace al objeto especifico de su actuación, atribuido a la empresa por su estatuto, y en lo relativo a su organización de gobierno (presidencia, directorio, sindicatura, etc.); las mismas también forman parte de la Administración Publica Descentralizada, especialmente cuando – como en la especie – se trata de un sujeto de derecho creado a los fines de la satisfacción de un interés colectivo y el cumplimiento de cometidos públicos, como es la prestación de una actividad calificada como servicio público (Botassi, Carlos A. Oroz. Miguel H. E.. Procedimiento Administrativo de la Provincia de Buenos Aires. 2da Ed. Corregida, Actualizada y Ampliada. Nov. 2011. Ed Libretia Editora Platense. Págs. 7172).- En el mismo sentido C.S.J.N.. Fallos: 311:750.- La Buenos Aires Cia de Seguros S.A. c/ Petroquímica Bahía Blanca SA s/Amparo.-
Que todo lo mencionado, sumado a las incumbencias que tiene este HCD en lo que refiere al control de los recursos públicos y el funcionamiento de la administración, tornan indispensable requerir de la Sociedad Anónima la información indispensable con la que a la fecha no se cuenta y resulta necesaria para que este Departamento del estado municipal pueda cumplir su cometido.-
ES POR ELLO QUE EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
Solicitar al Sr. Presidente del BAHIA AMBIENTAL SAPEM lo siguiente, a saber: 1) Que informe a este H.D.C. acerca de todos los ingresos y egresos (percibidos, abonados y/o devengados) de la sociedad que representa desde el 01/03/2016 hasta el 30/07/2016; 2) Que suministre los datos mencionados en el punto anterior al DE a fin de que los mismos se publiquen en el portal de Gobierto Abierto, de conformidad con la Ordenaza N° 18260, gestionando la incorporación de los mismos; 3) Que informe si se encuentra confeccionado y aprobado por el Directorio el balance general, estado de resultados, distribución de ganancias, memoria e informe del sindico.- En su caso acompañe a este HCD copia de dicha documentación.- Para el supuesto en que no estuviera confeccionado y aprobado, se le requiere que cumpla con lo pedido, una vez que fuere aprobado.- Asimismo ,remita y gestione la publicación de los estados contables en el portal de Gobierno Abierto del D.E, para su debido conocimiento y de acuerdo con las finalidades de transparencia y publicidad que tiene dicha oficina estatal. – 4) Que habida cuenta el próximo vencimiento de los plazos legales, informe sobre si se ha efectuado la convocatoria a la asamblea, informando en su caso sobre fecha de la mismas y orden del día.- 5) Informe sobre todo préstamo, anticipo, transferencia o ingreso adicional (no relacionado al pago natural de las facturas por servicios devengados, al momento del ingreso) recibido de la Municipalidad de Bahía Blanca, desde marzo de 2016 a la fecha en que emita el informe.- Se requiere que informe el importe, causa, imputación, y en su caso interés compensatorio y mecanismo de devolución si lo hubiere.-