Proyecto de Resolución
Solicitando al D.E. y a distintas autoridades, gestiones para la pronta implementación del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego y puestos móviles en el Partido de Bahía Blanca.
Expediente: HCD-392/2017
Autor: Juan Manuel Martínez Eizaguirre
Bloque: Integración Ciudadana
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO
Que el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por Ley Nacional N° 26.216, prorrogado posteriormente y en forma sucesiva por otras normas (Decreto P.E.N. N° 560/2008; Leyes 26.520, 26.644, 26.919) hasta diciembre de 2015; y discontinuado en el año 2016, ha sido recientemente relanzado mediante la Ley Nro 27.286 sancionada el 28/09/2016, publicada el 24/10/2016 y promulgada mediante Decreto del P.E.N. 1122/2016, disponiéndose de un nuevo plazo de ejecución hasta el día 31 de diciembre de 2017.-
Y CONSIDERANDO:
La importancia transcendental que en la lucha contra la violencia e inseguridad, tienen los distintos planes de entrega voluntaria de armas que se han implementado y se implementan en distintos lugares del mundo, con la finalidad de limitar la cantidad de armas en poder de la población civil.-
Que en política de desarme civil, se destaca el éxito que han tenido programas mundialmente reconocidos como “Por tu familia, desarme voluntario” implementado desde hace años en el Distrito Federal de México, permitiendo sacar de circulación en las calles de ese distrito, mas de 21.000 armas de fuego y mas de 100.000 cartuchos desde diciembre de 2012 a diciembre de 2015.-
Que este tipo de programas se ha implementado en nuestro país desde el año 2007 y hasta diciembre de 2015, en forma sistemática, a través del Registro Nacional de Armas (RENAR), trabajando en forma conjunta nación, provincias y municipios.-
Que habida cuenta el mantenimiento, durante años, de una seria política de desarme civil, a través del denominado “Plan Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego”, llevado adelante en el periodo anteriormente mencionado, se ha recibido reconocimiento internacional de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), mediante el otorgamiento del premio “Política del Futuro 2013”; siendo este tipo de políticas ampliamente alentadas por la Comisión de Desarme y Seguridad Internacional, de la Asamblea General de las Naciones Unidas.-
Que en lo que respecta al mencionado plan nacional, se destaca su evidente éxito, habiéndose recibido de la población civil, para su posterior destrucción, más de 175.000 armas de fuego desde su implementación.-
Que a la luz de los resultados mencionados, de la tendencia internacional, y como una política de seguridad continua y permanente, debe proveerse lo necesario -desde los distintos niveles del estado – para su mantenimiento y ampliación.-
Que a través de este tipo de programas, también se debe buscar concientizar a la población en general acerca del problema que implica la tenencia y portación de armas, además de aumentar la seguridad pública por medio de la reducción de armas ilegales en circulación, reduciendo, en consecuencia, el número de armas disponibles para la delincuencia y la violencia.-
Que también debe formar parte esencial en cualquier política de seguridad, la realización de acciones puntuales tendientes a concientizar a la población sobre el peligro que conlleva la tenencia de armas de fuego en los hogares; debiéndose realizar todo tipo de campañas educativas y que tiendan a la concientización de la población civil, en los distintos tipos de medios.-
Que de acuerdo a información periodística, las estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación han revelado que en el año 2014 hubo 2981 muertes causadas por disparos, es decir 8 víctimas por día; que en la actualizada existen aproximadamente 1.200.000 armas registradas, estimándose el total de armas de fuego (entre registradas, no registradas y en manos de criminales) en aproximadamente de 4.000.000.-
Que en lo que respeta a la Provincia de Buenos Aires, es dable recordar que la misma tiene una función indelegable en materia de seguridad, garantizando el derecho a la integridad psicofísica de las personas (Art. 12. Inc. 3 Constitución Provincial); debiendo la misma proveer lo necesario y conducente al desarme de la población civil en sintonía con la jurisdicción nacional.- En ese orden es de señalar que conforme las previsiones de la Ley 12.154 y sus modificatorias, la seguridad pública resulta competencia exclusiva del Estado y su mantenimiento le corresponde al gobierno de la provincia de Buenos Aires.
Que la problemática de la inseguridad y la necesidad de tomar medidas extraordinarias por parte del Estado Provincial, surge además de la reciente Ley 14.806 (Promulgada el 15/01/2016) por medio de la cual y con el objeto de cumplir la citada manda constitucional, se ha declarado – por espacio de 12 meses – la emergencia en materia de seguridad pública y de política y salud penitenciaria; supuesto que torna aconsejable coordinar políticas activas a nivel provincial que tiendan al desarme civil, con prescindencia de las que puedan ser implementadas a nivel nacional.-
Que en lo que respecta al nivel municipal, es resulta indudable el compromiso político que le corresponde al Intendente de la ciudad en lo que concierne en la ejecución de políticas que contribuyan a bajar los índices de inseguridad, debiendo por ello tomar un rol central en lo que concierne al fomento del desarme civil, concientizando a los vecinos y posibilitando la instalación de puestos de entrega de armas que faciliten la entrega anónima de las mismas; en concurso con las autoridades nacionales y provinciales competentes.-
Que en el orden expuesto hace a la esencia de la reciente Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana gestionar la pronta puesta en funcionamento del programa, mediante la instalación de puestos móviles que posibiliten a los vecinos de los distintos barrios y centros urbanos del Partido de Bahia Blanca la entrega de armas de fuego.-
Que resulta estadísticamente demostrado que la mayoría de las lesiones graves y homicidios se suelen cometer entre conocidos, en situaciones de riñas y altercados entre vecinos o en ocasión de reuniones en lugares públicos o privados; hechos que podrían evitarse si los intervinientes en tales hechos no contaran con armas de fuego disponibles en sus casas o dependencias.-
Que en ese orden, huelga decir que desde este Honorable Concejo Deliberante se ha intentado contribuir con el control y reducción de armas en poder de la población civil a través de distintas iniciativas.- Así, por caso corresponde mencionar el Proyecto de Ordenanza de autoría del ex concejal Manuel Mendoza tendiente al control de la venta, tenencia y portación de armas para uso civil (.Expdte N°70 HCD 2013); el Proyecto de Resolución del concejal Raúl Alberto Woscoff (Expdte N° 622 HCD 2014) proponiendo medidas sobre el control de venta, tenencia y portación de armas en el Partido de Bahía Blanca.-
Que asimismo mediante expdte. HCD 605/2016 este Honorable Concejo Deliberante solicito oportunamente a las autoridades locales y nacionales la pronta puesta en funcionamiento de puestos móviles y la generación de los marcos jurídicos necesarios para continuar con las políticas de desarme civil.-
Que por otro lado, es función de este Honorable Concejo Deliberante, señalar las cuestiones sobre las que resulta necesario y conveniente avanzar para mejorar el nivel de vida de los vecinos del Partido de Bahía Blanca; representando el desarme de la población civil una medida de reconocida política pública en materia de seguridad que debe mantenerse, facilitando el desarme civil como un objetivo prioritario de los distintos niveles estatales y como un eslabón más en la lucha contra el flagelo de la inseguridad.-
Que asimismo, teniendo presente que el nuevo programa vencerá – de conformidad con la mencionada Ley 27286 – el 31 de diciembre de 2017, y la circunstancia de que – a pesar del poco tiempo faltante para su finalización – no se tenga noticia de su pronta implementación en el Partido de Bahia Blanca; resulta indispensable que se inicien desde el Ejecutivo las gestiones necesarias para la pronta instalación de los puestos móviles, corriéndose el riesgo de perder una oportunidad mas en materia de seguridad pública y desarme civil.
POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
1) Solicitar al D.E municipal – por conducto de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana o en la forma que se entienda corresponder – que gestione a la mayor brevedad, ante las autoridades públicas competentes y de conformidad con el nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas previsto en la Ley 27.286, la instalación de puestos móviles para la entrega voluntaria de armas en el Partido de Bahía Blanca. –
2) Solicitar al Ministro de Seguridad de la Nación, al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, al responsable de la Agencia Nacional de Materiales Controlado (ANMAC) y al Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires que realicen gestiones necesarias para la instalación de puestos móviles para entrega voluntaria de armas en el Partido de Bahía Blanca.-