Proyecto de Resolución
Solicitar al INSSPJ la urgente revisión de los requisitos establecidos en el anexo 1 de la Disposición 5/2017 que limitan el acceso a la cobertura del 100% de los medicamentos.
Expediente: HCD-18/2017
Autor: Mercedes Insausti
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La Disposición Conjunta N° 0005 del INSSJP publicada en el Boletín del Instituto el jueves 5 de enero del corriente, por la que se establecen requisitos a las/os afiliadas/os de PAMI para obtener el 100% de descuento en los medicamentos, y
CONSIDERANDO:
Que en el texto de la disposición se establece que para acceder al 100% de cobertura, “ por razones sociales, las/os afiliadas/os al Instituto deberán:
Tener Ingreso menor o igual a 1,5 haberes previsionales mínimos.; No estar afiliados a un sistema de medicina Pre Paga
concomitantemente con la afiliación al Instituto; No encontrarse incurso en alguno de los siguientes supuestos:; Ser propietarios de más de un inmueble; Poseer un vehículo de menos de 10 años de antigüedad (a menos
que posean un certificado de discapacidad); Poseer aeronaves o embarcaciones de lujo”;
Que por otra parte se establece un mecanismo de excepción para las/os afiliadas/os que no cumplan con los primeros dos requisitos planteados y que el costo de bolsillo de los medicamentos indicados para su tratamiento sea igual o mayor al 5%, pudiendo solicitar la cobertura al 100% “por razones sociales” a través de un mecanismo
de vía de excepción en el que se requerirá y evaluará el Informe social (Disposición 7339/GPSyC/13) y la escala de
vulnerabilidad Socio-sanitaria (Disposición 306/GPSyC/05)
y Revalidación médica;
Que en la fundamentación de la disposición se menciona la pertinencia de extrapolar las condiciones para acceder a la tarifa social de los servicios públicos a las prestaciones de PAMI, así como también la detección de desvíos en el uso de los
subsidios sociales para medicamentos;
Que el haber previsional mínimo a la fecha, conforme la Ley de Movilidad Jubilatoria Nº 26.417, es de 5661 pesos, es decir que adultos mayores con un haber superior a .491.5 no podrían acceder de manera automática al beneficio;
Que de acuerdo al relevamiento de la Defensoría del Pueblo de la Tercera Edad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la canasta básica del jubilado ascendió en diciembre del 2016 pasado a .062, un 27,4% superior a la medida en abril del mismo año;
Que en abril de este año Pami anunció un “Plan de Medicamentos Sustentable”, en el cuál alrededor de 160 fármacos fueros quitados de la cobertura, manifestando el organismo que la evidencia médica disponible no resultaba suficiente para determinar “beneficios clínicos significativos", asegurando que se mantendría la bonificación del 100% para un listado de medicamentos mientras que los que fueron retirados de la cobertura total, tendrían descuentos de entre el 50 y 80%;
Que el análisis de los 160 medicamentos fue realizado por el Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria (IECS), en el contexto de un Convenio con la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires;
Que por otra parte el 31 de enero se vencería la prórroga del convenio actual de prestaciones con organizaciones farmacéuticas, sin el INSSJP haber negociado al momento un nuevo acuerdo, implicando el riesgo de que se interrumpa nuevamente la provisión de medicamentos;
Que en la ciudad, de acuerdo a la página oficial del INSSPJ, Pami cuenta con 114.254 afiliadas/os, de los cuales 101.405 ocupan el rango de 60 a 99 años;
Que correspondería que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados revea los requisitos para acceder al 100% de cobertura de medicamentos, entendiendo que son excesivos y que dejarían sin el beneficio a un importante universo de jubiladas/os y pensionadas/os que realmente lo necesitan, además de incrementar la burocratización del Instituto y complejizar la gestión para quienes deban tramitan la vía de excepción;
Que asimismo se solicita a Unidad de Gestión V del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSPJ) información a este Concejo con relación a las/os afiliadas/os locales y de la región;
POR TODO ELLO, EL HCD, EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE:
1) Solicitar al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSPJ) la urgente revisión de los requisitos establecidos en el anexo 1 de la Disposición 5/2017 del organismo, que deberán cumplir con las/os afiliadas/os de PAMI para acceder al descuento del 100% en medicamentos, atendiendo los considerandos de la presente.
2) Solicitar a la Unidad de Gestión V del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSPJ) informe a este Concejo Deliberante: a) cantidad de afiliadas/os que al momento cuentan con cobertura del 100% en medicamentos y que a partir de la disposición 5/2017 dejarían de tenerla; b) si se ha realizado en la jurisdicción de la Unidad de Gestión V, auditorías que hayan detectado “desvíos en el uso de los
subsidios sociales para medicamentos que desnaturalizan
este beneficio”, tal como se expresa en la disposición; c) si se ha avanzado en un nuevo convenio con las organizaciones farmacéuticas, teniendo en cuenta que el 31 de enero vencería el actual acuerdo.