Proyecto de Ordenanza
Proyecto de Ordenanza: Instalación de molinos de viento para la obtención de agua para riego en todo el ámbito de la ciudad de Bahía Blanca
Expediente: HCD-127/2011
Autor: Constanza Rivas Godio
Bloque: Cambiemos
Bahía Blanca, 7 de Febrero de 2011
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO
La necesidad de implementar en todo el ámbito de la ciudad de Bahía Blanca la utilización racional de fuentes de energías renovables y en particular la energía contenida en el viento;
Y CONSIDERANDO:
Que se entienda como energías renovables a todas aquellas que se producen naturalmente, poseen carácter inagotable y no perjudicaren el medio ambiente.
Que la ciudad de Bahía Blanca ha evidenciado posibilidades para convertirse en un polo de desarrollo tecnológico a partir de las energías renovables ya que cuenta con los recursos naturales necesarios para ello.
La utilización del molino de viento como medio de riego para los espacios verdes, invita a realizar una intervención artística/plástica para lograr una identificación cultural de la sociedad con el espacio público y así también una concientización sobre el uso de las fuentes de energías renovables.
La implementación en la ciudad de las fuentes renovables puede ser posible y agradable visual y estéticamente.
Es importante concientizar sobre el uso vital del agua y su importancia en la generación de los espacios públicos.
EN VIRTUD DE LO EXPUESTO, EL H.C.D. EN USO DE SUS FACULTADES, SOLICITA LA SANCIÓN DEL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA.
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Que en los espacios verdes y recreativos de la ciudad, se coloquen molinos de viento para la obtención del agua de pozo, y utilizar la misma para el riego de dicho espacio.
Artículo 2º.- El diseño de los molinos debe ser escultórico, para ello se llamara a concurso de ideas para intervenir artísticamente los molinos. De esta manera poder evitar un impacto visual inadmisible, y conseguir una optima integración entre el elemento artístico/energético y el espacio público.
Artículo 3º.- Dicho concurso de ideas será de carácter nacional.
Artículo 4º.- Esta reglamentación debe aplicarse en toda zona de la ciudad donde, previo estudio de aptitud, de cómo resultado la factibilidad necesaria para la instalación de molinos para la extracción de agua para riego.
Artículo 5º.- De forma.